DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 726/1990
Bs. As., 18/4/1990
VISTO lo propuesto por el Ministerio de Educación y Justicia, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario arbitrar medios que permitan aliviar la situación
salarial del Personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL en actividad.
Que el mecanismo idóneo para lograr tal objetivo, es otorgar un
anticipo a descontar de los haberes a liquidar en el mes de abril de
1990.
Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le compete.
Que la medida encuadra en las facultades otorgadas al PODER EJECUTIVO
NACIONAL por el artículo 86, inciso 1°) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dispónese para el
Personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL en actividad, el pago de un
anticipo a descontar de los haberes a liquidar en el mes de abril de
1990, según el detalle que figura en planilla anexa al presente
artículo.
Art. 2° — El anticipo otorgado
en el presente Decreto no será objeto de los aportes y contribuciones
previstos por las leyes previsionales y asistenciales.
Art. 3° — El pago del anticipo a que se refiere el presente Decreto se efectuará en fecha que no exceda el día 20 de abril de 1990.
Art. 4° — LA COMISION TECNICA
ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO, será el organismo de
interpretación con facultades para aclarar las normas del presente
Decreto, en los temas específicos sobre los que le acuerda competencia
la Ley Nº 18.753.
Art. 5° — Los gastos emergentes
de la aplicación de las disposiciones del presente Decreto, serán
imputados a los créditos asignados a las partidas específicas del
PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL vigentes, según
corresponda.
Art. 6° — Regístrese y archívese. — MENEM.
Planilla anexa al artículo 1°.-
PERSONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL
INSPECTOR GENERAL
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918.000
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PREFECTO
|
869.000
|
SUBPREFECTO
|
820.000
|
ALCAIDE MAYOR
|
651.000
|
ALCAIDE
|
544.000
|
SUBALCAIDE
|
444.000
|
ADJUTOR PRINCIPAL
|
346.000
|
ADJUTOR
|
290.000
|
SUBADJUTOR
|
227.000
|
AYUDANTE MAYOR
|
554.000
|
AYUDANTE PRINCIPAL
|
466.000
|
AYUDANTE DE PRIMERA
|
405.000
|
AYUDANTE DE SEGUNDA
|
204.000
|
AYUDANTE DE TERCERA
|
173.000
|
AYUDANTE DE CUARTA
|
143.000
|
AYUDANTE DE QUINTA
|
125.000
|
SUBAYUDANTE
|
116.000
|
CADETE III AÑO
|
116.000
|
CADETE II AÑO
|
109.000
|
CADETE I AÑO
|
109.000
|