Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
PRESUPUESTO
Resolución 1039/2012
Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 formulado por Yacimiento Carbonífero de Río Turbio.
Bs. As., 28/12/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0481971/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 formulado por
YACIMIENTO CARBONIFERO DE RIO TURBIO (Intervención Decretos Nros.
1.034/02-1.258/10), actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la
medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de
la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación
de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébanse el
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 formulado por
YACIMIENTO CARBONIFERO DE RIO TURBIO (Intervención Decretos Nros.
1034/02-1258/10), actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que
figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución.
Art. 2° — Estímanse en la suma
de PESOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA ($ 18.198.480) los ingresos de operación y fíjanse en la suma
de PESOS NOVECIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y SEIS ($ 919.099.586) los gastos de operación, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE
OPERACION) estimado en PESOS NOVECIENTOS MILLONES NOVECIENTOS UN MIL
CIENTO SEIS ($ 900.901.106), de acuerdo al detalle que figura en las
planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
Art. 3° — Estímanse en la suma
de PESOS NOVECIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 928.198.480) los ingresos corrientes y fíjanse
en la suma de PESOS NOVECIENTOS DIECINUEVE MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS ($ 919.099.586) los gastos corrientes, y como
consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado
en PESOS NUEVE MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO
($ 9.098.894), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas
del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
Art. 4° — Estímanse en la suma
de PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTISEIS MIL
SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 227.726.774) los ingresos de capital y
fíjanse en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES
NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL UNO ($ 232.967.001) los gastos de
capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado
Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución,
estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2012 en
PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y SIETE ($ 3.858.667), de acuerdo con el detalle que figura en
las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.
_______
NOTA: Los Anexos que integran esta Resolución se publican en la edición
web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).