ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Resolución Nº 6/2013
Prórroga habilitación provisoria Zona Operativa Aduanera. Aduana de Río Gallegos.
Bs. As., 8/4/2013
VISTO la actuación SIGEA Nº 12779-50-2013 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la División Aduana de Río Gallegos solicita
una nueva prórroga por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a
la habilitación provisoria otorgada mediante Resolución Nº 08/12 (DGA)
de la Zona Operativa Aduanera ubicada en un predio de TREINTA MIL
CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 (30.155,54) metros cuadrados de
superficie, sobre la Ruta Nacional Nº 3, en la ciudad de Río Gallegos,
Provincia de Santa Cruz.
Que se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que
diera origen a la habilitación provisoria otorgada, atento que a la
fecha no han finalizado la totalidad de las obras de infraestructura
para adecuar el predio en función de las operaciones de comercio
exterior a realizarse en dicho lugar operativo.
Que han tomado la intervención que les compete la División Aduana de
Río Gallegos, la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia y la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga
de la habilitación oportunamente otorgada con carácter provisorio y por
el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a contar desde el
vencimiento del plazo conferido por la Resolución Nº 08/12 (DGA).
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en
el Artículo 9° apartado 2 inc. n) del Decreto 618 del 10 de julio de
1997.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación aduanera provisoria de la
Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de TREINTA MIL CIENTO
CINCUENTA Y CINCO CON 54/100 (30.155,54) metros cuadrados de
superficie, sito en la Ruta Nacional Nº 3 de la ciudad de Río Gallegos
Provincia de Santa Cruz, por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360)
días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la
Resolución Nº 08/12 (DGA), con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera
Comodoro Rivadavia. Remítanse los actuados a la División Aduana de Río
Gallegos para su conocimiento, notificación y aplicación. — Lic. MARIA
S. AYERAN, Directora General, Dirección General de Aduanas.
e. 15/04/2013 N° 22817/13 v. 15/04/2013