Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
PRESUPUESTO
Resolución 1033/2012
Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 de Lotería Nacional Sociedad del Estado.
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº 378.651/2012 del Registro de LOTERIA NACIONAL
SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 formulado por
LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la OFICINA
NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, sobre la medida propiciada.
Que el Artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones y el
Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba
el Reglamento de la citada ley, determinan que es facultad del
suscripto la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el Plan
de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 de LOTERIA NACIONAL
SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, de acuerdo al detalle obrante en los Anexos I y II que forman
parte integrante de la presente resolución.
Art. 2° — Estímanse en la suma
de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y
NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHO ($ 657.869.608) los Ingresos de Operación y
fíjanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES
QUINIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO ($ 656.560.621) los Gastos
de Operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Operativo (GANANCIA DE OPERACION) estimado en PESOS UN MILLON
TRESCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 1.308.987), de
acuerdo al detalle obrante en las planillas del Anexo II que integra la
presente medida.
Art. 3° — Estímanse en la suma
de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y
OCHO MIL SEISCIENTOS OCHO ($ 747.498.608) los Ingresos Corrientes y
fíjanse en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES
QUINIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO ($ 656.560.621) los Gastos
Corrientes, y como consecuencia de ello, apruébase el Resultado
Económico (AHORRO) estimado en PESOS NOVENTA MILLONES NOVECIENTOS
TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 90.937.987), de
acuerdo con el detalle que obra en las planillas del Anexo II que
integra la presente resolución.
Art. 4° — Estímanse en la suma
de PESOS CERO ($ 0) los Recursos de Capital, y fíjanse en la suma de
PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 49.700.000) los
Gastos de Capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente
medida, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio
2013 en PESOS CUARENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL
NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 41.237.987) de acuerdo con el detalle
obrante en las planillas del Anexo II que forma parte integrante de la
presente resolución.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: Los Anexos que integran esta Resolución se publican en la edición
web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).