DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 1451/1989

Bs. As., 13/12/1989

VISTO lo informado por los ESTADOS MAYORES GENERALES del EJERCITO, de la ARMADA y de la FUERZA AEREA, lo asesorado por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo determinado en el Artículo 22 de la Ley Nº 17.531 de Servicio Militar, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dispone anualmente la convocatoria y el número de conscriptos que se pondrá a disposición de las distintas Fuerzas Armadas.

Que es necesario fijar las fechas y los efectivos de los ciudadanos a incorporar de la clase 1971 y otras que deban ser incorporadas con la misma, a las Fuerzas Armadas.

Que en la cantidad de Conscriptos a incorporar está previsto la reducción que se va a producir como consecuencia del segundo Reconocimiento Médico, prescripto en el Artículo 34 de la mencionada Ley.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para el dictado del presente acto, conforme con lo establecido en el Artículo 86 incisos 15 y 17 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Fíjanse las siguientes fechas de incorporación y cantidad de efectivos de la clase 1971 y otras que deban ser incorporadas con la misma, para las Fuerzas Armadas, de acuerdo al siguiente detalle:

- ARMADA: los días 6 de febrero, 4 de abril, 29 de mayo, 6 de agosto y 3 de octubre de 1990, la cantidad de hasta OCHO MIL OCHOCIENTOS (8.800) Conscriptos.

- FUERZA AEREA: a partir de la primera quincena del mes de enero de 1990, la cantidad de CINCO MIL (5.000) Conscriptos.

Art. 2° — Comuníquese y archívese. — MENEM.