DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 1742/1971
Bs. As., 9/6/1971
VISTO lo propuesto por el Ministerio de Defensa en expediente “S” Nº 348-2/71 (M.D.)
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Autorízase a la
DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES a vender al Ministerio de
Guerra de la República del Perú, el siguiente material:
- CIENTO CINCUENTA Y SEIS (156) cañones sin retroceso, calibre 105
milímetros F.M. CZEKALSKI, modelo 1970, con accesorios, herramientas
especiales y repuestos para los mismos. Posición NADE: 93-03-00-00 y
93-06-02-00.
- CINCO MIL OCHOCIENTAS CINCUENTA (5.850) granadas 105 milímetros, antipersonal. Posición NADE: 93-07-02-00.
- DIECISIETE MIL QUINIENTAS CINCUENTA (17.550) granadas 105 milímetros, antitanque. Posición NADE: 93-07-02-00.
Art. 2° — Exímese a la
DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES de los requisitos de
declaración aduanera y del cumplimiento de las normas cambiarias que le
sean de aplicación para esta exportación, debiendo solamente
individualizar los elementos por la posición asignada en la
nomenclatura de exportación establecida por Decreto 8999/65.
Art. 3° — Aplícase sobre esta
exportación los beneficios por desgravación impositiva establecida por
los Decretos 3696/60; 140/70 y 3056/70 en cuanto esos productos estén
incluídos en dichos regímenes.
Art. 4° — Por conducto del
Ministerio de Economía, se impartirán instrucciones a la Administración
Nacional de Aduanas y al Banco Central de la República Argentina para
el cumplimiento de lo establecido en los Artículos 2° y 3°.
Art. 5° — Establécese que el
monto total a que asciende la provisión cuya exportación se autoriza
por el presente decreto, no excederá el valor de TRES MILLONES
SEISCIENTOS MIL dólares estadounidenses (u$s 3.600.000.-) en condición
F.O.B. Buenos Aires.
Art. 6° — Archívese en el Ministerio de Defensa (DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES). — LANUSSE.