Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 1033/2012

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 de Lotería Nacional Sociedad del Estado.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 378.651/2012 del Registro de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 formulado por LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, sobre la medida propiciada.

Que el Artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones y el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la citada ley, determinan que es facultad del suscripto la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 de LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de acuerdo al detalle obrante en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHO ($ 657.869.608) los Ingresos de Operación y fíjanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO ($ 656.560.621) los Gastos de Operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS UN MILLON TRESCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 1.308.987), de acuerdo al detalle obrante en las planillas del Anexo II que integra la presente medida.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHO ($ 747.498.608) los Ingresos Corrientes y fíjanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO ($ 656.560.621) los Gastos Corrientes, y como consecuencia de ello, apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS NOVENTA MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 90.937.987), de acuerdo con el detalle que obra en las planillas del Anexo II que integra la presente resolución.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los Recursos de Capital, y fíjanse en la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 49.700.000) los Gastos de Capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente medida, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2013 en PESOS CUARENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 41.237.987) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: Los Anexos que integran esta Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).