INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 1377/2013

Bs. As., 15/5/2013

VISTO la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº 1225/10, la Resolución Nº 1330/12/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que el objeto de la Ley Nº 26.522, sancionada y promulgada el 10 de octubre del año 2009, es la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que el artículo 97 inciso a) del Decreto Nº 1225/10 establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES deberá destinar un porcentaje no inferior al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de los fondos asignados por la Ley Nº 26.522, a los fines de la promoción de la producción de contenidos para televisión y también créditos para su producción y/o subsidios, debiendo dictar a esos efectos las resoluciones correspondientes.

Que en virtud del dictado del Decreto Nº 1225/10, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES se encuentra facultado para otorgar subsidios y créditos a los fines de la promoción de la producción de contenidos para televisión.

Que dentro de los objetivos del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) y específicamente del área de Fomento a la Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Videojuegos, se encuentran las de desarrollar las capacidades profesionales de nuestra industria audiovisual, incentivar la producción para TV y fomentar la producción nacional de series de animación, a fin de elevar su calidad y competitividad en el exterior.

Que Argentina, por gestiones del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales ante la Reed Midem será el “país invitado de Honor” en MIPCOM 2013, el mayor mercado mundial de contenidos para Televisión, en donde se genera una oportunidad única para ofrecer contenidos animados.

Que el presente concurso tiene como objetivo desarrollar las capacidades profesionales del sector de animación de nuestra industria audiovisual y fomentar la producción nacional, a fin de elevar su calidad y competitividad en el mercado internacional.

Que por lo expuesto el INCAA llama al PRIMER CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTERNACIONAL DE SERIES DE ANIMACION, a productoras con antecedentes a presentar Proyectos para Series de Animación para Televisión, de acuerdo con las exigencias de calidad y formato del mercado internacional.

Que es necesario establecer los requisitos y el procedimiento correspondiente a fin de hacer efectivo el fomento aludido precedentemente.

Que la participación en el presente concurso, implica la aceptación de las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad así como el conocimiento de toda la normativa vigente al respecto.

Que se establece como obligación de los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso la de suscribir un contrato con el INCAA, obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en la presente Resolución.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, la Gerencia de Acción Federal, la Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para Televisión, Internet, y Videojuegos, y la Gerencia de Administración han tomado intervención al respecto.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, de la Resolución 1330/12/INCAA, de la Ley Nº 26.522, del artículo 97 inciso a) del Decreto Nº 1225/10.

Que corresponde dictar Resolución al respecto.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Llámese al PRIMER CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTERNACIONAL DE SERIES DE ANIMACION, para productoras con antecedentes, a presentar PROYECTOS para el Desarrollo de SERIES DE ANIMACION para Televisión, de acuerdo a las exigencias de calidad y formato del mercado internacional.

ARTICULO 2° — Apruébense las BASES DEL PRIMER CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTERNACIONAL DE SERIES DE ANIMACION que obra como Anexo I y los Anexos, II, III, IV, V , VI y VII, todos parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 4° — Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

BASES Y CONDICIONES PARA EL PRIMER CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE SERIES DE ANIMACION

CAPITULO 01. DEL OBJETO

Artículo 1°. EL INCAA, a través de la Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Videojuegos, convoca a realizadores y productoras de animación con antecedentes al PRIMER CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE SERIES DE ANIMACION para Televisión, a presentar PROYECTOS de SERIES DE ANIMACION, de acuerdo a las exigencias de calidad y formato del mercado internacional.

CAPITULO 02. DE LA CONVOCATORIA

Artículo 2°. Fíjese un período para la presentación de los proyectos, desde el 17 DE MAYO hasta el 21 DE JUNIO DE 2013, como fechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1654/2013 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 25/6/2013 se prorroga hasta las 17:00 hs. del 1 de julio de 2013 inclusive, la fecha de cierre para la convocatoria del “PRIMER CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTERNACIONAL DE SERIES DE ANIMACION” en el marco del Plan de Fomento a la Producción de Contenidos para Televisión del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES)

Artículo 3°. Los proyectos deberán presentarse en la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG. En los casos de remisiones por vía postal, se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate. No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo, fuera del plazo establecido.

Artículo 4°. Los proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en las presentes Bases, en sus ANEXOS I, II, III, IV, V, VI y VII.

Artículo 5°. No podrán intervenir en el presente Concurso proyectos que hayan resultado seleccionados para su realización en cualquier otro Concurso Nacional o Internacional organizado por el INCAA.

Artículo 6°. Los interesados podrán presentar hasta DOS (2) proyectos. Los proyectos presentados en este concurso no podrán participar en ningún otro llamado que convoque el INCAA hasta que no se encuentre publicada en el Boletín Oficial la nómina de ganadores, siempre y cuando no haya resultado ganador del presente concurso.

