INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 1343/2013

Bs. As., 15/5/2013

VISTO el Expediente Nº 3328/2013 del Registro del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/2001) y sus modificatorias, el Decreto 1536/02 y sus modificatorias, el Decreto Nº 1032/09, la Resolución INCAA Nº 1080/2007, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3 inciso p) de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) establece entre las facultades de la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES la de realizar los nombramientos, ascensos o remoción del personal dependiente del mencionado Organismo.

Que asimismo, el artículo 24 del mismo plexo normativo establece que el Fondo de Fomento Cinematográfico se aplicará, entre otras cuestiones, a los gastos de personal, gastos generales e inversiones que demande el funcionamiento del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que el Artículo 1° del Decreto Nº 1536 del 28 de Agosto de 2002 dispone que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, administrador del Fondo de Fomento cinematográfico regulado por los Artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 17.741 de Fomento de la Actividad Cinematográfica (t.o. 2001), asignará y redistribuirá los fondos con afectación específica conforme las facultades emergentes de la citada Ley y del presente Decreto, pudiendo efectuar las inversiones que resulten necesarias para la mejor consecución de sus objetivos.

Que el artículo 2° del Decreto mencionado establece que EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES estará sometido al régimen establecido para los entes enumerados en el inciso c) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156, sustituido por el artículo 70 de la Ley de Presupuesto Nº 25.565.

Que consecuentemente el Artículo 3° del mismo cuerpo legal exceptúa al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de lo dispuesto por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, sus modificatorios y complementarios y faculta al Presidente del INSTITUTO a determinar la planta de personal, su distribución y asignación de funciones, de conformidad con la estructura que establezca.

Que por medio de la Resolución INCAA Nº 1080 del 20 de Julio de 2007, se aprueba la Estructura operativa del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que desde la aprobación de la estructura vigente hasta la actualidad, el Superior Gobierno de la Nación ha continuado la implementación de políticas públicas inclusivas con particular alcance hacia los sectores más vulnerables garantizando su acceso a los bienes culturales, y promoviendo la construcción de espacios dentro del ámbito audiovisual que lleve a cabo acciones que tiendan al conocimiento y participación de la comunidad toda como una necesidad de reafirmar nuestra identidad y pertenencia cultural.

Que a partir de la vigencia de la Ley Nº 26.522 el desarrollo de las acciones tendientes a la democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación desarrolladas por el Superior Gobierno de la Nación han incrementado las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, verificadas en el crecimiento de la producción cinematográfica y audiovisual.

Que a partir de la sanción del Decreto Nº 1225/10 reglamentario de la Ley Nº 26.522, se verifica una aplicación de mayor innovación en materia tecnológica, y la apertura de nuevas salas de exhibición cinematográfica.

Que dichas acciones implican un incremento en las acciones a cargo del Organismo correspondiendo readecuar la dotación de su personal de conformidad a las nuevas responsabilidades asumidas.

Que en consecuencia se hace necesario la creación de TREINTA Y CINCO (35) cargos correspondiente a los niveles A, B, C, D, E y F, en la estructura organizativa del Organismo.

Que mediante el artículo 1 del Decreto 1032/09 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES del ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 31 de marzo de 2009.

Que conforme lo establecido en el Capítulo VI (artículo 26 y ss.) del Decreto Nº 1032/09 el ingreso a la Carrera, la promoción a un nivel escalafonario superior y el acceso a la titularidad del ejercicio de un cargo con función ejecutiva o de jefatura se realizará mediante la sustanciación del correspondiente proceso de selección organizado bajo la modalidad de concurso de antecedentes y oposición.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA FINANZAS PUBLICAS a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y el Servicio Jurídico Permanente del Organismo han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3° inciso p) de la Ley Nº 17.741 y sus modificatorias (t.o. Anexo I del Decreto Nº 1248/01) y el artículo 3° del Decreto Nº 1536/02, de fecha 20 de Agosto de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Créanse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES la cantidad de 35 (TREINTA Y CINCO) cargos de niveles escalafonarios A, B, C, D, E y F, a los fines de facilitar el normal funcionamiento del Organismo, conforme el detalle del Anexo I de la presente Resolución y que forma parte integrante de la misma.

ARTICULO 2° — Los cargos creados en el artículo que antecede deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en el Capítulo VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), homologado por el Decreto Nº 1032 de fecha 3 de agosto de 2009 y de conformidad al procedimiento establecido en la Resolución Conjunta INCAA- SGCA Nº 555/2012 y Nº 37/2012.

ARTICULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2013 del presupuesto de La Jurisdicción 20 PRESIDENCIA DE LA NACION ORGANISMO 801 INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 4° — Regístrese, Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

2 (DOS)A
5 (CINCO)B
7 (SIETE)C
10 (DIEZ)D
6 (SEIS)E
5 (CINCO)F

e. 20/05/2013 N° 35966/13 v. 20/05/2013