Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 407/2013

Déjase sin efecto la Resolución MI Nº 199/2007.

Bs. As., 12/4/2013

VISTO la Ley Nº 26.538, la Resolución M.I. Nº 199 el 14 de febrero de 2007; las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012 y el Legajo Nº 1/07 del PROGRAMA PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS, y

CONSIDERANDO:

Que por ante la FISCALIA DE INSTRUCCION DE LA VIII NOMINACION DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN, PROVINCIA DE TUCUMAN se instruyó la causa Nº 22164/06, caratulada “Acosta, Susana del Carmen; Nélida del Valle Fernández; Fernández, Luis Alberto s/homicidio calificado (Argañaraz, Angela Beatríz)”.

Que mediante la Resolución M.I. Nº 199/07 se ofreció como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000), destinada a aquella persona que pudiera brindar datos útiles que conduzcan a concretar la captura de Luis Alberto FERNANDEZ.

Que también se estableció que la recompensa para los países de la REPUBLICA DEL PARAGUAY y la REPUBLICA DE BOLIVIA fuera de DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 40.000) destinada a aquella persona que pudiera brindar datos útiles que conduzcan a concretar la captura de Luis Alberto FERNANDEZ.

Que el doctor Fernando Rodolfo RIVERA, Secretario Judicial de la EXCELENTISIMA CAMARA EN LO PENAL —SALA V— de la PROVINCIA DE TUCUMAN, por oficio del 5 de febrero de 2013 informa, que con fecha 9 de febrero de 2010 se resolvió absolver a Luis Alberto FERNANDEZ.

Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la Resolución M.I. Nº 199/07.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley Nº 26.538 y de conformidad con la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Déjase sin efecto la Resolución M.I Nº 199 del 14 de febrero de 2007, por la cual se ofrecía como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000), y para los países de la REPUBLICA DE PARAGUAY y la REPUBLICA DE BOLIVIA, la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 40.000) destinada a aquella persona que pudiera aportar datos útiles que conduzcan a concretar la captura de Luis Alberto FERNANDEZ (D.N.I. Nº 16.132.140).

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.