Decreto S 3259/1983
Bs. As., 7/12/1983
VISTO, lo dispuesto por la Ley N° 19.983, y
CONSIDERANDO:
Que por Acta Convenio suscripta el 30 de diciembre de 1981, entre la
Secretaría General de la Presidencia de la Nación y la Casa Militar,
por una parte y el Comando de Ingenieros del Comando en Jefe del
Ejército, por la otra se encomendó al aludido Comando la realización de
los trabajos correspondientes a la obra “Segunda Etapa de la
Remodelación de la Dirección General del Registro Automático de Datos”,
organismo éste dependiente de la Subsecretaría de la Función Pública de
la Presidencia de la Nación.
Que el Comando de Ingenieros del Comando en Jefe del Ejército se
presenta solicitando el pago de mayores costos, invocando la cláusula
séptima del Acta-Convenio suscripta el día 30 de diciembre de mil
novecientos ochenta y uno.
Que a los efectos de dar una solución equitativa al problema planteado
y finiquitar las obras, se ha arribado a un acuerdo entre las partes,
por las que se abonarán, por el rubro indicado, al Comando de
Ingenieros citado, la suma de PESOS ARGENTINOS SEISCIENTOS SESENTA MIL
($a 660.000.-).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Reconócese, en
concepto de mayores costos, al Comando de Ingenieros del Comando en
Jefe del Ejército la suma de PESOS ARGENTINOS SEICIENTOS SESENTA MIL
($a 660.000.-), correspondientes a la Obra “SEGUNDA ETAPA DE LA
REMODELACION DE LA DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO AUTOMATICO DE DATOS”,
organismo dependiente de la Subsecretaría de la Función Pública de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 2° — La Dirección General
de Administración de la Secretaría General de la Presidencia de la
Nación, procederá a la transferencia de los fondos conforme las
disposiciones reglamentarias vigentes y ajustes presupuestarios
correspondientes.
Art. 3° — Comuníquese y archívese. — BIGNONE.