MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SUBDIRECCION NACIONAL ELECTORAL

Disposición Nº 38/2013

Bs. As., 19/4/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0044474/2013 del registro de este Ministerio, el inciso 2 del artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita el anteproyecto de creación y demarcación de circuitos electorales, elaborado por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Santiago del Estero.

Que la iniciativa propuesta, importa la subdivisión del Circuito Nº 7 “Belgrano” en la Sección Capital del distrito Santiago del Estero, dando lugar a la conformación del Circuito Nº 7 C “Campo Contreras” y la redefinición del Circuito Nº 7 “Belgrano” de la Ciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago del Estero.

Que en las presentes obran las actuaciones enviadas por dicha judicatura a la Excma. CAMARA NACIONAL ELECTORAL con la detallada descripción de los límites territoriales resultantes de la demarcación propuesta.

Que desde fojas 43/44, consta la Resolución de la Excma. CAMARA NACIONAL ELECTORAL quien remite a esta instancia los antecedentes del anteproyecto elevado por el Juzgado interviniente.

Que corresponde a esta instancia, recibido el anteproyecto, notificar el inicio de las actuaciones a las agrupaciones políticas registradas en el distrito de que se trata y producir informe técnico descriptivo de la demarcación propuesta, notificar la parte pertinente del mismo a los partidos políticos inscriptos en el distrito y remitirla para su publicación en el Boletín Oficial durante DOS (2) días.

Que en el caso concreto y en función del cronograma electoral en curso, resulta conveniente abreviar el procedimiento y proceder en un mismo acto a notificar el inicio de las actuaciones y el extracto del informe técnico, así como disponer la publicación pertinente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de la facultad conferida al suscripto por el Decreto Nº 682 del 14 de mayo de 2010 y por el inciso 2 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL ELECTORAL

DISPONE:

ARTICULO 1º — Notifíquese el inicio de las actuaciones relacionadas con el anteproyecto de la subdivisión del Circuito Nº 7 “Belgrano” en la Sección Capital del distrito Santiago del Estero, dando lugar a la conformación del Circuito Nº 7 C “Campo Contreras” y la redefinición del Circuito Nº 7 “Belgrano” de la Ciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago del Estero.

ARTICULO 2º — Apruébase el extracto del Informe Técnico DEyCE Nº 08/13 el que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3º — Notifíquese a los Partidos Políticos registrados en el Distrito Electoral Santiago del Estero del Anexo I de la presente.

ARTICULO 4º — Requiérase del Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Santiago del Estero se cursen las notificaciones dispuestas en los artículos 1º y 3º de la presente.

ARTICULO 5º — Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina por el plazo de DOS (2) días.

ARTICULO 6º — Comuníquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. ESTEBAN DI SIBIO, Subdirector Nacional Electoral, Dirección Nacional Electoral, Ministerio del Interior y Transporte.

ANEXO I

INFORME TECNICO DEyCE Nº 08/13
Artículo 40 inciso 2 de la Ley Nº 19.549 y sus modificatorias
Expte: S02:0044474/2013
BUENOS AIRES,

El anteproyecto propone la subdivisión del Circuito Nº 7 “Belgrano” en la Sección Capital del Distrito Santiago del Estero, dando lugar a la conformación del Circuito Nº 7 C “Campo Contreras” y la redefinición del Circuito Nº 7 “Belgrano”. Cabe mencionar que el circuito 7 C incluye un sector del Barrio Campo Contreras y los barrios Juan Díaz de Solís, Siglo XXI y 750 Viviendas que anteriormente formaban parte del Circuito 8 “Vinalar”

La delimitación propuesta es la siguiente:

Circuito Electoral Nº 7 “Belgrano” Comprende los barrios Sarmiento, Los Inmigrantes, Tradición y Juramento.
Límites:
NORTE: Av. Belgrano (S) y Lavalle
SUR: Av. Aguirre (S) y Av. Solís (O).
ESTE: Av. Belgrano (S) y Av. Solís (O).
OESTE: Lavalle y Av. Aguirre (S).

De los planos adjuntos al expediente se desprende que el límite se traza por: Av. Aguirre (S) y Avenida Lavalle, por ella hasta Avenida Belgrano (S), continuando por Belgrano hasta Av. Solís, por esta última hasta la intersección de Av. Aguirre (S), luego Av. Aguirre hasta su encuentro con Av. Lavalle, cerrando el polígono.

Circuito Electoral Nº 7 C “Campo Contreras”. Comprende los barrios América del Sur, Ejército Argentino, Campo Contreras y ampliaciones, Juan Díaz de Solís y Ampliaciones, 750 viviendas, Siglo XX y Siglo XXI, Duplex Saint Germaine, Villa Hortencia.
Límites:
NORTE: Av. Belgrano (S) y Av. Solís (O).
SUR: Canal Contreras López y Av. Belgrano (S) prolongación.
ESTE: Av. Belgrano (S) prolongación hasta Av. Solís.
OESTE: Canal San Martín prolongación y Canal Contreras López.

De los planos adjuntos al expediente se desprende que el límite se traza por: Avenida Solís (O) y Avenida Belgrano (S) prolongación, por ésta hasta el Canal Contreras López; por el mencionado canal hasta la intersección del Canal San Martín, continuando por este último hasta la Avenida Solís y por ella hasta la intersección con Avenida Belgrano, cerrando el polígono.

El expediente se encuentra para vista de los interesados, por 20 días, en 25 de Mayo 101 piso 3º, oficina 339 (Ciudad de Buenos Aires).

e. 24/04/2013 N° 26300/13 v. 24/04/2013