Dirección Nacional de Migraciones
MIGRACIONES
Disposición 1308/2013
Tarjeta de Entrada y Salida. Tarjeta única Migratoria. Disposición N° 21.441/2008. Modificaciones.
Bs. As., 13/5/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0008660/2007 y el Expediente Nº
S02:0003069/2008, ambos del registro de la DIRECCION NACIONAL DE
MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 25.871, el Decreto Nº
616 del 3 de mayo de 2010, el Decreto Nº 874 del 6 de junio de 2012,
las Decisiones MERCOSUR CMC Nº 18/08 y Nº 14/11, la Disposición DNM Nº
21441 del 4 de abril de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Disposición DNM Nº 21441/08 se aprobó para el uso
manual la versión unificada de Tarjeta de Entrada/Salida (TES) de
personas del Territorio Nacional (ANEXO I), y para la confección
electrónica vía Web, la versión unificada de Tarjeta de Entrada y
Salida (TES) de personas del Territorio Nacional (ANEXO II) y la
versión unificada de Tarjeta de Entrada y Salida (TES), manteniéndose
las especificaciones de papel y ejemplares del modelo de Tarjeta Unica
Migratoria (TUM) para su uso exclusivo en todos los pasos fronterizos
entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE (ANEXO III).
Que por la Decisión MERCOSUR CMC Nº 18/08 y su modificatoria Nº 14/11
se aprobaron los Documentos de Viaje de los Estados Parte del MERCOSUR
y Estados Asociados.
Que por el Decreto Nº 874/12 se sustituyó la denominación del
MINISTERIO DEL INTERIOR por la de MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que por las modificaciones mencionadas en los considerandos anteriores,
se hace necesario modificar el diseño de las versiones unificadas de
tarjetas TES, tanto en su versión manual como electrónica, y la versión
unificada entre la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE (modelo
TUM).
Que la DIRECCION GENERAL TECNICA - JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996, por el
artículo 29 de la Ley Nº 25.565 y el artículo 107 de la Ley Nº 25.871.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
Artículo 1° — Sustitúyase el
ANEXO I de la Disposición DNM Nº 21441 del 4 de abril de 2008 y
apruébase el nuevo modelo de Tarjeta de Entrada/Salida (TES) para la
confección manual, que obra como ANEXO I de la presente, manteniéndose
las especificaciones de impresión, papel tamaño A5 (mitad A4) de 75 a
95 gramos.
Art. 2° — Sustitúyase el ANEXO
II de la Disposición DNM Nº 21.441/08 y apruébase el nuevo modelo de
Tarjeta de Entrada y Salida (TES) para la confección electrónica que
obra como ANEXO II de la presente, manteniéndose las especificaciones
de impresión, papel tamaño A5 (mitad A4) de 75 a 95 gramos.
Art. 3° — Convalídase el modelo
de Tarjeta Unica Migratoria (TUM) aprobado por Disposición DNM Nº
2969/12 que obra como ANEXO III de la presente, manteniéndose las
especificaciones de papel y cantidad de ejemplares vigentes.
Art. 4° — Pase a la DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION de esta Dirección Nacional, a efectos de la
adquisición de las Tarjetas de Entrada y Salida (TES versión manual) y
de la Tarjeta Unica Migratoria (TUM), según los términos de la presente.
Art. 5° — Pase a la DIRECCION
GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION de esta Dirección
Nacional, a fin de actualizar el modelo Web de la Tarjeta de Entrada y
Salida (TES) y de la Tarjeta Unica Migratoria (TUM), según los términos
de la presente.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Martín A. Arias Duval.
ANEXO I
Tarjeta de Entrada/Salida (TES)
Versión Manual
ANEXO II
Tarjeta de Entrada/Salida (TES)
Versión Electrónica
ANEXO III
Tarjeta Unica Migratoria (TUM)