INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 724/2013

Bs. As., 11/3/2013

VISTO el Expediente Nº 860/2013 del Registro del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, y la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias prevén las atribuciones de la Presidenta del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, entre las que se encuentra la de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos y emplear todo otro medio necesario para el logro de ese fin, así como también fomentar el desarrollo de la cinematografía argentina en sus aspectos culturales, técnicos, artísticos, industriales y comerciales.

Que el objeto de la Ley Nº 26.522, sancionada y promulgada el 10 de octubre del año 2009, es la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que a partir de la aplicación de la Ley 26.522 y su respectivo decreto reglamentario, por medio de la Resolución Nº 1069/12/INCAA se creó la GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION, INTERNET Y VIDEOJUEGOS, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que el cine argentino se ha comprometido históricamente con el relato de su territorio, describiendo lugares, su cultura y sus necesidades.

Que el Concurso para la producción al que alude la presente Resolución se inscribe en el marco para la promoción de nuevos realizadores audiovisuales.

Que en atención a ello, se llama al concurso UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES, para que los realizadores nóveles de cada una de las comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tengan la posibilidad a partir de la realización de Cortometrajes, de difundir y hacer trascender su barrio, su comuna, su ciudad.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° inciso a) de la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llámese al Concurso UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES, destinados a realizadores nóveles de cada una de las COMUNAS de LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, quienes deberán presentar UN (1) proyecto inédito de CORTOMETRAJE.

ARTICULO 2° — Apruébense las Bases del concurso que obra como Anexo I y forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 3° — La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases del mismo.

ARTICULO 4° — Dentro de los TREINTA (30) días corridos a contar desde la publicación de la Resolución de la declaración de los ganadores, los restantes participantes deberán retirar los proyectos presentados al Concurso al que se llama por la presente Resolución y que no hubieran sido seleccionados. Vencido dicho plazo, se procederá a la destrucción de los proyectos no retirados.

ARTICULO 5° — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.

ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

BASES PARA EL CONCURSO

UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES

CAPITULO I - DEL OBJETO

1.- El INCAA llama al “CONCURSO UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES, a realizadores nóveles que habiten en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a presentar UN (1) proyecto inédito de CORTOMETRAJE con historias de ficción, documental o animación que traten cuestiones relativas a sus comunas, en los que se pueda relatar la identidad de cada uno de sus barrios (barrios de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES). El mismo tendrá una duración de UNO (1) a SIETE (7) minutos a realizarse en formato DVD.

2.-Se premiará UN (1) proyecto por cada una de las QUINCE (15) comunas de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. Los QUINCE (15) proyectos de cortometrajes ganadores, obtendrán en concepto de premio la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) para la realización del CORTOMETRAJE.

3.- El proyecto de cortometraje deberá ser INEDITO y se deberá realizar en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos a partir de la acreditación total del pago de la primera cuota que será el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del premio.

4.- El cortometraje deberá ser realizado y concluido en su totalidad, con el aporte del INCAA. Si en su defecto los costos de producción excedieran el valor presupuestado y presentado oportunamente al concurso, corresponderá exclusivamente al PRESENTANTE del proyecto que resulte ganador, el aporte de los recursos complementarios.

CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA

5.- Fíjase un período para la convocatoria de los proyectos, desde el día 13 de Marzo al 03 de Mayo de 2013 como fechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso. Los proyectos deberán presentarse ante el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA - Lima 319 (1073). En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate. Los Proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en el Capítulo V de las presentes Bases. (Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1260/2013 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 9/5/2013 se prorroga hasta el día 31 de mayo de 2013, inclusive, hasta las 17 horas, la fecha de cierre para la convocatoria realizada por la presente Resolución, del Concurso UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES, destinado a Realizadores de cada una de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)


6.- No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo establecido.

7.- No podrán intervenir en el presente Concurso, aquellos Proyectos que hayan resultado seleccionados para su realización en cualquier otro concurso Nacional o Internacional hayan o no iniciado rodaje. Asimismo, los proyectos presentados a este concurso no podrán participar en ningún otro llamado que convoque el INCAA, hasta que no se encuentre publicada en el Boletín Oficial la nómina de ganadores. En caso de incumplimiento a lo mencionado anteriormente, el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES más los intereses correspondientes.

CAPITULO III - DE LOS PRESENTANTES

8.- Los PRESENTANTES, en relación a los fines administrativos y legales, serán considerados los Productores Responsables de los mismos, independientemente si desempeñan otro rol en el proyecto y se los denominará directamente PRESENTANTES. Estos serán responsables frente al Organismo, y son quienes suscribirán los contratos respectivos en caso de resultar ganadores.