Artículo 7°. En caso de incumplimiento de lo mencionado en los artículos 5° y 6°, el proyecto se tendrá por no presentado en ninguno de los concursos y si hubiese sido seleccionado como ganador se tendrá por decaído el premio, debiendo el presentante restituir toda suma que hubiese percibido.

CAPITULO 03. DE LAS CATEGORIAS

Artículo 8°. El presente concurso tendrá DOS (2) CATEGORIAS:

a. A) “PILOTO DE SERIE INEDITA” y

b. B) “BIBLIA DE SERIE ANIMADA”.

Ambas deben contemplar la creación de un PROYECTO de SERIE DE ANIMACION para Televisión, de estándares aptos para el mercado internacional en condiciones de ser ofertado a un Coproductor Internacional para su Desarrollo Integral. Deberán abordar temáticas universales y contemplar las reglas técnicas que éste demanda.

Artículo 9°. Los FORMATOS de los PROYECTOS de series a presentar en ambas categorías, podrán ser:

a. Ambas categorías deberán presentar una serie compuesta por 13 EPISODIOS como mínimo, pudiendo presentar más episodios modulados de 13 en 13 (ej: 13, 26, 52, etc.).

b. La duración de cada EPISODIO en ambas categorías no podrá ser menor a 5 minutos (como referencia los estándares más utilizados son: 5, 7, 11, 15, 22, 24 minutos).

Artículo 10°. En la categoría “PILOTO DE SERIE INEDITA” el Material a producir y a entregar deberá ser como mínimo de:

a. 5 minutos para técnicas 3D.

b. 7 minutos para técnicas 2D DIGITAL

c. 11 minutos para técnicas CUT OUT y/o MOTION GRAPHICS

d. Pudiendo presentar proyectos con episodios de más duración y completando los requisitos de los ANEXOS.

Artículo 11°. Ambas categorías deberán cumplimentar lo solicitado en los ANEXOS.

Artículo 12°. No se podrán presentar 2 proyectos para la categoría “BIBLIA DE SERIE ANIMADA”. En caso de presentar dos proyectos para la categoría “PILOTO DE SERIE INEDITA” ambos deberán tener un antagonismo en relación al guión y a su propuesta estética.

CAPITULO 04. DEL PREMIO

Artículo 13°. Serán VEINTE (20) los proyectos ganadores del concurso, a razón de DIEZ (10) por cada categoría.

Artículo 14°. En el caso de la CATEGORIA “PILOTO DE SERIE INEDITA”, el citado CONTRATO implica la realización integral y entrega de un PROYECTO DE SERIE DE ANIMACION acompañada por un TRAILER y BIBLIA DE SERIE INEDITA, que deberá ser cumplimentado en un plazo máximo de SETENTA Y CINCO (75) días corridos desde la firma del contrato Y UN PILOTO DE SERIE INEDITA que deberá ser cumplimentado en un plazo de 135 días corridos desde la firma del contrato y con un presupuesto total de PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($ 180.000).

Artículo 15°. En el caso de la CATEGORIA “BIBLIA DE SERIE ANIMADA”, el citado CONTRATO implica la realización integral y entrega de LA BIBLIA DE UN PROYECTO DE SERIE DE ANIMACION, que deberá ser realizado en un plazo máximo de SETENTA Y CINCO (75) días corridos y con un presupuesto total de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).

Artículo 16°. El premio será abonado en 2 cuotas: 75% al momento de la suscripción del convenio y 25% con la entrega final, todo luego de que el tutor (ver Capítulo 09) haya presentado el informe sobre los avances del proyecto, se haya dado normal cumplimiento de las etapas previstas y el PRESENTANTE haya realizado la rendición total de la primera cuota, de acuerdo a las normas vigentes del organismo.

Artículo 17°. La rendición del mismo se hará de acuerdo a la resolución 508/2013/INCAA.

Artículo 18°. La entrega final deberá ser presentada de conformidad con las especificaciones técnicas detalladas en el ANEXO VI.

CAPITULO 05. DE LOS PRESENTANTES

Artículo 19°. Los presentantes podrán ser personas Físicas o personas Jurídicas. Los presentantes de los proyectos, a los fines administrativos y legales, serán considerados los Productores Responsables de los mismos, independientemente de si desempeñan otro rol en el proyecto y se los denominará directamente PRESENTANTES y serán, quienes suscriban los instrumentos respectivos en caso de resultar ganadores.

Artículo 20°. Los proyectos que se presenten deberán contar en todos los casos con un PRODUCTOR DE ANIMACION con experiencia, cuya trayectoria asegure una correcta organización de la producción.

