Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 365/2013

Ofrécese recompensa destinada a quienes brinden datos para dar con el paradero de determinada persona.

Bs. As., 26/3/2013

VISTO la Ley Nº 26.538, la Resolución MI Nº 485 del 16 de marzo de 2007 y las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº 2/07 del PROGRAMA PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 485/07, estableció la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) en el marco de la causa “Galeano Aquino, Milda Ramona s/sustracción y ocultamiento de menor”, destinado a aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual aporten datos útiles para lograr el paradero de Milda Ramona GALEANO AQUINO sobre quien pesa pedido de detención nacional e internacional desde el 30 de noviembre de 2006.

Que el día 23 de julio de 2003 se sancionó la Ley Nº 25.765 que crea, en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD y DERECHOS HUMANOS, el FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS.

Que por el Decreto Nº 225 del 21 de marzo de 2005, se establece que el mencionado Fondo funcionará en jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la recompensa fue ofrecida en el marco de la Ley Nº 25.765 modificada por el Decreto Nº 225/05.

Que el día 28 de octubre de 2009 se sancionó la Ley Nº 26.538, que crea el FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS que funcionará en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD y DERECHOS HUMANOS, y que en su artículo 9º deroga la Ley Nº 25.765 y el Decreto Nº 225/05.

Que atento a lo expuesto, y a los fines de readecuar el ofrecimiento de recompensa dispuesto por la Resolución M.I. Nº 485/07 a la normativa vigente, resulta conveniente dictar el presente acto.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PUBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que el doctor Facundo G. OLIVA, Juez a cargo del JUZGADO DE GARANTIAS Nº 2 de MERCEDES, Provincia de BUENOS AIRES, no encuentra objeciones para el progreso de la presente medida.

Que asimismo, mediante Decisión Administrativa Nº 1 del 11 de enero de 2013, se incluyó la partida correspondiente al FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que han tomado la intervención de su competencia tanto la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1º y 3º de la Ley Nº 26.538 y en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Ofrécese como recompensa dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr el paradero de Milda Ramona GALEANO AQUINO, de nacionalidad paraguaya.

Art. 2º — Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.

Art. 3º — El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante del MINISTERIO PUBLICO FISCAL sobre el mérito de la información aportada, preservando la identidad del informante.

Art. 4º — Encomiéndase a la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional y principales diarios de la REPUBLICA del PARAGUAY.

Art. 5º — Comuníquese, Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.