DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 1605/1974

Bs. As., 25/11/1974

VISTO lo informado por el señor Comandante General de la Armada, y lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por decreto Nº 7543“S”/967 se aprobó un “Plan Mínimo de Emergencia” para la Armada Argentina, que incluye entre otras, la adquisición de dos (2) Fragatas, hoy Destructores T-42, de Propósitos Generales, facultando a efectuar contrataciones directas “ad-referendum” del Poder Ejecutivo Nacional y fijando un Plan Tentativo de Inversión.

Que por decreto Nº 7497“S”/969 se aprobó una ampliación del Plan de Financiación Tentativo del “Plan Mínimo de Emergencia” con el objeto de posibilitar la contratación por la adquisición de los referidos buques.

Que por decreto Nº 7796“S”/969 y Nº 1945“S”/970 se aprobaron los contratos para concretar su adquisición.

Que asimismo, el Plan prevé la construcción de buques de guerra en el país facilitando a nuestra industria naval su proyección hacia el futuro.

Que es necesario autorizar los montos suficientes para satisfacer los mayores costos resultantes de la incorporación de modificaciones, de índole técnico-operativas que debieron introducirse en el buque prototipo.

Que asimismo, es necesario asignar los fondos correspondientes para adquirir repuestos de base, misiles para el segundo Destructor en construcción en el país, contramedidas electrónicas y para realizar la integración del sistema de armas, por cuanto dicha erogación debió postergarse hasta tanto se contara con un conocimiento más completo de las reales necesidades al respecto.

Que resulta imperioso satisfacer los requerimientos planteados a fin de que los buques alcancen las condiciones que permitan lograr su adecuada capacidad operativa, a la vez que consolidar el valor militar de la compra mediante una correcta autonomía de mantenimiento.

Que es indispensable que se cuente con el respectivo acuerdo, de autoridad competente, que avale las gestiones necesarias.

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Autorízase al Ministerio de Defensa –Comando General de la Armada– a acordar las enmiendas que correspondan en los contratos ya aprobados relacionados con la adquisición de dos (2) Fragatas, hoy Destructores T-42 de Propósitos Generales y realizar las tramitaciones tendientes a lograr las contrataciones en forma directa que sean necesarias, “ad-referendum” del Poder Ejecutivo Nacional, a fin de concretar el pago de modificaciones en exceso a las previstas y para la adquisición de repuestos de base, misiles para el segundo destructor que se construye en el país, contramedidas electrónicas e integración del sistema de armas.

Art. 2° — La inversión total que demandará lo indicado en el artículo 1°, asciende a la suma de CATORCE MILLONES DE LIBRAS ESTERLINAS (£ 14.000.000), incluyendo los gastos y costos financieros que implica el pago diferido. El monto indicado será atendido del siguiente modo: la suma de UN MILLON QUINIENTAS MIL LIBRAS ESTERLINAS (£ 1.500.000) con imputación a la partida 2.10-47-013-0.379-5-51-5193 del ejercicio 1974 y el saldo de DOCE MILLONES QUINIENTAS MIL LIBRAS ESTERLINAS (£ 12.500.000) a las partidas equivalentes de ejercicios sucesivos.

Art. 3° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, tome conocimiento el Tribunal de Cuentas de la Nación, la Contaduría General de la Nación y la Tesorería General de la Nación y archívese. — MARTINEZ DE PERON.