Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante

TRASPLANTE DE ORGANOS

Resolución 143/2013

Resolución N° 151/2010. Modificación.

Bs. As., 10/5/2013

VISTO el expediente Nº 1-2002-4638000192/10-5 del registro de este INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE (INCUCAI), las facultades que le son conferidas por Ley Nº 24.193 (t.o. Ley Nº 26.066); la Resolución INCUCAI Nº 151/10, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el visto se aprueba la integración de regiones, a los fines de la distribución y asignación de órganos y tejidos para trasplante, adoptando a tal efecto los criterios de territorialidad establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación, para la definición de políticas y programas epidemiológicos y socio sanitarios.

Que en dicha clasificación, La Rioja conforma la REGION CUYO, junto con Mendoza, San Juan y San Luis, ello en función del agrupamiento de provincias con realidades y problemáticas sociales, sanitarias y económicas similares.

Que el Parlamento del Noroeste Argentino (NOA), en su XXXI reunión, llevada a cabo en la Ciudad de San Miguel de Tucumán los días 19 y 20 de abril de 2012, resolvió por unanimidad incorporar a La Rioja como miembro pleno de dicha región, sobre la base de la identidad de rasgos culturales, históricos y geográficos de esa provincia con Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero.

Que por lo expuesto, corresponde modificar la norma oportunamente dictada por este Organismo Nacional, plasmando la decisión adoptada por el Parlamento del NOA al incluir a La Rioja en la referida región.

Que la Comisión Federal de Trasplante ha tomado la intervención correspondiente, canalizando de esta manera el asesoramiento del Consejo Federal de Salud (CO.FE.SA.) previsto en el inciso b) del artículo 44 de la Ley 24.193 y Decreto Nº 512/95.

Que el Departamento de Informática ha desarrollado las modificaciones y adecuaciones de los sistemas, que permiten incorporar los cambios establecidos en la presente norma.

Que la Dirección Científico Técnica, la Dirección Médica y el Departamento Jurídico han tomado la intervención de su competencia.

Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el Directorio, en su sesión Nº 16 del día 10 MAY 2013.

Que se actúa en uso de las competencias conferidas por el artículo 44 inciso n) de la Ley Nº 24.193 (t.o. Ley Nº 26.066).

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE

RESUELVE:

Artículo 1° — Modifícase el artículo 1° de la Resolución INCUCAI Nº 151/10, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente, quedando conformada de la siguiente manera: REGION NOROESTE: Jujuy, Salta, Tucumán, Catamarca, Santiago del Estero y La Rioja. REGION CUYO: Mendoza, San Juan y San Luis.

Art. 2° — Encomiéndese al Departamento de Informática efectuar las modificaciones en el SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION DE PROCURACION Y TRASPLANTE DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SINTRA), a fin de implementar la nueva integración de la Región NOA establecida en el artículo precedente.

Art. 3° — Regístrese. Notifíquese a la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud de la Nación, a las Autoridades Sanitarias Provinciales y Organismos Jurisdiccionales de Ablación e Implante, a la Sociedad Argentina de Trasplantes, a las Sociedades Científicas pertinentes, al Consejo Asesor de Pacientes y equipos de trasplante. Comuníquese a las áreas competentes del Instituto. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Carlos A. Soratti. — Martín Torres.