MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución Nº 203/2013

Bs. As., 10/5/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0011906/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Decretos Nros. 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004 y sus modificatorios y complementarios y 673 de fecha 4 de mayo de 2012, la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1.359 de fecha 5 de octubre de 2004 y sus modificatorios y complementarios, se procedió a aprobar la estructura organizativa del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, actual MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, incluyendo la parte correspondiente a la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

Que por la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus normas modificatorias y complementarias se aprobaron las aperturas estructurales inferiores, entre otras, de la Secretaría citada precedentemente.

Que al margen de ello, por la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril de 2005 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobaron las Coordinaciones de Area correspondientes a su Administración Centralizada.

Que por el Decreto Nº 673 de fecha 4 de mayo de 2012, se incorporó al Anexo II del Decreto Nº 1.359/04 y sus modificatorios y complementarios, la parte correspondiente a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio.

Que resulta necesario adoptar aquellas medidas tendientes a perfeccionar la organización de la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones a la que se refiere el considerando precedente.

Que en tal sentido corresponde aprobar las aperturas estructurales inferiores y las Coordinaciones de Area de la misma.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 4°, inciso b) punto 9 del Anexo I a la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, el Decreto Nº 1.545 de fecha 31 de agosto de 1994, complementado por la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el Decreto Nº 673/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Incorpóranse a la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las aperturas estructurales inferiores de la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de conformidad con el Organigrama, Acciones y Dotación que, como Anexos I, II y lIIa, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º — Sustitúyese del Anexo II de la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Acción 8 de la Dirección Técnica Operativa dependiente de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de éste Ministerio, el que quedará redactado del siguiente modo:
“8.- Efectuar las acciones necesarias para asegurar la coordinación, coherencia y excelencia de los programas de optimización de la infraestructura edilicia, su remodelación y utilización. Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos, desarrollado a través de la Comisión de Coordinación Operativa.”

ARTICULO 3º — Incorpóranse a la Resolución Nº 209 de fecha 22 de abril de 2005 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Coordinaciones de Area de la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con las funciones que se detallan en las Planillas Anexas al presente artículo.

ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el Ejercicio 2013, de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — HERNAN G. LORENZINO, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

ANEXO I


ANEXO II

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES

DIRECCION DE SOPORTE Y ATENCION AL USUARIO

ACCIONES:

1. Asegurar un debido nivel de atención y soporte a los usuarios finales en la resolución de los problemas que pueden presentarse durante el uso de las herramientas de tecnología informática y comunicaciones.

2. Asegurar el debido nivel de calidad de los servicios prestados, aplicando el seguimiento y monitoreo de un incidente comunicado por el usuario, desde su apertura hasta su cierre, haciendo efectiva la intervención de las distintas áreas involucradas de la Dirección General.

3. Participar, cuando así le sea requerido, en la organización de cursos de entrenamiento y capacitación a los usuarios finales y a capacitadores de otros Organismos para el uso de los distintos programas informáticos en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

4. Analizar y proponer mejoras e innovaciones, tendientes a optimizar la prestación de servicios del ámbito de su competencia.

5. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes del equipo de trabajo.

6. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y calidad de las actividades del ámbito de su competencia.

7. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES

DIRECCION DE OPERACIONES Y EXPLOTACION

ACCIONES:

1. Asegurar el correcto funcionamiento, disponibilidad y continuidad operativa de la estructura instalada bajo su ámbito de competencia.

2. Formular criterios y lineamientos generales para el desarrollo de las actividades relativas a la instalación, configuración, administración y mantenimiento de equipamiento tecnológico en el centro de cómputos bajo su competencia.

3. Investigar, analizar y proponer mejoras e innovaciones tendientes a optimizar la prestación de servicios del ámbito de su competencia.

4. Dirigir, controlar, mantener y explotar de forma articulada los proyectos y obras de tecnologías informáticas asignadas.

5. Supervisar la correcta configuración de los componentes intermedios de software que comunican una aplicación con otras aplicaciones, a través de software, redes, hardware y/o sistemas operativos.

6. Asistir y asesorar cuando le sea requerido en la aplicación de mejoras prácticas en materia de base de datos y rendimiento de las aplicaciones en general.

7. Disponer de los recursos para articular con la Dirección de Soporte y Atención al Usuario, el soporte requerido a terceras partes o terceros.

8. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes del equipo de trabajo.

9. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y calidad de las actividades del ámbito de su competencia.

10. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES

DIRECCION DE DESARROLLO

ACCIONES:

1. Supervisar la definición metodológica de cada una de las actividades (evaluación de requerimientos, análisis funcional, análisis de diseño y modelación, pruebas unitarias, pruebas de casos de uso y pruebas especiales) que definen los aspectos clave del proceso de desarrollo y mantenimiento de software y aplicaciones; los roles que deben participar y la estandarización de los productos intermedios y finales que deben ser elaborados a lo largo del ciclo de vida del software.

2. Supervisar el diseño, desarrollo y mantenimiento de las aplicaciones de la jurisdicción que le sean requeridas, asegurando el cumplimiento de los plazos y presupuestos establecidos.

3. Promover el cumplimiento de las pautas metodológicas definidas y participar en los emprendimientos de mejoras a los procesos vinculados con el desarrollo y mantenimiento de aplicaciones.

4. Supervisar la puesta en funcionamiento de los proyectos y aplicaciones, coordinando su accionar con la Dirección de Operaciones y Explotación.

5. Asistir en la definición de proyectos de desarrollo de software y aplicaciones de proveedores externos de sistemas informáticos y servicios relacionados con los sistemas que administra la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, controlando su ejecución.

6. Garantizar y promover la reutilización de los distintos elementos que intervienen en las etapas del desarrollo y mantenimiento de aplicaciones, como estrategia para lograr una mejor calidad y productividad final.

7. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes del equipo de trabajo.

8. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y calidad de las actividades del ámbito de su competencia.

9. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES

DIRECCION DE INGENIERIA Y COMUNICACIONES

ACCIONES:

1. Analizar, diseñar, desarrollar y coordinar la implantación de infraestructura tecnológica, comunicaciones y servicios vinculados, promoviendo el cumplimiento de las pautas metodológicas definidas y participar en los emprendimientos de mejoras a los procesos asociados con infraestructura tecnológica, comunicaciones y servicios vinculados.

2. Analizar la utilización de nuevas tecnologías de información que cubran los requerimientos del organismo, formulando propuestas y planes de desarrollo e innovación tecnológica para la modernización de las redes informáticas y de comunicaciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

3. Analizar y proponer mejoras e innovaciones tendientes a optimizar la prestación de servicios del ámbito de su competencia.

4. Supervisar, en lo que es materia de su competencia, la puesta en funcionamiento de los proyectos, coordinando su accionar con la Dirección de Operaciones y Explotación.

5. Disponer de los recursos para articular con la Dirección de Soporte y Atención al Usuario, el soporte requerido a terceras partes o terceros.

6. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes del equipo de trabajo.

7. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y calidad de las actividades del ámbito de su competencia.

8. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.

ANEXO IIIa

PLANTA PERMANENTE

JURISDICCION: MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SECRETARIA: LEGAL Y ADMINISTRATIVA
ESCALAFON: SISTEMA NACIONAL DEL EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.)

(niveles escalafonarios)
UNIDAD ORGANIZATIVAABCDEFSUBTOTAL
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES1200003
DIRECCION DE SOPORTE Y ATENCION AL USUARIO0100001
DIRECCION DE OPERACIONES Y EXPLOTACION0100001
DIRECCION DE DESARROLLO0100001
DIRECCION DE INGENIERIA Y COMUNICACIONES0100001
TOTAL1600007

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3º

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES

COORDINACION DE STOCK Y TRATAMIENTO DE MATERIAL EN DESUSO

ACCIONES:

1. Coordinar y supervisar la correcta administración, clasificación y control de los activos tecnológicos, repuestos y consumibles almacenados en el depósito de la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, estableciendo stocks mínimos y puntos de reposición tanto en activos informáticos como en repuestos, herramientas y consumibles.

2. Asegurar el suministro de los bienes requeridos por las Direcciones de Soporte y Atención al Usuario, Operaciones y Explotación e Ingeniería y Comunicaciones, con la finalidad de asegurar la correcta operación y disponibilidad de servicios, así como de los consumibles necesarios para su normal desempeño.

3. Formular propuestas y planes de reposición de equipamiento informático a efectos de cubrir el crecimiento vegetativo y los requerimientos derivados de proyectos en marcha, asegurando la obtención de los niveles de rendimiento y confiabilidad de los servicios establecidos.

4. Proporcionar un único punto de contacto para la recepción de los activos discontinuados y/u obsoletos de informática, de comunicaciones, telefonía y circuitos cerrados de televisión, para su tratamiento, registro y clasificación, de conformidad con lo dispuesto por las normas legales vigentes, dando intervención a las áreas competentes pertinentes.

5. Elaborar y proponer la metodología y los mecanismos para determinar qué activos informáticos, de comunicaciones, telefonía y circuitos cerrados de televisión deberán ser tratados como residuos.

6. Proponer el piso tecnológico que determine qué activos informáticos, de comunicaciones, telefonía y circuitos cerrados de televisión, se encuentran en condiciones de ser donados, procediendo, cuando corresponda, a su recuperación y acondicionamiento.

7. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes del equipo de trabajo.

8. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y calidad de las actividades del ámbito de su competencia.

9. Promover el cumplimiento en su ámbito, de los lineamientos y procedimientos de seguridad vigentes en la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS INFORMATICAS Y COMUNICACIONES

COORDINACION DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION

ACCIONES:

1. Entender en el desarrollo de acciones tendientes a elevar la protección de los datos, servicios, infraestructura y parque tecnológico, de acuerdo a las exigencias de seguridad del modelo de política de seguridad de la información para organismos de la Administración Pública Nacional.

2. Verificar los niveles de seguridad y su permanente actualización, generando informes de diagnóstico y proponiendo las adecuaciones necesarias tendientes a fortalecer la seguridad.

3. Establecer los mecanismos eficientes y seguros para el control de accesos lógicos y la integración con otros sistemas de seguridad física.

4. Analizar, evaluar y proponer mejoras e innovaciones tendientes a aumentar la seguridad de datos, servicios, infraestructura y parque tecnológico.

5. Elaborar y proponer los lineamientos para la creación de las normas y reglamentaciones de uso de herramientas de tecnologías informáticas y comunicaciones de la Jurisdicción Ministerial.

6. Evaluar soluciones de software y hardware que faciliten el control y eviten la pérdida y/o robo de información confidencial, con el fin de mitigar o eliminar los riesgos frente a acciones ilícitas o ataques desde el interior y exterior de la organización.

7. Elaborar y proponer a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones, la documentación de las actividades del ámbito de competencia del área, en términos de normas y procedimientos operativos, manuales técnicos, estándares y políticas vinculadas, con el fin de facilitar la creación, uso y control de los protocolos de soporte y administración de uso interno y al alcance de los integrantes del equipo de trabajo.

8. Brindar a la Dirección General de Tecnologías Informáticas y Comunicaciones soporte y métricas para la toma de decisiones vinculadas con la productividad, desempeño del servicio, eficiencia, efectividad y calidad de las actividades del ámbito de su competencia.

e. 16/05/2013 N° 34813/13 v. 16/05/2013