MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 418/2013
Registro Nº 335/2013
Bs. As., 18/4/2013
VISTO el Expediente Nº 263.742/11 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 del Expediente Nº 263.742/11 obra un Acuerdo celebrado
entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE MAR DEL PLATA - ZONA
ATLANTICA, por el sector sindical, y la empresa TODO PARA LA
GASTRONOMIA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, ratificado a
fojas 2, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores convinieron
condiciones salariales para los trabajadores ocupados por la empresa
que se hallan comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº
130/75, con vigencia a partir del 1º de Enero del año 2012.
Que las partes celebrantes han ratificado el contenido y firmas
insertas en el texto traído a estudio, acreditando su personería y
facultades para convencionar colectivamente con las constancias que
obran en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la
actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad
sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE MAR DEL PLATA - ZONA ATLANTICA,
por el sector sindical, y la empresa TODO PARA LA GASTRONOMIA SOCIEDAD
ANONIMA, por el sector empresarial, que luce a fojas 1 del Expediente
Nº 263.742/11, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 1 del Expediente Nº 263.742/11,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer
párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 263.742/11
Buenos Aires, 19 de Abril de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 418/13 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 335/13. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Sr. JEFE DE AGENCIA TERRITORIAL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION
S / D
De nuestra mayor consideración:
BIANCHI, Carlos Guillermo y GARCIA Raúl en carácter de Secretario
Gremial y Secretario de Asuntos Legales respectivamente del SINDICATO
DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE MAR DEL PLATA ZONA ATLANTICA, en adelante
SECZA, con domicilio en Avda. Independencia 1839 de la ciudad de Mar
del Plata, y el Sr. TOBIO Fernando Javier, en su carácter de Presidente
del Directorio de la firma TODO PARA LA GASTRONOMIA S.A. con domicilio
en AV. JUAN B. JUSTO Nº 5978 de Mar del Plata, en adelante LA EMPRESA,
se presentan ante el Sr. Delegado y manifiestan lo siguiente:
A los fines de mejorar las condiciones salariales de todos los
trabajadores ocupados por la empresa que se encuentren alcanzados por
el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 130/75, el sistema remunerativo
sufrirá la siguiente mejora, a saber:
Articulo PRIMERO: La EMPRESA otorga un premio por ASISTENCIA PLENA
VERANIEGA derivado del incremento laboral por la afluencia turística en
temporada alta.
Artículo SEGUNDO: Se excluye sola y expresamente de causales de
descuento a: vacaciones anuales ordinarias, períodos de licencia por
maternidad y casamiento, reconocidos en el C.C.T. 130/75.
Artículo TERCERO: El premio de temporada alta aludido anteriormente se
establece en el orden del siete por ciento (7%) mensual para los meses
de Enero, Febrero y Marzo de cada año, para todo aquél trabajador que
cumpla con todas las pautas descriptas en los artículos primero y
segundo.
Artículo CUARTO: El citado incentivo veraniego se calculará sobre los
siguientes Items: Sueldo Básico, antigüedad, Adicionales de Convenio,
Horas Extras, Presentismo del Art. 40 del Convenio Colectivo de Trabajo
130/75. La referencia de los adicionales es para aquellos que se
encuentren sometidos a retenciones y/o cargas previsionales.
Artículo QUINTO: En caso de empleados con sueldo y comisión ya sean
éstas últimas eventuales o permanentes el citado premio veraniego se
aplicará únicamente sobre el Salario Garantía.
Artículo SEXTO: La entrada en vigencia del presente convenio por
ASISTENCIA PLENA VERANIEGA se fija a partir del 1º de Enero de 2012 y
por tiempo indeterminado a partir de dicha fecha.
Sin otro particular, solicitando la Homologación del presente, saludan
al Sr. Delegado Regional con toda consideración y respeto.