Decreto S 577/1981

Bs. As., 25/3/1981

VISTO el Decreto Nº 315 de fecha 25 de junio de 1973 y su último modificatorio Nº 543 del 28 de febrero de 1977, y

CONSIDERANDO:

Que nuevamente debe adecuarse la planta del personal que integra el cuerpo de seguridad establecida por los citados decretos, a las actuales necesidades;

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Reajústase la planta correspondiente al personal integrante del cuerpo de seguridad, aprobada por el Decreto Nº 315/73, la que se compondrá de acuerdo al detalle y con las remuneraciones que reflejan los Anexos I y II que forman parte del presente decreto.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° será atendido con imputación a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación- Programa 001- Conducción Nacional.

Art. 3° — Comuníquese y archívese. — VIDELA.

ANEXO I




ANEXO II