DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 9195/1972
Bs. As., 27/12/1972
VISTO lo informado por el señor COMANDANTE EN JEFE DE LA ARMADA, atento lo propuesto por el MINISTERIO DE DEFENSA, y
CONSIDERANDO:
Que la Armada decidió en su oportunidad la eliminación del servicio
activo de los destructores clase BUENOS AIRES y recientemente de la
Fragata A.R.A. “AZOPARDO” que por su vejez y obsolescencia habían
perdido su valor operativo;
Que tales eliminaciones no fueron adecuadamente reemplazadas;
Que es indispensable restituir el poder naval militar;
Que la correcta solución se obtendría mediante la incorporación de
unidades nuevas de propósitos similares pero que ello no resulta
posible al presente;
Que la Marina de los Estados Unidos de América ha presentado una oferta
de venta de un (1) destructor de la clase GEARING-(Fram-II), en
condiciones sumamente ventajosas en cuanto al costo y características
que permitirían mejorar la capacidad operativa actual;
Que el tiempo de obtención de dicha unidad sería inmediato;
Que la ARMADA ARGENTINA ha iniciado con la debida autorización del
PODER EJECUTIVO NACIONAL y la aprobación del COMITE MILITAR tratativas
con la Armada de los Estados Unidos de América, tendientes a concretar
la compra;
Que existen los fondos disponibles en la Cuenta Especial “OBRAS Y SERVICIOS ESPECIALES - ARMADA ARGENTINA”;
Que la erogación está comprendida dentro del presupuesto de divisas del ejercicio 1973;
Que la adquisición está encuadrada dentro de lo establecido en el
artículo 56, inciso 3º, acápite c), g) y h) de la Ley de Contabilidad;
Por ello:
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE DEFENSA (COMANDO EN
JEFE DE LA ARMADA) a efectuar las tramitaciones necesarias tendientes a
contratar en forma directa, “ad-referéndum” del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, la adquisición y alistamiento del Destructor U.S.S. “PERKINS”
ofrecido por la Armada de los Estados Unidos de América.
Art. 2° — La inversión total que demandará la adquisición y
alistamiento mínimo para el traslado al país de la citada unidad y los
gastos de personal que se produzcan con motivo del mismo, que asciende
a la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$s
490.000,00) será atendida con cargo al Ejercicio 1973 con la siguiente
imputación: 6.90-52-012-1.379-874-2-41-4110.
Art. 3° — Facúltase al COMANDO EN JEFE DE LA ARMADA a designar y
enviar a los Estados Unidos de América, “en Comisión” las dotaciones de
personal necesario para el alistamiento y traslado de la unidad de
referencia al país, con el escalonamiento que resulte conveniente,
invirtiendo hasta la suma de DOSCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS DOLARES
ESTADOUNIDENSES (u$s 260.500,00), la que está incluida en el monto
previsto en el artículo 2° del presente decreto.
Art. 4° — Comuníquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y tome conocimiento el TRIBUNAL DE CUENTAS y la CONTADURIA
GENERAL DE LA NACION y archívese. — LANUSSE.