Decreto S 1707/1982

Bs. As., 29/12/1982

VISTO lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y,

CONSIDERANDO:

Que la experiencia recogida aconseja efectuar una nueva distribución y composición de los cargos de la dotación de personal del Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas, a fin de obtener una más adecuada funcionalidad.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase la estructura orgánico- funcional del Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas, de conformidad al organigrama, misión y funciones y dotación que como anexos I, II, IIIa y IIIb, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Deróganse los Decretos N° 155, del 21 de enero de 1975 y “S” N° 3130, del 10 de diciembre de 1979.

Art. 3° — Exceptúase al Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas, por esta única vez de la aplicación del artículo 1° del Decreto N° 669 del 1° de abril de 1982, a fin de cubrir los cargos que se aprueban en el presente decreto.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto, será financiado con cargo a la Función y Finalidad 290 - Jurisdicción 45 - Programa 003 - Carácter 0 - Servicio Administrativo 370 - Sección 1a - Inciso 11 - Partida Principal 1110 del Presupuesto para la Administración Pública Nacional.

Art. 5° — Comuníquese y archívese. — BIGNONE.
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NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición web del BORA —www. boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).