DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 6598/1972
Bs. As., 26/9/1972
VISTO el acuerdo referente al programa de Ayuda Militar aprobado por Decreto Nº 4724/64; y
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento del mencionado acuerdo S.E. el señor Embajador
Argentino en los Estados Unidos de América y el señor agregado de la
Fuerza Aérea Argentina ante dicho país, ambos en representación de la
República Argentina, han firmado dos arreglos de crédito con
representantes del Gobierno de los Estados Unidos de América para la
adquisición de elementos de defensa con destino al reequipamiento de
las Fuerzas Armadas, por u$s 6.500.000 y u$s 3.000.000 respectivamente.
Que dichos créditos serán financiados por el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América.
Que por decreto Nº 4191/71 se ratificó un contrato de crédito por u$s
6.500.000 con el The National Bank of Washington, también para la
adquisición de elementos de defensa, dentro del marco del Programa de
Ayuda Militar para el año 1971 sin especificación de los materiales a
adquirir.
Que por otra parte, con posterioridad a la firma de los arreglos
mencionados en el primer considerando, se efectuaron modificaciones, en
cuanto a los materiales a adquirir.
Que a tal efecto se ha hecho uso del último párrafo de la cláusula 2
(a) de ambos acuerdos, negociándose con el Gobierno de los Estados
Unidos de América la modificación de los Anexos “A” de los mismos,
habiendo consentido dicho Gobierno en su supresión.
Que en consecuencia los materiales a adquirir serán los aprobados por
la Junta de Comandantes en Jefe en la Reunión Nº 10/71 dentro del
crédito global de u$s 16.000.000 obtenido conforme los arreglos
firmados.
Que asimismo y en virtud de que las financiaciones obtenidas por dichas
arreglos de crédito, tienen distintas modalidades de pago, según sean
otorgadas por el Gobierno de los Estados Unidos de América o la banca
privada de dicho país, es necesario prorratear entre los Comandos en
Jefe la utilización de dichos créditos a fin de mantener la equidad
entre ellos.
Por ello:
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Ratifícanse los
arreglos de crédito celebrados entre el Gobierno de la República
Argentina y el de los Estados Unidos de América, firmados los días 28
de mayo y 28 de junio de 1971, referentes a la adquisición de artículos
y servicios de defensa, que se agregan como anexos 1 y 2 del presente
decreto.
Art. 2° — Autorízase a los
Comandantes en Jefe del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, a
adquirir los ítems de defensa aprobados en la Reunión Nº 10/71 - Tema 3
- inciso 1°) de la Junta de Comandantes en Jefe, copia de cuya acta se
agrega como Anexo 3.
Art. 3° — Las adquisiciones
autorizadas por el artículo anterior serán realizadas dentro de las
modalidades de pago establecidas en los arreglos de crédito
correspondientes al Plan de Ayuda Militar para 1971 hasta el monto de
u$s 16.000.000 y sus intereses.
Art. 4° — Facúltase a los
Comandantes en Jefe del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea a
convenir entre si los ajustes necesarios a fin de equilibrar en
proporción a sus adquisiciones respectivas, las cargas financieras y
plazos de amortización correspondientes a los préstamos otorgados por
el Gobierno de los Estados Unidos de América y la banca privada de
dicho país.
Art. 5° — Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LANUSSE.