DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 1878/1977
Bs. As., 30/6/1977
VISTO el requerimiento formulado por la Jefatura de Policía de la
provincia de Buenos Aires en expediente Nº 382/77 Cde. 588 M.D. “S”, y
CONSIDERANDO:
Que la petición de autorización para la adquisición de armas de guerra
de uso prohibido encuadra en las previsiones de los artículos 53 inciso
1°; 89 y 4 inciso 3° apartado a) de la Reglamentación de la Ley
Nacional de Armas y Explosivos;
Que el Ministerio del Interior ha expresado su opinión en el sentido de que se autorice la adquisición de que se trata;
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Autorizar a la Jefatura de Policía de la provincia de Buenos Aires a adquirir el siguiente material:
a) 150 (CIENTO CINCUENTA) Escopetas Bataan, calibre 12, modelo 315;
b) 150 (CIENTO CINCUENTA) Escopetas Bataan, calibre 12, modelo 415;
c) 1000 (MIL) Pistolas Browning, calibre 9 mm;
d) 1.000.000 (UN MILLON) de Cartuchos calibre 9 mm.;
e) 150.000 (CIENTO CINCUENTA MIL) Cartuchos calibre 11,25 mm;
f) 100.000 (CIEN MIL) Cartuchos calibre 7,62 mm. NATO.
Art. 2° — El Registro Nacional de Armas extenderá la documentación pertinente.
Art. 3° — Comuníquese, cúmplase y ARCHIVESE. — VIDELA.