Decreto
S 577/1981
Bs. As., 25/3/1981
VISTO el Decreto Nº 315 de fecha 25 de junio de 1973 y su último
modificatorio Nº 543 del 28 de febrero de 1977, y
CONSIDERANDO:
Que nuevamente debe adecuarse la planta del personal que integra el
cuerpo de seguridad establecida por los citados decretos, a las
actuales necesidades;
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Reajústase la
planta correspondiente al personal integrante del cuerpo de seguridad,
aprobada por el Decreto Nº 315/73, la que se compondrá de acuerdo al
detalle y con las remuneraciones que reflejan los Anexos I y II que
forman parte del presente decreto.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° será atendido con
imputación a las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación- Programa 001- Conducción
Nacional.
Art. 3° — Comuníquese y
archívese. — VIDELA.
ANEXO I
ANEXO II