DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 551/1975

Bs. As., 3/3/1975

VISTO lo propuesto por el Ministerio de Defensa y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 615, del 11 de diciembre de 1973, se aprobó la estructura orgánica del Ministerio de Defensa definiéndose la relación de dependencia de los organismos que integran el mismo;

Que por el citado Decreto se determinó el carácter de organismos fuera de nivel del CONSEJO SUPREMO DE LAS FUERZAS ARMADAS, CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE PARA JEFES Y OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS, TRIBUNAL SUPERIOR DE HONOR DE LAS FUERZAS ARMADAS, FISCALIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, AURDITORIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS y FEDERACION DEPORTIVA MILITAR ARGENTINA;

Que en consecuencia, se impone una restructuración de dichos organismos para dotarlos de los medios necesarios para el logro de sus propósitos;

Que las designaciones de los funcionarios superiores de los referidos cuerpos son efectuadas con carácter rotativo y por los períodos legalmente establecidos, por lo cual los respectivos cargos no deben encuadrarse en las categorías escalafonarias correspondientes al personal común de planta permanente, sino estar sujetos a una retribución especial adecuada a cada caso;

Que asimismo es necesario modificar las dotaciones teniendo en cuenta los cargos cubiertos en la actualidad por personal militar en actividad y que en lo sucesivo serán desempeñados por personal militar en situación de retiro, por exigirlo así necesidades operacionales de las Fuerzas Armadas y la confiabilidad y experiencia requeridas para el desempeño de tales cargos;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Nº 234/69, cuando se modifica una estructura, el presente debe tener el carácter de rectificatorio de aquel que la aprobó;

Por ello,

LA PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Rectifícanse los Decretos Nº 4848, del 28 de agosto de 1969, 845, del 30 de abril de 1971, 6795, del 3 de octubre de 1972 del CONSEJO SUPREMO DE LAS FUERZAS ARMADAS, 4180, del 6 de agosto de 1969, 4222, del 4 de julio de 1972 del CONSEJO DE GUERRA PERMANENTE PARA JEFES Y OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS, 2775, del 17 de diciembre de 1970, 615, del 11 de diciembre de 1973, del TRIBUNAL SUPERIOR DE HONOR DE LAS FUERZAS ARMADAS, 2287, del 14 de mayo de 1969 de la FISCALIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, 2288, del 14 de mayo de 1969 de la AUDITORIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, 2726, del 26 de mayo de 1969, 777, del 9 de marzo de 1971 de la FEDERACION DEPORTIVA MILITAR ARGENTINA por los cuales se aprobaron y rectificaron respectivamente las estructuras orgánicas de dichos organismos; de conformidad con los organigramas, misión y funciones, agrupamiento funcional y memorando descriptivo de tareas que, como Anexos I, Ia, Ib, Ic, Id, Ie, II, III y IV forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — El personal superior fuera de nivel de los organismos establecidos en el Artículo 1° percibirá, cuando se encontrare en situación de retiro, las retribuciones, por todo concepto, que se determinan en el Anexo V.

Art. 3° — El Vice-presidente 1° y 2° de la FEDERACION DEPORTIVA MILITAR ARGENTINA, serán designados con carácter “ad honorem” y percibirán reintegro por viáticos y pasajes conforme al Decreto Nº 1343, del 20 de abril de 1974 (Anexo I - Artículo 3°- Inciso IV - Apartado K); con equivalencia jerárquica a Categoría 24 del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Nacional; En el caso del personal militar será de aplicación el Decreto Nº 121, del 27 de octubre de 1973.

Art. 4° — Déjase sin efecto a partir de la fecha del presente el Decreto Nº 92, del 11 de julio de 1974.

Art. 5° — El gasto que demande la aplicación de la estructura que se aprueba por el presente decreto será financiado con cargo a la partida que para el Ministerio de Defensa determine la Ley de Presupuesto para la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 1975.

Art. 6° — El presente decreto tendrá carácter de secreto; regístrese, comuníquese y archívese. — MARTINEZ DE PERON.
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NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).