9.- Podrá participar todo aquel que presente una historia sobre su comuna, que la describa, la relate o la refleje, con UN (1) proyecto de Cortometraje.

10.- El PRESENTANTE del proyecto de cortometraje, deberá comprobar su residencia actual en la COMUNA de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES por la que participa el proyecto.

11.- No podrá ser beneficiario del premio del presente concurso, toda aquella persona que habiendo ganado algún Concurso que gestione ante el Organismo, no haya dado pleno cumplimiento del contrato suscripto oportunamente. En caso de incumplimiento a lo mencionado anteriormente, el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido por parte del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES más los intereses correspondientes.

CAPITULO IV - DE LA COMPETENCIA

12.- La competencia se dará entre los proyectos que pertenezcan a la MISMA COMUNA de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES por la que participan, siendo éste el listado de las COMUNAS: Comuna 1: Retiro, San Nicolás, Puerto Madero, San Telmo y Montserrat. Comuna 2: Recoleta. Comuna 3: Balvanera y San Cristóbal. Comuna 4: La Boca, Barracas, Parque Patricios y Nueva Pompeya. Comuna 5: Almagro y Boedo. Comuna 6: Caballito. Comuna 7: Flores y Parque Chacabuco. Comuna 8: Villa Soldati, Villa Riachuelo y Villa Lugano. Comuna 9: Liniers, Mataderos y Parque Avellaneda. Comuna 10: Villa Real, Monte Castro, Versalles, Floresta, Vélez Sarsfield y Villa Luro. Comuna 11: Villa General Mitre, Villa Devoto, Villa del Parque y Villa Santa Rita. Comuna 12: Coghlan, Saavedra, Villa Urquiza y Villa Pueyrredón. Comuna 13: Núñez, Belgrano y Colegiales. Comuna 14: Palermo. Comuna 15: Chacarita, Villa Crespo, La Paternal, Villa Ortúzar, Agronomía y Parque Chas.

CAPITULO V - DE LA PRESENTACION Y RECEPCION DE LOS PROYECTOS

13.- Los Proyectos deberán presentarse en sobre o caja cerrada, en forma personal de 10 a 17 hs por ante la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG, desde el 13 de Marzo al 03 de Mayo de 2013 inclusive, tomándose para este último caso la fecha de imposición de la oficina de correos respectiva.

14.- El sobre o caja deberá estar dirigido a:

CONCURSO: UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES

EXTERIOR DEL SOBRE O CAJA:

14.1.- CONCURSO UN BARRIO DE PELICULA - REALIZADORES NOVELES

14.2.- Título del Cortometraje:

14.3.- Nombre del presentante:

14.4.- Comuna por la que participa:

INTERIOR DEL SOBRE O CAJA:

14.5.- UNA (1) carpeta impresa y anillada que contenga la DOCUMENTACION DEL PRESENTANTE:

14.6.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

14.7.- Comprobante de residencia actual en la comuna que por la cual se presenta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

14.8.- Inscripción de la obra inédita en la Dirección Nacional de Derechos de Autor, o certificado de adquisición de los derechos de la obra inédita, o autorización de utilización de los Derechos de la Obra en caso de ser personas diferentes de los presentantes con firma certificada del titular que autoriza.

14.9.- UNA (1) CARPETA IMPRESA Y ANILLADA CON EL PROYECTO DE CORTOMETRAJE.

14.10.- Sinopsis: resumen de la historia.

14.11.- Tratamiento del Guión: cómo se cuenta el cortometraje dejando en claro la estructura dramática que tendrá. Se entiende por tratamiento de guión a una versión de la historia de la película sin diálogos.

14.12.- Guión literario

14.13.- Propuesta Estética: Concepción de los elementos visuales y sonoros según el Director.

14.14.- Presupuesto.

14.15.- Motivaciones del director.

14.16.- Actores imaginados para los personajes, en caso de que sea un proyecto de ficción.

14.17.- DOS (2) dvd que contengan de forma digital el material de ambas carpetas impresas.

CAPITULO VI - DEL JURADO

15.- El jurado, que será designado por la Presidenta del Organismo, estará conformado por CUATRO (4) miembros, de reconocida trayectoria de la actividad audiovisual, que leerán los proyectos presentados por todas las COMUNAS de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y UN (1) miembro por cada COMUNA que representa. El INCAA se reserva el Derecho de aumentar los jurados según sea la cantidad de proyectos presentados.

