Secretaría de Transporte
TRANSPORTE FERROVIARIO
Resolución 208/2013
Programa de Recuperación del Ferrocarril Belgrano Sur. Créase el Comité de Evaluación y Selección.
Bs. As., 16/4/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0020105/2012 del Registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota Nº 755 de fecha 26 de junio de 2012, la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha priorizado el financiamiento por el Banco
Interamericano de Desarrollo de una operación de préstamo destinada a
financiar el Programa de Recuperación del Ferrocarril Belgrano Sur.
Que a los efectos de preparar y negociar dicha operación, resulta
necesario realizar estudios de demanda y viabilidad económica,
socio-ambientales y un estudio técnico, institucional y financiero del
sector, requeridos por la entidad de crédito que prestará dicho
financiamiento.
Que la ejecución de los mencionados estudios, sería financiada mediante
una Cooperación Técnica no reembolsable del Banco Interamericano de
Desarrollo.
Que deviene necesario concretar un reordenamiento estratégico que
permita alcanzar las metas políticas diagramadas, motivo por el cual es
indispensable adoptar medidas que posibiliten actuar con eficiencia, en
la optimización de los recursos comprometidos en los programas
financiados por Organismos Internacionales de Crédito y países
prestatarios.
Que en este sentido, se dictó el Decreto Nº 1438 de fecha 14 de agosto
de 2012 creando en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE la SUBSECRETARIA DE GESTION
ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE.
Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE, a través de la Unidad Ejecutora de
Proyecto oportunamente creada por Resolución Nº 137 de fecha 22 de
diciembre de 1997 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, tendrá a su cargo la
preparación y negociación de la Cooperación Técnica precedentemente
aludida y del Programa de Recuperación del Ferrocarril Belgrano Sur.
Que la unidad mencionada, cuenta con experiencia en la ejecución de
proyectos con financiamiento internacional, habiendo ejecutado con
fondos provenientes del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento
(B.I.R.F.) los préstamos BIRF Nº 4163-AR y Nº 7442-AR destinados al
PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO DE BUENOS AIRES (PTUBA), llevando a cabo
actualmente la ejecución del Préstamo BIRF Nº 7794-AR correspondiente
al PROYECTO DE TRANSPORTE URBANO PARA AREAS METROPOLITANAS (PTUMA).
Que en forma concordante a lo explicitado ut supra, es imperioso
realizar la designación del organismo que impulsará las actividades
conducentes a la preparación y negociación de la Cooperación Técnica
precedentemente aludida, como así también del Programa de Recuperación
del Ferrocarril Belgrano Sur.
Que en este orden, resulta oportuno propiciar la conformación de un
Comité de Evaluación y Selección que analice las expresiones de
interés, las propuestas técnicas y financieras y las ofertas que se
presenten en el marco de los procedimientos de contratación de los
estudios de preinversión previamente citados que financie dicha
Cooperación Técnica, de conformidad a las políticas del organismo
financiador.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE de la
SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha
tomado intervención en las actuaciones citadas en el VISTO.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 875/2012.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1° — Desígnase como
responsable de las actividades conducentes a la preparación y
negociación de la Cooperación Técnica no reembolsable del Banco
Interamericano de Desarrollo y del Programa de Recuperación del
Ferrocarril Belgrano Sur, a la Unidad Ejecutora de Proyecto creada por
Resolución Nº 137 de fecha 22 de diciembre de 1997 de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE, que funciona en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Art. 2° — Créase el Comité de
Evaluación y Selección para la contratación de los estudios de
preinversión a ser financiados por la Cooperación Técnica del Banco
Interamericano de Desarrollo en el marco del Programa de Recuperación
del Ferrocarril Belgrano Sur priorizado por la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS en fecha 26 de junio de 2012.
Art. 3° — El Comité que se crea
por la presente resolución, tendrá a su cargo el análisis de las
expresiones de interés para la conformación de las respectivas listas
cortas, las propuestas técnicas y financieras y/u ofertas relacionadas
a los estudios mencionados en el artículo precedente, y ajustará su
accionar a las Políticas del Banco Interamericano de Desarrollo.
Art. 4° — El Comité de
Evaluación y Selección estará integrado por TRES (3) miembros titulares
y TRES (3) suplentes. Cuando cualquiera de los primeros se ausente
durante el proceso de evaluación, será sustituido por el respectivo
suplente, teniendo en cuenta el orden en que se mencionan en los
artículos 6° y 7° de la presente resolución.
Art. 5° — Desígnanse miembros
titulares del Comité De Selección y Evaluación a la Licenciada María
Julia PRESTERA (D.N.I. Nº 21.843.254), a la Contadora Mariana SPOTTI
(D.N.I. Nº 23.792.625) y a la Doctora María Luisa ETCHEGOYEN (D.N.I. Nº
29.182.327).
Art. 6° — Desígnanse miembros
suplentes de dicho Comité al Licenciado Rodrigo RODRIGUEZ TORNQUIST
(D.N.I. Nº 27.493.319), a la Contadora María Florencia BALVERDE (D.N.I.
Nº 23.485.127) y a la Doctora Marcela María Alejandra MAZIRIZ (D.N.I.
Nº 17.586.175).
Art. 7° — Las evaluaciones que
efectúe el Comité que se crea por la presente resolución y la selección
de firmas resultante de aquéllas, deberán concretarse con la
participación de tres integrantes, quienes elaborarán las propuestas de
listas cortas y recomendaciones de adjudicación que serán elevadas al
Señor Coordinador General de la Unidad Ejecutora de Proyecto creada por
Resolución Nº 137/1997 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE. El Coordinador
General aprobará las listas cortas y las elevará al Señor Secretario de
Transporte para su suscripción las recomendaciones de adjudicación.
Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Ramos.