MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO


Disposición Nº 109/2013


Registro Nº 286/2013


Bs. As., 19/3/2013

VISTO el Expediente Nº 1.553.129/13 del Registro del MINISTERIO TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/4 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.O.C.R.A.) por el sector gremial y la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION conjuntamente con la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCION por el sector empleador, ratificado a fojas 20, 21, 22 por medio del Acta integrante del mismo, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido nuevos valores para los adicionales convencionales del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 545/08 y demás consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Que la vigencia del Acuerdo opera a partir del mes de Julio 2012 hasta el mes de Diciembre 2012.

Que cabe destacar que las partes suscriptoras son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 545/08.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del Acuerdo, se corresponde con la representación empresaria y la representatividad de los trabajadores, por medio de la Entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente, acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/4 celebrado entre la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.O.C.R.A.) y la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION conjuntamente con la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCION, ratificado a fojas 20, 21, 22 por medio del Acta integrante del mismo, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/4, ratificado a fojas 20, 21, 22 por medio del Acta integrante del mismo, del Expediente Nº 1.553.129/13.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo junto con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 545/08.

ARTICULO 5°— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.553.129/13

Buenos Aires, 25 de Marzo de 2013

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 109/13 se ha tomado razón del acuerdo y actas ratificatorias obrantes a fojas 2/4, 20, 21 y 22 del expediente de referencia, quedando registrados bajo el número 286/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los cinco días del mes de Marzo de 2013, comparecen por una parte los Sres Hugo Domingo Ferreyra y Carlos Ismael Romero en representación de la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOCRA) y por la otra, el Ing. Gustavo Weiss, en representación de la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION; el Arq. Eduardo Sprovieri en representación de la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCION y expresan que luego de un prolongado intercambio de opiniones, han arribado a un acuerdo para determinar los valores de los distintos adicionales convencionales del CCT 545/08 por el período Julio 2012 -  Diciembre 2013 a saber:

• “TRANSPORTE DE PERSONAL” Art. 44 del CCT 545/08 con el carácter que el convenio colectivo de trabajo en particular establece.

• “ADICIONAL UOCRA CAC CCT 545/08” Res 1502/09 Punto 3.

• “RESIDENCIA EN CAMPAMENTO” Art 43 del CCT 545/08.

Los valores de cada uno de dichos adicionales para cada zona geográfica establecida en el CCT 545/08, serán los que figuran en las tablas adjuntas como Anexo I que entrarán en vigencia a partir del momento establecido respecto de cada una de ellas.

El pago de las diferencias devengadas producto de la entrada en vigencia de los nuevos valores aquí pactados correspondientes al período Julio 2012 a Febrero 2013 ambos inclusive, se hará efectivo íntegramente en oportunidad del pago de los haberes correspondientes a la primer quincena del mes de marzo de 2013.

Ambas partes se comprometen a agotar todos los mecanismos legales y convencionales vigentes en forma previa a la adopción de cualquier medida de fuerza o de acción directa.

Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Previa lectura y ratificación, las partes firman cinco ejemplares de idéntico tenor y a un solo efecto.

ANEXO I





EXPEDIENTE N°: 1.553.129/13

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de Marzo de 2013 siendo las 17 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, por ante, el Sr. Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación, del Departamento de Relaciones Laborales Nº 3, el Sr. Guillermo PRADO con DNI 16.138.811 en su carácter de Apoderado de la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCION.

Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante, y cedida la palabra al compareciente, manifiesta: Que viene por este acto a fin de ratificar el acuerdo obrante a fojas 2/4.

Con lo que se dio por terminado el acto firmando de conformidad por ante mi para constancia.

EXPEDIENTE N°: 1.553.129/13

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de Marzo de 2013 siendo las 16 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, por ante, el Sr. Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación, del Departamento de Relaciones Laborales Nº 3, los señores, el Dr. Eduardo CATALDI en su carácter de Apoderado de la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por una parte y por la otra el Dr. Alberto Fernando MENENDEZ en su carácter de Apoderado de la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION.

Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante, y cedida la palabra a ambas partes las mismas manifiestan: Que vienen por este acto a fin de ratificar el acuerdo obrante a fojas 2/4.

Con lo que se dio por terminado el acto firmando de conformidad por ante mi para constancia.

EXPEDIENTE 1553129/13

En la Ciudad de Buenos Aires a los 19 días del mes de marzo de 2013, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional Relaciones del Trabajo, Dirección Nacional Relaciones del Trabajo, por ante mi Luis Emir Benítez, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento No 3, el Sr. Hugo Domingo Ferreyra, en su carácter de Secretario de Organización y Asuntos Gremiales de la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOCRA), conjuntamente con el Dr. Eduardo S. Cataldi, en su carácter de apoderado de la entidad gremial.

Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante, el compareciente manifiesta, que vienen a ratificar expresamente en todas sus partes el contenido del acuerdo firmado el 5 de Marzo 2013 entre la UNION OBRERA DE LA CONSTRUCCION DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOCRA) y la CAMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCION; la FEDERACION ARGENTINA DE ENTIDADES DE LA CONSTRUCCION y el CENTRO DE ARQUITECTOS, INGENIEROS, CONSTRUCTORES Y AFINES y solicita a esta Autoridad de aplicación la pertinente homologación.

Con lo que se da por terminado el acto, siendo las 15,30 hs. firmando de conformidad por ante mi para constancia.