Decreto S 523/1983
Bs. As., 2/3/1983
VISTO la necesidad de constituir para el ejercicio 1983 las plantas de personal temporario del Ministerio de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que la naturaleza de los organismos cuyos cargos temporarios se
aprueban así como el carácter de sus funciones, relacionados con la
defensa y seguridad de la Nación, aconsejan la incorporación a esos
organismos de personal transitorio o contratado, como complementario de
sus plantas permanentes.
Que para dar cumplimiento a acuerdos y programas de cooperación
internacional de investigación en la Antártida resulta necesario
autorizar a la Dirección Nacional del Antártico a contratar personal
científico extranjero.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Rectifícase el
decreto N° 2250 del 23 de marzo de 1973, por el que se aprobó la
estructura orgánico-funcional de la Dirección Nacional del Antártico, e
incorpóranse a la misma las dotaciones de personal contratado que se
determinan en el anexo I que forma parte integrante del presente
decreto.
Art. 2° — Los contratos de
servicios personales, a celebrarse en virtud de lo dispuesto en el
artículo 1° se formalizarán de conformidad con el modelo de contrato
que obra como anexo I a) del presente.
Art. 3° — La retribución será
percibida por el personal contratado a partir del momento en que cruce
el paralelo 56° S y hasta el último día en que permanezca al sur de
dicho paralelo.
Art. 4° — El personal
contratado designado en funciones de apoyo a la campaña antártica y el
que deba someterse a un período de adiestramiento antes de la partida,
percibirá mientras dure tal situación y hasta tanto cruce el paralelo
56° S hasta el 40% de la retribución máxima establecida pudiendo
anticiparse al personal destacado para la campaña de invierno, el
importe correspondiente a la diferencia entre esta asignación y la
retribución establecida en el artículo anterior, hasta un máximo de un
mes antes de la partida, para atender los gastos personales que demande
la comisión.
Art. 5° — La retribución,
excluye toda otra asignación por viáticos, suplementos, bonificaciones,
horas extras o cualquier otra remuneración similar.
Art. 6° — Autorízase a la
Dirección Nacional del Antártico a contratar para tareas de
investigación en la Antártida, a personal extranjero de reconocida
capacidad científico-técnica invitado
por la misma a tal efecto. Estos contratos serán celebrados con
afectación a los cargos establecidos en la planta de personal
temporario que se aprueba, no pudiendo exceder el número de los mismos
el 5% dentro del total autorizado.
Art. 7° — Rectifícase el
decreto N° 2685, del 27 de octubre de 1976, por el que se aprobó la
estructura orgánico-funcional del Registro Nacional de Armas, e
incorpóranse a la misma las dotaciones del personal transitorio para el
año 1983, de conformidad con el anexo II que forma parte integrante del
presente decreto.
Art. 8° — La planta que se
aprueba por el artículo anterior mantendrá su vigencia hasta su
incorporación como planta permanente a la estructura orgánico-funcional
del Registro Nacional de Armas.
Art. 9° — Rectifícase el
decreto “S” N° 1248, del 28 de octubre de 1974, por el que se aprobó la
estructura orgánico-funcional de la Escuela de Defensa Nacional, e
incorpórase al mismo la planta de personal contratado para el ejercicio
1983, que como anexo III forma parte integrante del presente decreto.
Art. 10. — Los contratos de
servicios personales a celebrarse en virtud de lo dispuesto en el
artículo 9° se formalizarán conforme con el modelo de contrato que obra
como anexo III a) del presente.
Art. 11. — El costo que demande
la aplicación de lo dispuesto por el presente decreto será atendido con
los créditos específicos que se le asignen para el ejercicio 1983 en
los correspondientes programas.
Art. 12. — Comuníquese y archívese. — BIGNONE.
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NOTA: Los Anexos que integran este Decreto se publican en la edición
web del BORA —www. boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).