Decreto S 3259/1983

Bs. As., 7/12/1983

VISTO, lo dispuesto por la Ley N° 19.983, y

CONSIDERANDO:

Que por Acta Convenio suscripta el 30 de diciembre de 1981, entre la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y la Casa Militar, por una parte y el Comando de Ingenieros del Comando en Jefe del Ejército, por la otra se encomendó al aludido Comando la realización de los trabajos correspondientes a la obra “Segunda Etapa de la Remodelación de la Dirección General del Registro Automático de Datos”, organismo éste dependiente de la Subsecretaría de la Función Pública de la Presidencia de la Nación.

Que el Comando de Ingenieros del Comando en Jefe del Ejército se presenta solicitando el pago de mayores costos, invocando la cláusula séptima del Acta-Convenio suscripta el día 30 de diciembre de mil novecientos ochenta y uno.

Que a los efectos de dar una solución equitativa al problema planteado y finiquitar las obras, se ha arribado a un acuerdo entre las partes, por las que se abonarán, por el rubro indicado, al Comando de Ingenieros citado, la suma de PESOS ARGENTINOS SEISCIENTOS SESENTA MIL ($a 660.000.-).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Reconócese, en concepto de mayores costos, al Comando de Ingenieros del Comando en Jefe del Ejército la suma de PESOS ARGENTINOS SEICIENTOS SESENTA MIL ($a 660.000.-), correspondientes a la Obra “SEGUNDA ETAPA DE LA REMODELACION DE LA DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO AUTOMATICO DE DATOS”, organismo dependiente de la Subsecretaría de la Función Pública de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 2° — La Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, procederá a la transferencia de los fondos conforme las disposiciones reglamentarias vigentes y ajustes presupuestarios correspondientes.

Art. 3° — Comuníquese y archívese. — BIGNONE.