16.- La decisión que adopte el Jurado interviniente será inapelable.

CAPITULO VII - DE LA SELECCION

17.- El Jurado preseleccionará CINCO (5) proyectos de cortometraje por COMUNA, a los efectos de participar de una jornada de capacitación para el fortalecimiento de las propuestas. La capacitación se dará sobre la dramaturgia, dirección de arte y de actores en el caso de las ficciones; técnicas de animación; y en todos los casos, sobre el diseño de producción, presupuesto y financiación. El INCAA designará un equipo capacitador integrado por especialistas, con el objeto de atender las necesidades específicas.

18.- Culminada la capacitación, cada equipo participante deberá elaborar un informe sobre el proyecto de cortometraje, debidamente desglosado de las áreas sobre las cuales se realizaron las capacitaciones. Dicho informe se entregará suscripto en sobre cerrado a los coordinadores del INCAA quienes a su vez lo remitirán al jurado que se reunirá nuevamente, a los efectos de designar UN (1) PROYECTO GANADOR por cada COMUNA. El INCAA se reserva el derecho de aumentar la cantidad de premios si la cantidad de proyectos presentados, a criterio de los jurados y la disponibilidad presupuestaria de la Institución, así lo amerita.

CAPITULO VIII - DE LOS GANADORES Y EL CONVENIO

19. Los QUINCE (15) ganadores obtendrán, cada uno de ellos, como premio la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) para realizar el cortometraje.

20.- El PRESENTANTE del proyecto que resulte ganador, firmará un convenio con el INCAA en carácter de Instrumentación del Premio para la realización del Cortometraje.

21- El desarrollo del proyecto y la producción del CORTOMETRAJE deberá realizarse en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos, con un presupuesto total de PESOS VEINTICINCO MIL (25.000). El premio será abonado de la siguiente manera: el CINCUENTA POR CIENTO (50%) al momento de la suscripción del convenio, y el CINCUENTA POR CIENTO (50%) restante, se pagará en el período que abarca la finalización de la grabación y al comienzo de la post producción, luego de que el tutor haya presentado el informe sobre los avances del proyecto y el PRESENTANTE haya realizado la rendición de la primera cuota de acuerdo a las normas vigentes del Organismo. Asimismo, también deberá dar cumplimiento con los certificados de libre deuda que establece la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01).

Si no se cumpliere con la realización del cortometraje en plazo previsto por las bases de este concurso, el Organismo podrá sin necesidad de intimación alguna, declarar la caducidad del proyecto y requerir la devolución de las sumas que hubiera aportado.

22.- El INCAA designará un TUTOR para cada proyecto de cortometraje ganador. Dicho TUTOR, será quien realizará el seguimiento del mismo informando periódicamente de los avances al coordinador del concurso. Los PRESENTANTES deberán tomar de buena fe, los aportes que el mismo pueda realizarle.

Los cortometrajes seleccionados deberán incluir en los títulos de presentación el orden de placas especificado en el CAPITULO IX.

23.- La liberación de las sumas aportadas por el Organismo estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.

CAPITULO IX - DE CREDITOS Y ENTREGA

24. El cortometraje debe ser entregado en formato DVD.

25.- Al comienzo del Cortometraje, se deberá incluir una secuencia continua que contenga el siguiente orden de placas:

25.1.- Logotipo de INCAA

25.2.- Logotipo de la Productora

25.3.- Placa con la leyenda “PRESENTAN”

25.4.- TITULO DEL CORTOMETRAJE

26.- La secuencia que incluye la logomarca mencionada del punto 25.1, será entregada oportunamente por la Coordinación del Concurso UN BARRIO DE PELICULA.

CAPITULO IX - DE LOS DERECHOS

27- Los derechos de comercialización de los CORTOMETRAJES ganadores corresponderán a los presentantes. Sin perjuicio de ello, la participación en el concurso implica, la autorización por parte de los titulares del proyecto ganador, a favor del Organismo, de exhibir sin exclusividad en el territorio nacional las películas de cortometraje por televisión a través del canal INCAA TV o de algún canal de televisión con el que tenga convenio, para la proyección de los cortos ganadores, en cualquier época, en las salas de los denominados “ESPACIOS INCAA”, muestras, festivales y/o en cualquier otro medio de exhibición que estime pertinente.

e. 25/03/2013 N° 17514/13 v. 25/03/2013