DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 1451/1989
Bs. As., 13/12/1989
VISTO lo informado por los ESTADOS MAYORES GENERALES del EJERCITO, de
la ARMADA y de la FUERZA AEREA, lo asesorado por el ESTADO MAYOR
CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor Ministro de
Defensa y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo determinado en el Artículo 22 de la Ley Nº 17.531 de
Servicio Militar, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dispone anualmente la
convocatoria y el número de conscriptos que se pondrá a disposición de
las distintas Fuerzas Armadas.
Que es necesario fijar las fechas y los efectivos de los ciudadanos a
incorporar de la clase 1971 y otras que deban ser incorporadas con la
misma, a las Fuerzas Armadas.
Que en la cantidad de Conscriptos a incorporar está previsto la
reducción que se va a producir como consecuencia del segundo
Reconocimiento Médico, prescripto en el Artículo 34 de la mencionada
Ley.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para el dictado del
presente acto, conforme con lo establecido en el Artículo 86 incisos 15
y 17 de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Fíjanse las
siguientes fechas de incorporación y cantidad de efectivos de la clase
1971 y otras que deban ser incorporadas con la misma, para las Fuerzas
Armadas, de acuerdo al siguiente detalle:
- ARMADA: los días 6 de febrero, 4 de abril, 29 de mayo, 6 de agosto y
3 de octubre de 1990, la cantidad de hasta OCHO MIL OCHOCIENTOS (8.800)
Conscriptos.
- FUERZA AEREA: a partir de la primera quincena del mes de enero de 1990, la cantidad de CINCO MIL (5.000) Conscriptos.
Art. 2° — Comuníquese y archívese. — MENEM.