MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 148/2013

Tope Nº 80/2013

Bs. As., 19/2/2013

VISTO el Expediente Nº 1.521.635/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 19.549, la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991), las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1785 del 6 de noviembre de 2012 y Nº 65 del 24 de enero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución S.T. Nº 65/13, cuya copia fiel obra a fojas 123/126 del Expediente Nº 1.521.635/12, se fijó el importe promedio de las remuneraciones y tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa CONGREGACION EVANGELICA ALEMANA EN BUENOS AIRES y la ASOCIACION CIVIL CORPORACION DEL CEMENTERIO BRITANICO DE BUENOS AIRES, conforme lo dispuesto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que el referido acuerdo fue celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 437/06, homologado por la Resolución S.T. Nº 1785/12 y registrado bajo el Nº 1456/12 según consta a fs. 106/108 y 111, respectivamente.

Que se advierte que en el ANEXO de la Resolución S.T. Nº 65/13 se omitió consignar las fechas de entrada en vigencia de la base promedio de remuneraciones y tope indemnizatorio fijados.

Que tratándose de un error material involuntario debe subsanarse a fin de evitar futuras confusiones, procediéndose a emitir el presente acto administrativo materializando la rectificación correspondiente.

Que a los fines expuestos se pone de relieve que las enmiendas a efectuarse no alteran en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.

Que la rectificatoria de errores materiales resulta plenamente viable, conforme las prescripciones del artículo 101 del Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991), reglamentario de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 19.549.

Que corresponde subsanar dicho error material mediante el dictado del acto administrativo correspondiente.

Que el presente acto se dicta conforme a lo establecido por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991),

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Rectifícase el ANEXO de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 65 del 24 de enero de 2013, el cual se reemplaza por el ANEXO que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la presente medida rectificatoria de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 65 del 24 de enero de 2013.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias del Acuerdo Nº 1456/12.
Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.521.635/12

PARTES SIGNATARIASFECHA DE ENTRADA EN VIGENCIABASE PROMEDIOTOPE INDEMNIZATORIO
SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LOS CEMENTERIOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C/
ASOCIACION CIVIL CORPORACION DEL CEMENTERIO BRITANICO DE BUENOS AIRES; CONGREGACION EVANGELICA ALEMANA DE BUENOS AIRES.

Acuerdo Nº 1456/12

CCT Nº 437/06
01/03/2012

01/07/2012

01/09/2012
$ 4.354,60

$ 4.702,97

$ 4.820,51
$ 13.063,80

$ 14.108,91

$ 14.461,53

Expediente Nº 1.521.635/12

Buenos Aires, 22 de Febrero de 2013

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 148/13, se ha tomado razón de la rectificación del anexo de la Resolución ST Nº 65/13, quedando registrado con el número 80/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.