Artículo 21°. Cada proyecto deberá incluir también personal calificado en los roles de DIRECTOR DE ANIMACION Y GUIONISTA DE ANIMACION y presentar la información curricular de cada uno de ellos.

Artículo 22°. Por lo menos las tres cabezas de equipo de cada proyecto (Productor, Director y Guionista) deberán demostrar residencia fehaciente en el país no menor a 4 años, no siendo suficiente el domicilio que figure en el DNI o pasaporte ni certificados de domicilio extendidos por autoridad de aplicación. Dicha acreditación puede realizarse mediante facturas de servicios a nombre de los participantes (una correspondiente al último mes y otra de 36 meses de antigüedad), contrato de alquiler y/o certificado de domicilio emitido por la policía correspondiente de donde surja la residencia por el período requerido.

Artículo 23°. Cuando se trate de personas jurídicas deberán acreditar también una composición de capital nacional mínimo del 75%.

Artículo 24°. No se admitirán inscripciones de PARTICIPANTES directamente vinculados a miembros del Jurado y del INCAA, pudiendo impugnarse la inscripción en caso que esta situación se presente en cualquier fase del concurso. Se entiende como directamente vinculadas a todas las personas que mantengan una relación laboral con el Instituto, así como familiares y consanguíneos hasta segundo grado de afinidad.

Artículo 25°. El antecedente que se exige es haber producido y exhibido en Televisión o Cine un material audiovisual animado de más de once (11) minutos de duración, que debe presentarse como antecedente para participar del presente Concurso, o materiales audiovisuales animados de duración igual o superior no exhibidos comercialmente pero que hayan obtenido premios internacionales, o productores que tengan experiencia en PRIME TIME para televisión.

Artículo 26°. Los PRESENTANTES deberán cumplimentar los ANEXOS.

CAPITULO 06. DEL JURADO

Artículo 27°. La presidenta del INCAA designará un Jurado que estará conformado por CINCO (5) miembros, quienes deberán ser personalidades destacadas en algunas de las especialidades de la producción audiovisual de animación o del mundo de la cultura.

Artículo 28°. Vencido el plazo de presentación de proyectos, los Jurados tendrán un plazo de VEINTICINCO (25) días para la selección de los proyectos ganadores. Las decisiones se tomarán por simple mayoría de votos. La decisión del Jurado será irrecurrible.

CAPITULO 07. DE LA SELECCION

Artículo 29°. DIEZ (10) serán los ganadores, en la CATEGORIA “PILOTO DE SERIE INEDITA” del PRIMER CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE SERIE DE ANIMACION para Televisión, para Productoras con Antecedentes.

Artículo 30°. DIEZ (10) serán los ganadores, en la CATEGORIA “BIBLIA DE SERIE ANIMADA” del Concurso Nacional para la realización de Proyectos de Series de Animación para Televisión, para Productoras con Antecedentes.

Artículo 31°. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos anteriores, de considerarlo necesario, el jurado declarará desierto en forma total o parcial el concurso.

CAPITULO 08. DE LOS GANADORES Y EL CONTRATO

Artículo 32°. Los PRESENTANTES de los proyectos que resulten ganadores firmarán un instrumento con el INCAA en carácter de “INSTRUMENTACION DE PREMIO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE SERIES DE ANIMACION”, según su categoría.

Artículo 33°. El citado CONTRATO implica la realización integral y entrega final de los PROYECTOS DE SERIES DE ANIMACION en los términos y plazos establecidos en estas Bases y Condiciones.

Artículo 34°. Aquellos que resulten seleccionados como ganadores deberán inscribirse en el Registro de Productores de Televisión del INCAA.

Artículo 35°. El incumplimiento del CONTRATO a firmarse con los PRESENTANTES ganadores del presente CONCURSO dará derecho al INCAA a declarar la caducidad del proyecto y reclamar la devolución de las sumas que se hubieran entregado más los intereses correspondientes, previa intimación por 10 días corridos.

Artículo 36°. Se deja constancia que quien resulte ganador deberá poseer todos los derechos o encontrarse facultado para poder ceder los mismos.

CAPITULO 09. DEL SEGUIMIENTO

Artículo 37°. La Presidenta del INCAA designará un TUTOR para los proyectos que resulten ganadores, que tendrá intervención en carácter de asesor técnico y artístico, certificando mediante informes escritos las diferentes etapas de producción de la SERIE DE ANIMACION según su categoría.

Artículo 38°. Los ganadores considerarán de buena fe los aportes efectuados por el TUTOR designado y acogerán sus sugerencias con respecto al contenido de la obra y su realización.

CAPITULO 10. DE LOS DERECHOS

Artículo 39°. La propiedad intelectual de los proyectos presentados pertenecerá siempre a sus autores, de conformidad con la normativa vigente en la República Argentina. Los derechos patrimoniales serán de exclusiva tenencia del productor y/o coproductores y de aquellos que detenten algún derecho sobre LA SERIE.

