MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
SECRETARIA DE TRANSPORTE
Resolución Nº 254/2013
Bs. As., 26/4/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0024076/2013 del Registro de este
Ministerio, Expediente Original Nº 200/2011 del Registro del ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, el Decreto Nº 375 de fecha 24 de abril de 1997, ratificado
por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 842 de fecha 27 de agosto de
1997, el Decreto Nº 1799 de fecha 4 de diciembre de 2007, la Resolución
Nº 291 de fecha 29 de diciembre de 2009 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el Visto se propicia la modificación del
Artículo 1º de Cargos y/o Aumentos Tarifarios con Destino Específico, y
del Artículo 7º Inciso E) Punto (I) del CONTRATO DE FIDEICOMISO DE
FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA), aprobado por
la Resolución Nº 291 de fecha 3 de diciembre de 2009 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE en ese entonces en la órbita del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que cabe considerar que con fecha 29 de diciembre de 2009 se celebró el
CONTRATO DE FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (SNA), conforme las previsiones de la Ley Nº 24.441 y del
Decreto Nº 1799 de fecha 4 de diciembre de 2007, entre AEROPUERTOS
ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, al
cual prestaron la debida conformidad la SECRETARIA DE TRANSPORTE y el
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA).
Que la suscripción del referido contrato se efectuó en el marco del
“FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS”,
de acuerdo a las previsiones del ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL
CONTRATO DE CONCESION suscripta oportunamente entre la UNIDAD DE
RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS (UNIREN) y
AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA, ratificada por Decreto Nº
1799/2007.
Que las condiciones de instrumentación del Fideicomiso mencionado en el
Considerando precedente, surgen de los términos y condiciones que se
establecen en el Subanexo III-A del ACTA ACUERDO DE ADECUACION DEL
CONTRATO DE CONCESION ratificada por el Decreto Nº 1799/2007.
Que en el Subanexo III-A referido se establecen, por una parte, los
términos y condiciones generales para todos los patrimonios de
afectación que conformen el “FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS”, y por otro lado se disponen de manera
específica los términos y condiciones particulares para cada uno de los
patrimonios de afectación que allí se mencionan.
Que la presente medida resulta procedente a efectos de realizar
adecuaciones necesarias a las cláusulas contenidas en el “CONTRATO DE
FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(SNA)”.
Que el Artículo 37 del contrato referido en el Considerando precedente
dispone que el mismo sólo podrá ser modificado o enmendado por
resolución fundada de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) ha tomado la debida intervención.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha tomado la
intervención que le compete.
Que en virtud de lo previsto en el Artículo 37 del CONTRATO DE
FIDECOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA)
resulta competente para dictar la presente el Señor Secretario de
Transporte.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorízase la
modificación al Artículo 1º - Definiciones - del CONTRATO DE
FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(SNA) en la parte correspondiente a “Cargos y/o Aumentos Tarifarios con
Destino Específico” el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Cargos y/o Aumentos Tarifarios con Destino Específico: Conceptos
integrantes de la tarifa que abonan los usuarios con afectación
específica al financiamiento de obras de infraestructura
aeroportuarias, conforme lo establezcan las normas legales que los
creen.
En principio no se entenderán por Aumentos Tarifarios los dispuestos
por el ORSNA en virtud de la Revisión de la Proyección Financiera de
Ingresos y Egresos, salvo que exista una decisión expresa y fundada de
dicho Organismo Regulador”.
ARTICULO 2º — Autorízase la
modificación al Artículo 7º, Inciso E), Punto (I) del CONTRATO DE
FIDEICOMISO DE FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
(SNA) el que quedará redactado de la siguiente manera: “El Presente
Patrimonio de Afectación será constituido cada vez que sean emitidas
las normas por las cuales se establezcan los cargos tarifarios
específicos.
El presente Patrimonio de Afectación podrá ser constituido con fondos
provenientes de Aumentos Tarifarios con Destino Específico sólo en
aquellas oportunidades en las que el ORSNA así lo disponga a través de
una decisión expresa y fundada”.
ARTICULO 3º — Notifíquese a AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA y al BANCO DE LA NACION ARGENTINA.
ARTICULO 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — ALEJANDRO RAMOS, Secretario de Transporte.
e. 03/05/2013 N° 30317/13 v. 03/05/2013