Decreto S 1707/1982
Bs. As., 29/12/1982
VISTO lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y,
CONSIDERANDO:
Que la experiencia recogida aconseja efectuar una nueva distribución y
composición de los cargos de la dotación de personal del Vicariato
Castrense para las Fuerzas Armadas, a fin de obtener una más adecuada
funcionalidad.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase la
estructura orgánico- funcional del Vicariato Castrense para las Fuerzas
Armadas, de conformidad al organigrama, misión y funciones y dotación
que como anexos I, II, IIIa y IIIb, forman parte integrante del
presente decreto.
Art. 2° — Deróganse los Decretos N° 155, del 21 de enero de 1975 y “S” N° 3130, del 10 de diciembre de 1979.
Art. 3° — Exceptúase al
Vicariato Castrense para las Fuerzas Armadas, por esta única vez de la
aplicación del artículo 1° del Decreto N° 669 del 1° de abril de 1982,
a fin de cubrir los cargos que se aprueban en el presente decreto.
Art. 4° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto, será
financiado con cargo a la Función y Finalidad 290 - Jurisdicción 45 -
Programa 003 - Carácter 0 - Servicio Administrativo 370 - Sección 1a -
Inciso 11 - Partida Principal 1110 del Presupuesto para la
Administración Pública Nacional.
Art. 5° — Comuníquese y archívese. — BIGNONE.
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NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición
web del BORA —www. boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).