Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 366/2013
Ofrécese recompensa destinada a quienes brinden datos para dar con el paradero de determinada persona.
Bs. As., 26/3/2013
VISTO la Ley Nº 26.538, la Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 3967 del 29
de diciembre de 2008, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de
agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº 2/08 del
FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 3967/08; se estableció como
recompensa dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA y de la
REPUBLICA DE CHILE, la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA MIL
(U$S 40.000), en el marco la causa Nº I-13.139, caratulada “U.P.M. y F.
s/investigación s/desaparición de la menor Sofía Herrera” que tramita
por ante el JUZGADO de INSTRUCCION DE PRIMERA NOMINACION DEL DISTRITO
JUDICIAL NORTE DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO
SUR, destinada a aquellas personas quienes sin haber intervenido en el
hecho delictual del que podría haber sido objeto, brinden datos útiles
que sirvan para dar con el paradero de Sofía Yasmín HERRERA, quien se
encuentra desaparecida desde el 28 de septiembre de 2008 en la
localidad de RIO GRANDE, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E
ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Que la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12, establece el
procedimiento regulatorio del funcionamiento de los Fondos de
Recompensas creado por las Leyes Nros. 26.375 y 26.538, en lo atinente
al ofrecimiento y pago de éstas.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PUBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que atento a lo expuesto, y a los fines de readecuar el ofrecimiento de
la recompensa dispuesto por la Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 3967/08 a
la normativa vigente, resulta conveniente dictar el presente acto.
Que el doctor Eduardo LOPEZ, Juez a cargo del Juzgado antes mencionado
no encuentra objeciones para el progreso de la presente medida.
Que asimismo, mediante Decisión Administrativa Nº 1 del 11 de enero de
2013 se incluyó la partida correspondiente al FONDO PERMANENTE DE
RECOMPENSAS en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que ha tomado la intervención de su competencia tanto la DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dictamina en el marco de las atribuciones conferidas
en el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 y en el Anexo II de la Resolución
M.J. y D.H. Nº 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Ofrécese como
recompensa, dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA la suma de
PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), destinada a aquellas personas quienes
sin haber intervenido en el hecho delictual del que podría haber sido
objeto, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de
Sofía Yasmín HERRERA desaparecida desde el 28 de septiembre de 2008 en
la localidad de RIO GRANDE, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E
ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Art. 2º — Las personas que
quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3º — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del
representante del MINISTERIO PUBLICO FISCAL sobre el mérito de la
información aportada, preservando la identidad del informante.
Art. 4º — Encomiéndase a la
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional y local.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.