DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 1248/1974
Bs. As., 28/10/1974
VISTO el Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973 y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que al incorporarse la Escuela de Defensa Nacional como organismo fuera
de nivel dependiente del Ministerio de Defensa, se definieron su actual
misión y funciones, armonizándolas con las atribuciones y
responsabilidades asignadas al citado Departamento de Estado por la Ley
Nº 20.524;
Que la experiencia habida hasta la fecha, aconseja adecuar la
estructura orgánico-funcional del citado Instituto establecida para la
ex-Escuela Nacional de Guerra, ajustándola a los nuevos requerimientos
de su actual misión y funciones;
Que la estructura orgánica propuesta contempla las necesidades básicas
de un Instituto del más alto nivel en materia docente y de
investigación, tendiente a elaborar una doctrina de Defensa Nacional
acorde con las exigencias político-estratégicas del momento histórico;
Que, asimismo, es necesario adoptar, con carácter permanente,
previsiones para asegurar un adecuado equilibrio en la representación
de las Fuerzas Armadas y lograr así una compatibilización de los
criterios sectoriales en beneficio de la labor integral;
Que, atento a lo que dispone el Decreto Nº 234/69 cuando se modifica
una estructura, el presente debe tener el carácter de rectificatorio de
aquél que la aprobó;
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Rectifícase el
Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, por el cual se aprobó la
estructura orgánica del Ministerio de Defensa y la Escuela de Defensa
Nacional, como organismo dependiente “fuera de nivel”, e incorpórase el
desarrollo estructural de la misma de conformidad con los organigramas,
misiones y funciones, agrupamiento funcional y dotaciones, memorando
descriptivo de tareas y planta de personal temporario que, como Anexos
I, Ia., II, III, IV y V, forman parte integrante del presente Decreto.
Art. 2° — A partir del año
1975, los cargos de Director, Subdirector y Jefe del Departamento de
Enseñanza serán ocupados por Oficiales Superiores de las Fuerzas
Armadas provenientes de Fuerzas distintas; el Jefe del Departamento
Doctrina provendrá de la misma Fuerza que el Director y el Jefe del
Departamento de Asuntos Académicos pertenecerá a la misma Fuerza que el
Subdirector; los cargos serán rotativos; por arma, cada dos años.
Art. 3° — El gasto que demande
la aplicación de la estructura que se aprueba por el presente decreto
se imputará a la Partida 5.90 - 45 - 010-0.371 - 11 - 1110 y 1120 del
Presupuesto General de la Administración Nacional aprobado para el
Ejercicio 1974.
Art. 4° — El presente decreto
tendrá carácter de secreto; regístrese, comuníquese al Ministerio de
Defensa y archívese. — MARTINEZ DE PERON.
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NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición
web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).