DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 6387/1971
Bs. As., 31/12/1971
VISTO el expediente N° 358/71 del registro del Ministerio de Justicia;
atento las proyecciones que ha alcanzado la delincuencia y las nuevas
formas en que se manifiesta la violencia y subversión, caracterizada
por su organización y el empleo de nuevos métodos de acción, y
CONSIDERANDO:
Que tales manifestaciones de violencia han afectado en varios casos el
orden y la seguridad de establecimientos penitenciarios ya sea en forma
cruenta de ataque a los mismos, o facilitando desde el exterior fugas u
otras acciones que ponen en peligro la vida de internos y del personal;
Que en resguardo del imperativo de seguridad que establece el artículo
18 de la Constitución Nacional, es necesario adoptar las medidas de
prevención que el momento y las circunstancias exigen;
Que para ello resulta conveniente establecer —mientras subsistan las
causas que las motivan— un servicio de inteligencia que, no obstante el
reducido número de participantes, actúe con eficiencia en los lugares y
casos en que deba emplearse tal servicio;
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Créase el
Servicio de Inteligencia Penitenciario Federal que actuará bajo la
dependencia directa de la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario
Federal y tendrá por misión prevenir los actos dirigidos a alterar el
orden y la seguridad de los establecimientos de su dependencia o
aquellos que pongan en peligro la vida, la salud o la seguridad del
personal o internos, especialmente en las Unidades y sus adyacencias,
donde se alojen personas privadas de libertad por hechos de carácter
subversivo y en todos los casos en que deban adoptar medidas de
seguridad y prevención vinculadas a tales personas.
Art. 2° — El gasto que demanden
las erogaciones que se produzcan como consecuencia del cumplimiento del
presente decreto será atendido con cargo a la Cuenta Especial 800 -
Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal - CUMPLIMIENTO
LEY N° 18.302 - “S”.
Art. 3° — Comuníquese, dése al
presente carácter secreto y pase al Ministerio de Justicia - Dirección
Nacional del Servicio Penitenciario Federal a sus efectos. — LANUSSE.