Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 361/2013
Ofrécese recompensa destinada a quienes brinden datos para la detención de determinada persona.
Bs. As., 26/3/2013
VISTO la ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. yD.H. Nros. 1552 del 17
de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº 99/13
del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS
ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que por ante el JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1, de la
Provincia de MENDOZA, se instruyen los autos Nº 816-F, caratulados:
“Legajo de Búsqueda de Ricardo ALEKS en As. 656-F”.
Que en la citada causa interviene la Oficina para el Seguimiento de
Causas por Violaciones a los Derechos Humanos cometidas en el ámbito de
la Cámara Federal de Mendoza, organismo dependiente del Ministerio
Público Fiscal.
Que la Ley Nº 26.375, creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del
ex MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una
compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD
ESPECIAL PARA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA o a otra
dependencia que la autoridad de aplicación determine, datos útiles
mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o
referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes
para la detención de personas buscadas por la justicia que registren
orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en
las que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que el doctor Walter R. BENTO, Juez a cargo del Juzgado Federal citado
precedentemente, no encuentra objeciones para el progreso de la medida
tendiente a ofrecer una recompensa para quien pudiera aportar datos
fehacientes para dar con el paradero de Ricardo ALEKS, sobre quien pesa
pedido de captura nacional e internacional desde el 13 de diciembre de
2012.
Que asimismo, la Decisión Administrativa Nº 1 del 11 de enero de 2013,
otorga financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.
Que ha tomado la intervención de su competencia tanto la DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta conforme las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° de la Ley Nº 26.375.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ofrécese como
recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL
($ 100.000), por el plazo de DOCE (12) meses a partir de la fecha de su
publicación en el Boletín Oficial, destinada a aquellas personas que
brinden datos útiles que resultasen determinantes para la detención de
Ricardo ALEKS (D.N.I. Nº 4.998.247), argentino, nacido el 27 de octubre
de 1948 en General SAN MARTIN, Provincia de BUENOS AIRES, casado, hijo
de José ALEKS (f) y de Antonieta BILANCIA (f).
(Nota
Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1268/2017 del Ministerio de Seguridad B.O. 04/12/2017,
se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a
partir del dictado de la norma de referencia. Por art. 2° de la misma
norma, se establece que los ofrecimientos de recompensas, se realizarán
cada uno por el monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000))
(Nota
Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 160/2017 del Ministerio de Seguridad
B.O. 11/5/2017 se restablece en su vigencia por el término de DOCE (12) meses,
a partir del dictado de la norma de referencia, la recompensa ofrecida a través de la presente Resolución, por el
monto y a partir de la fecha de vencimiento que se consigna en el siguiente ANEXO).
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1081/2015 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 15/5/2015 se prorroga por el
término de DOCE (12) meses a partir de su respectivo
vencimiento, la
recompensa ofrecida a través de la presente Resolución y se realizará por un
monto de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000). Prórroga anterior: Resolución N° 712/2014 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos B.O. 16/5/2014)
Art. 2° — Las personas que
quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACON PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado.
Art. 4° — Encomiéndase a la
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.