DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 7868/1964
Bs. As., 13/10/1964
VISTO el expediente secreto Nº 14.198 (D.G.P.A.) y Nº S. 2323/7 (S.A.),
atento a lo informado por el señor Secretario de Estado de Aeronáutica
y lo propuesto por el señor Ministro Secretario del Departamento de
Defensa Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo prescripto por los artículos 31 y 33 de la Ley Nº
12.913 —Orgánica del Ejército—, de aplicación en la Aeronáutica Militar
según el artículo 109 de la Ley Nº 14.777 para el Personal Militar,
corresponde determinar la forma de licenciar a los ciudadanos de la
clase 1943 y de otras anteriores y posteriores incorporados,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Facúltase a la
Secretaría de Estado de Aeronáutica para que, a partir del 1º de
octubre de 1964 proceda al licenciamiento de los soldados de la clase
1943 y de otras anteriores y posteriores actualmente incorporados, en
las fechas y cantidades que de acuerdo a sus necesidades estime
conveniente.
Art. 2º — El personal que se encuentra cumpliendo condena o recargo de servicio se mantendrá incorporado.
Art. 3° — El presente decreto
será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de
Defensa Nacional y firmado por el señor Secretario de Estado de
Aeronáutica.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese en Boletín Aeronáutico Confidencial de la Secretaría de
Aeronáutica y archívese en el Ministerio de Defensa Nacional. — ILLIA.