MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 188/2013
Registro Nº 214/2013
Bs. As., 26/2/2013
VISTO el Expediente Nº 1.533.747/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/7 del Expediente de referencia obra el Acuerdo celebrado,
en marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1213/11 “E”, entre el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (SMATA), y la empresa FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPE
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, de conformidad con lo establecido por la
Ley 14.250 (t.o. 2.004)
Que mediante el referido Acuerdo, con vigencia desde el 1 de Septiembre
de 2012 hasta el 30 de Noviembre del mismo año, las partes pactan
nuevas condiciones económicas para los trabajadores de la empleadora
comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo, conforme los detalles
allí impuestos.
Que el ámbito de aplicación del Acuerdo cuya homologación se pretende
se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así
con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de
la Entidad Sindical firmante emergentes de su Personería Gremial.
Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto
administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de practicar el cálculo de la Base Promedio de
Remuneraciones y Topes Indemnizatorios de conformidad con lo previsto
por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, y la empresa FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPE ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 5/7 del Expediente Nº 1.533.747/12,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva
a fin de que el Departamento Coordinación registre el instrumento
obrante a fojas 5/7 del Expediente Nº 1.533.747/12.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
remítase las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del
Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de practicar el cálculo de la
Base Promedio y Tope Indemnizatorio conforme lo dispuesto por el
Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 2004).
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.533.747/12
Buenos Aires, 27 de Febrero de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 188/13 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/7 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 214/13. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Lanús, a los 28 días del mes de Setiembre de 2012, se reúnen:
Faurecia Sistemas de Escape Argentina S.A., con domicilio en la Avda.
Madero 1020 representada en este acto por el Sr. Julio César Barbosa
Vera, apoderado de dicha firma y por la otra lor representantes del
Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA),
representada en este acto por los Sres. Ricardo Pignanelli, Mario
Manrique, Gustavo Morán, Jorge Luis Godino, Francisco Malvaso, Hugo
Gaeta, Ricardo Murúa y como Comisión Interna, los Sres. Miguel Quiles y
Daniel Duarte, quienes en conjunto acuerdan:
PRIMERA: Con efectividad al 1º de Setiembre de 2012, los salarios del
personal amparados bajo el CCT 1213/11 “E” vigente al 31 de Agosto de
2012 se incrementarán en un 6%. Se adjuntan en ANEXO I las nuevas
escalas salariales resultantes, que regirán a partir del 1º de
Setiembre de 2012 y hasta el 30 de Noviembre de 2012, siendo este plazo
el de vigencia del presente acuerdo.
SEGUNDA: Durante el período de vigencia del presente acuerdo (1º de
Setiembre al 30 de Noviembre de 2012), el incremento salarial acordado
absorberá y compensará hasta su concurrencia cualquier aumento,
incremento y/o mejora, y/o beneficio, y/o ajuste salarial que se
otorgue y que pudiere disponer el Poder Ejecutivo Nacional o
Provincial, y/o Poder Legislativo, ya sea por vía legal, reglamentaria,
o por cualquier otra vía, ya sea con carácter remunerativo o no
remunerativo, aún cuando dicho aumento se disponga sobre las
remuneraciones normales, habituales, nominales y/o permanentes o sobre
los básicos convencionales o sobre cualquier otro tipo de remuneración
o pago alguno.
TERCERA: En virtud del acuerdo alcanzado, los REPRESENTANTES DEL
PERSONAL reconocen que el mismo evidencia una justa composición de
intereses vinculada a la retribución del personal amparado bajo el CCT
1213/11 “E”. En razón de lo anterior asumen el compromiso de no
plantear cuestiones de índole económica o monetaria alguna durante la
vigencia del mismo.
CUARTA: A fin de mantener negociaciones paritarias previsibles que
eviten generar situaciones conflictivas, LAS PARTES disponen que se
reunirán en el mes de Noviembre de 2012, con el objetivo de fijar los
salarios que regirán a partir del 1º de Diciembre de 2012.
QUINTA: LAS PARTES comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosas
y ordenadas relaciones, que permitan atender las exigencias tanto de la
Empresa como de los Trabajadores, procurando el cumplimiento de los
objetivos de Seguridad, Calidad, Producción y Exportación, con el
propósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo y el
continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se
comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar
medidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos.
SEXTA: En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de igual
tenor y a un solo efecto, que serán presentados ante el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de su
homologación.
ANEXO I
Escala Salarial Faurecia Sistemas de Escape Argentina S.A.
Vigencia: 1º de Setiembre de 2012 |
Categoría | A | B | C | D | E |
Valor Jornal Remunerativo | 28,68 | 29,79 | 30,86 | 32,14 | 33,41 |