MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
SUBDIRECCION NACIONAL ELECTORAL
Disposición Nº 40/2013
Bs. As., 23/4/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0040998/2013 del registro de este
Ministerio, el inciso 2 del artículo 40 del Código Electoral Nacional
aprobado por Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de
agosto de 1983) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el anteproyecto de creación y
demarcación de circuitos electorales, elaborado por el Juzgado Federal
con Competencia Electoral de la Provincia de Santiago del Estero.
Que la iniciativa propuesta, importa la subdivisión y cambio de
denominación del Circuito 8 - Vinalmar, de la Ciudad de Santiago del
Estero, Provincia de Santiago del Estero.
Que en las presentes obran las actuaciones enviadas por dicha
judicatura a la Excma. CAMARA NACIONAL ELECTORAL con la detallada
descripción de los límites territoriales resultantes de la demarcación
propuesta.
Que desde fojas 51 a 53, consta la Resolución de la Excma. CAMARA
NACIONAL ELECTORAL quien remite a esta instancia los antecedentes del
anteproyecto elevado por el Juzgado interviniente.
Que corresponde a esta instancia, recibido el anteproyecto, notificar
el inicio de las actuaciones a las agrupaciones políticas registradas
en el distrito de que se trata y producir informe técnico descriptivo
de la demarcación propuesta, notificar la parte pertinente del mismo a
los partidos políticos inscriptos en el distrito y remitirla para su
publicación en el Boletín Oficial durante DOS (2) días.
Que en el caso concreto y en función del cronograma electoral en curso,
resulta conveniente abreviar el procedimiento y proceder en un mismo
acto a notificar el inicio de las actuaciones y el extracto del informe
técnico, así como disponer la publicación pertinente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la debida intervención.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de la facultad conferida al
suscripto por el Decreto Nº 682 del 14 de mayo de 2010 y por el inciso
2 del artículo 40, del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº
19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus
modificatorias.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR NACIONAL ELECTORAL DISPONE:
ARTICULO 1º — Notifíquese el inicio de las actuaciones relacionadas con
el anteproyecto la subdivisión y cambio de denominación del Circuito 8
- Vinalmar, de la Ciudad de Santiago del Estero, Provincia de Santiago
del Estero.
ARTICULO 2º — Apruébase el extracto del Informe Técnico DEyCE Nº 06/13
el que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 3º — Notifíquese a los Partidos Políticos registrados en el
Distrito Electoral Santiago del Estero del Anexo l de la presente.
ARTICULO 4º — Requiérase del Juzgado Federal con Competencia Electoral
de la Provincia de Santiago del Estero se cursen las notificaciones
dispuestas en los artículos 1º y 3º de la presente.
ARTICULO 5º — Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina por el plazo de DOS (2) días.
ARTICULO 6º — Comuníquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — Lic. ESTEBAN DI SIBIO, Subdirector Nacional
Electoral, Dirección Nacional Electoral, Ministerio del Interior y
Transporte.
ANEXO I
INFORME TECNICO DEyCE Nº 06/13
Artículo 40 inciso 2 de la Ley Nº 19.549 y sus modificatorias
Expte: S02:0040998/2013
BUENOS AIRES,
- El anteproyecto propone la subdivisión y el cambio de denominación
del Circuito Nº 8 “Vinalar” en la Sección Capital del Distrito Santiago
del Estero, dando lugar a la conformación del Circuito Nº 8 “San
Martín”, Circuito Nº 8A “Villa del Carmen” y Circuito Nº 8B “Vinalar”.
Asimismo, parte del Barrio Campo Contreras y los barrios Juan Díaz de
Solís, Siglo XXI y 750 Viviendas, que integraban el anterior Circuito
Electoral 8 pasarán a incorporarse en el Circuito Electoral 7C
considerado en otra propuesta elevada por el Juzgado Federal con
Competencia Electoral.
- La propuesta de circuitos realizada es la siguiente:
Circuito Electoral Nº 8 “San Martín”. Comprende los barrios San Martín y Libertad.
Límites:
Al NORTE: Av. Libertad y Aguirre
AL SUR: Lavalle y Canal San Martín
AL ESTE: Aguirre (S) y Lavalle
AL OESTE: Libertad y Canal San Martín
Inicia el límite en Avenida del Libertador General San Martín y Avenida
Libertad; por Avenida Libertad hasta Av. Aguirre (S); continúa por esta
última hasta Avenida Lavalle; luego por ella hasta Av. Libertador
General San Martín (Canal San Martín), y por esta última hasta el
encuentro con la Avenida Libertad, cerrando el polígono.
Circuito Electoral Nº 8A “Villa del Carmen”. Comprende los barrios
Villa del Carmen, Industria, Ampliación Santa Lucia, San José de Flores
y ampliación Villa del Carmen.
Límites:
AL NORTE: Av. del Libertador (Sur) y Avenida Libertad
AL SUR: Av. Solís prolongación
AL ESTE: Av. del Libertador (Sur) y calle colectora oeste
AL OESTE: Ruta 64 hasta km 15
El límite se traza por Ruta Nacional 64 desde el Km 15 hacia el este,
continuando por Avenida Libertad hasta el encuentro de la Avenida
Libertador General San Martín (Canal San Martín); por esta última llega
hasta la intersección con la proyección de Avenida Solís; continúa por
ella hacia el oeste, llegando a la intersección del límite del ejido
municipal, desde allí se avanza en dirección norte por línea que cierra
el polígono en la intersección del Km 15 de la Ruta Nacional 64.
Circuito Electoral Nº 8B “Vinalar”. Comprende los barrios Mariano
Moreno y ampliaciones, SMATA, El Vinalar y ampliaciones, Santa Lucia y
Solar Mariano Moreno.
Límites:
AL NORTE: Lavalle y Aguirre (S)
AL SUR: Canal San Martín y Av. Solís (O)
AL ESTE: Av. Aguirre (S) y Av. Solís
AL OESTE: Lavalle y Canal San Martín
Desde Avenida Libertador General San Martín (Canal San Martín) y
Lavalle continúa por ésta hasta Av. Aguirre (S); luego por ella hasta
Avenida Solís; por esta última hasta Av. Libertador General San Martín
(Canal San Martín), y por ella llega al encuentro con Lavalle, cerrando
el polígono.
El expediente se encuentra para vista de los interesados, por 20 días,
en 25 de Mayo 101 piso 3º, oficina 339 (Ciudad de Buenos Aires).
e. 26/04/2013 N° 28121/13 v. 26/04/2013