DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 1248/1974

Bs. As., 28/10/1974

VISTO el Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973 y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que al incorporarse la Escuela de Defensa Nacional como organismo fuera de nivel dependiente del Ministerio de Defensa, se definieron su actual misión y funciones, armonizándolas con las atribuciones y responsabilidades asignadas al citado Departamento de Estado por la Ley Nº 20.524;

Que la experiencia habida hasta la fecha, aconseja adecuar la estructura orgánico-funcional del citado Instituto establecida para la ex-Escuela Nacional de Guerra, ajustándola a los nuevos requerimientos de su actual misión y funciones;

Que la estructura orgánica propuesta contempla las necesidades básicas de un Instituto del más alto nivel en materia docente y de investigación, tendiente a elaborar una doctrina de Defensa Nacional acorde con las exigencias político-estratégicas del momento histórico;

Que, asimismo, es necesario adoptar, con carácter permanente, previsiones para asegurar un adecuado equilibrio en la representación de las Fuerzas Armadas y lograr así una compatibilización de los criterios sectoriales en beneficio de la labor integral;

Que, atento a lo que dispone el Decreto Nº 234/69 cuando se modifica una estructura, el presente debe tener el carácter de rectificatorio de aquél que la aprobó;

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Rectifícase el Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, por el cual se aprobó la estructura orgánica del Ministerio de Defensa y la Escuela de Defensa Nacional, como organismo dependiente “fuera de nivel”, e incorpórase el desarrollo estructural de la misma de conformidad con los organigramas, misiones y funciones, agrupamiento funcional y dotaciones, memorando descriptivo de tareas y planta de personal temporario que, como Anexos I, Ia., II, III, IV y V, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 2° — A partir del año 1975, los cargos de Director, Subdirector y Jefe del Departamento de Enseñanza serán ocupados por Oficiales Superiores de las Fuerzas Armadas provenientes de Fuerzas distintas; el Jefe del Departamento Doctrina provendrá de la misma Fuerza que el Director y el Jefe del Departamento de Asuntos Académicos pertenecerá a la misma Fuerza que el Subdirector; los cargos serán rotativos; por arma, cada dos años.

Art. 3° — El gasto que demande la aplicación de la estructura que se aprueba por el presente decreto se imputará a la Partida 5.90 - 45 - 010-0.371 - 11 - 1110 y 1120 del Presupuesto General de la Administración Nacional aprobado para el Ejercicio 1974.

Art. 4° — El presente decreto tendrá carácter de secreto; regístrese, comuníquese al Ministerio de Defensa y archívese. — MARTINEZ DE PERON.
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NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).