DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 1878/1977

Bs. As., 30/6/1977

VISTO el requerimiento formulado por la Jefatura de Policía de la provincia de Buenos Aires en expediente Nº 382/77 Cde. 588 M.D. “S”, y

CONSIDERANDO:

Que la petición de autorización para la adquisición de armas de guerra de uso prohibido encuadra en las previsiones de los artículos 53 inciso 1°; 89 y 4 inciso 3° apartado a) de la Reglamentación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos;

Que el Ministerio del Interior ha expresado su opinión en el sentido de que se autorice la adquisición de que se trata;

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Autorizar a la Jefatura de Policía de la provincia de Buenos Aires a adquirir el siguiente material:

a) 150 (CIENTO CINCUENTA) Escopetas Bataan, calibre 12, modelo 315;

b) 150 (CIENTO CINCUENTA) Escopetas Bataan, calibre 12, modelo 415;

c) 1000 (MIL) Pistolas Browning, calibre 9 mm;

d) 1.000.000 (UN MILLON) de Cartuchos calibre 9 mm.;

e) 150.000 (CIENTO CINCUENTA MIL) Cartuchos calibre 11,25 mm;

f) 100.000 (CIEN MIL) Cartuchos calibre 7,62 mm. NATO.

Art. 2° — El Registro Nacional de Armas extenderá la documentación pertinente.

Art. 3° — Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. — VIDELA.