MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
Resolución Nº 372/2013
Bs. As., 12/4/2013
VISTO, el Expediente Nº 8557/12 del registro del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 7207 de fecha 12 de diciembre de 2012 se
reguló el servicio de crédito para las cooperativas que realicen
operaciones de crédito, sujetas al régimen de la Ley Nº 20.337, sus
modificatorias y complementarias, y resoluciones de la autoridad de
aplicación.
Que en la citada resolución se estableció la creación de un registro de
auditores externos de cooperativas que brindan el servicio de crédito.
Que en consecuencia, corresponde adoptar las medidas tendientes a la habilitación del mencionado registro.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le
compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 20.337 y los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — El registro de auditores contemplado en el artículo 19
inciso c) de la Resolución Nº 7207 del 12 de diciembre de 2012 estará a
cargo de la Secretaría de Contralor, la que deberá adoptar las medidas
necesarias para su habilitación.
ARTICULO 2° — La Secretaría de Registro Nacional de Cooperativas y
Mutuales brindará a la Secretaría de Contralor los instrumentos
necesarios para la publicación del registro de auditores en la página
web del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Boletín Oficial, debiendo ser aplicada por las áreas
y unidades de este Instituto a las que corresponda a partir de su
dictado.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. PATRICIO J. GRIFFIN,
Presidente. — Dr. ERNESTO E. ARROYO, Vocal. — C.P. VICTOR R. ROSSETTI,
Vocal. — Ing. JOSE H. ORBAICETA, Vocal. — RICARDO D. VELASCO, Vocal.
e. 19/04/2013 N° 25086/13 v. 19/04/2013