DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 3083/1966


Bs. As., 31/10/1966

VISTO el expediente secreto Nº 17.014 (D.G.P.A.) - Nº S 2303 Cde. 21 (S.A.), atento a lo informado por el señor Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, lo propuesto por el Ministerio de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo prescripto por los artículos 31 y 33 de la Ley Nº 12.913 —Orgánica del Ejército—, de aplicación en la Aeronáutica Militar según el artículo 109 de la Ley Nº 14.777 para el Personal Militar, corresponde determinar la forma de licenciar a los ciudadanos de la clase 1945 y de otras anteriores y posteriores incorporados,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Facúltase al Comando en Jefe de la Fuerza Aérea para que a partir del 1º de diciembre de 1966 proceda al licenciamiento de los soldados de la clase 1945 y de otras anteriores y posteriores actualmente incorporados, en las fechas y cantidades que de acuerdo a sus necesidades estime conveniente.

Art. 2º — El personal que se encuentra cumpliendo condena o recargo de servicio se mantendrá incorporado.

Art. 3º — El presente decreto será refrendado por el señor ministro secretario en el departamento de Relaciones Exteriores y Culto y firmado por el señor Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese en Boletín Aeronáutico Confidencial y archívese en la Dirección General del Personal de Aeronáutica. — ONGANIA.