MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 165/2013


Registro Nº 185/2013


Bs. As., 19/2/2013

VISTO el Expediente Nº 552.937/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 552.937/12, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA SECCIONAL ROSARIO, por el sector sindical, y SENSOR AUTOMATIZACION AGRICOLA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, ratificado a fojas 61 por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1258/12 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen un incremento salarial, con vigencia a partir del 1° de Julio de 2012.

Que el ámbito de aplicación del mismo se corresponde con la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la asociación sindical que ratifica el Acuerdo a fojas 61 del principal, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete, en los términos de lo prescripto por el artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, deberán remitirse estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo de la base promedio y del tope indemnizatorio previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 552.937/12 celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA SECCIONAL ROSARIO, por el sector sindical, y SENSOR AUTOMATIZACION AGRICOLA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador y ratificado a fojas 61 del principal por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1258/12 “E”, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo y acta de ratificación obrantes a fojas 2/3 y 61 del Expediente Nº 552.937/12.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1258/12 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del instrumento homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 552.937/12

Buenos Aires, 21 de Febrero de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 165/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3, ratificado a fojas 61 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 185/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Totoras, provincia de Santa Fe, a los 05 días del mes de Julio de 2012 siendo las 10:00 Hs., se reúnen por una parte, el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina (S.M.A.T.A. Seccional Rosario) representados en dicho acto por los señores Hugo Marcelo Barros D.N.I. 6.078.154, Walter Cabrera D.N.I. 23.585.093 y Ernesto Rojas DNI 31.004.575 en carácter de Secretario General, Secretario Gremial y Vocal Titular respectivamente, las compañeras Ana María Mathieu DNI 17.600.270 y Viviana Curto DNI 17.395.673, en su carácter de Delegadas Gremiales del personal, asimismo lo hacen Walter E. Peruzzo D.N.I. 11.895.134, Damián Alcalde DNI 25.205.842 y Martin Malfesi DNI 27.320.066, en representación de Sensor Automatización Agrícola S.A.

Ambas partes coinciden, que hasta tanto se arribe al acuerdo salarial definitivo que regirá para todos los trabajadores bajo de Convenio y que tendrá vigencia a partir del 1º de Noviembre de 2012, otorgar un incremento salarial de carácter remunerativo a partir del 1º de Julio del corriente año del diez por ciento (10%) a cuenta de futuros aumentos sobre los salarios vigentes a la fecha. Se adjunta el cuadro de categorías y salarios acordados.

Las partes, entendiendo que han procedido a mejorar la situación salarial del los trabajadores, se comprometen a realizar todas las gestiones pertinentes para presentar dicho acuerdo por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los efectos de ratificar y homologar el mismo.

En prueba de conformidad los aquí presentes se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Escala de Salarios y Categorías

S.M.A.T.A. Seccional Rosario - Sensor Automatización Agrícola S.A.


Expediente Nº 552937/12

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de noviembre de 2012, siendo las 12:00 horas, comparece espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales Nº 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo MORAN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical, manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuaciones y ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acuerdo celebrado con la Empresa Sensor Automatización Agrícola SA el día 1° de julio de 2012, y acreditado a fojas 2/3 del expediente de referencia; solicitando su homologación.

Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación, será elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14250. En este estado y no siendo para más, a las 12:05 horas, se da por finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.