Artículo 40°. El INCAA se reserva el derecho de utilizar de forma parcial o total el material entregado en cada categoría del concurso, pudiendo utilizarlo con fines promocionales.

CAPITULO 11. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 41°. Queda a Cargo del PRESENTANTE el registro de la propiedad intelectual de la obra audiovisual, así como la contratación de los artistas, intérpretes o ejecutantes y productores de fonogramas. También el pago de los derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto del presente concurso. En consecuencia; quien figure como PRESENTANTE será el único responsable de los efectos resultantes de la planificación, ejecución y puesta en marcha de la obra audiovisual. El PRESENTANTE se compromete a mantener indemne al ESTADO NACIONAL, con relación a cualquier reclamo o acción de terceros hacia su parte o contraparte, cualquiera sea su naturaleza, hasta la finalización del presente, debiendo hacerse cargo en forma exclusiva y excluyente de la posible indemnización, daños, costos, costas y honorarios.

Artículo 42°. Los proyectos que no resulten premiados no generarán ningún compromiso con el INCAA y sus autores podrán disponer de ellos para presentar en otros concursos o proyectos personales apenas haya finalizado el plazo del Concurso. Dentro de los TREINTA (30) días corridos, a contar desde la publicación de la Resolución que aprueba la declaración de los ganadores, deberán retirarse los proyectos que no hubieren sido seleccionados. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de los mismos.

ARTICULO 43°. Para todos los efectos de la Resolución que aprueba las presentes Bases y Condiciones, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados Nacionales del Fuero Contencioso Administrativo Federal.

ANEXO II

GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION, INTERNET Y VIDEOJUEGOS

PRESENTACION DE LOS PROYECTOS

Los Proyectos deberán presentarse en sobre o caja cerrada, en forma personal de 10 a 17 hs. ante la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales - INCAA, o enviarse por correo postal a Lima 319, Piso 1°, Código Postal C1073AAG, desde el 17 de mayo hasta el 21 de junio de 2013 inclusive, tomándose para este último caso la fecha de imposición de la oficina de correos respectiva.

El incumplimiento de alguno de los requisitos o formas de presentación dispuestos en este Anexo producirá la automática eliminación de la participación en el Concurso.

El sobre o caja deberá estar dirigido a:

CONCURSO PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTERNACIONAL DE PROYECTOS DE SERIES DE ANIMACION

Deberá consignarse en su exterior:

1 - Título del Proyecto.

2 - Categoría a la que corresponde (PILOTO DE SERIE INEDITA ó BIBLIA DE SERIE ANIMADA).

3 - Nombre del presentante, número de documento, teléfonos, domicilio, dirección de correo electrónico del mismo.

En las DOS (2) CATEGORIAS, en su interior el sobre o caja deberá contener UNA (1) carpeta impresa y anillada, que incluya TRES (3) partes bien diferenciadas:

A - DOCUMENTACION

B - PROYECTO

C - COPIA DIGITAL DE LA CARPETA IMPRESA

A. DOCUMENTACION PARA AMBAS CATEGORIAS:

A.1. Copia autenticada de la inscripción de la obra en la Dirección Nacional de Derecho de Autor o Declaración Jurada firmada ante Escribano Público o certificada ante Entidad Bancaria o Juez que acredite la autoría de la obra para aquellas provincias donde no exista sucursal o filial de la DNDA. En este último caso la misma funcionará en carácter de provisoria y deberá ser reemplazada por la inscripción correspondiente en caso de que el Proyecto resulte ganador.

A.2. La Cesión de derechos por parte de quien o quienes lo detenten debe extenderse claramente a los PRESENTANTES.

A.3. Autorización y cesión de los derechos de uso de la obra cuando el autor no sea ninguno de los participantes. La autorización deberá realizarse exclusivamente del autor de la obra al PRESENTANTE, mediante nota debidamente certificada y en la que deberá coincidir el título de la obra con el registrado en el sobre del proyecto, La certificación deberá realizarse ante Escribano Público, Juez o mediante certificación de firma bancaria.

A.4. Anexo IV, si es persona física o Anexo V, si es persona jurídica (los que se adjuntan a la presente y también se podrán descargar de www.incaa.gov.ar). Estos Anexos sólo deben ser completados por el PRESENTANTE del Proyecto.

A.5. Declaración Jurada del Anexo III (que se adjunta a la presente y también se podrá descargar de www.incaa.gov.ar), completada por el PRESENTANTE del Proyecto.

A.6. Carta del PRESENTANTE que tendrá carácter de Declaración Jurada manifestando no encontrarse ni concursado ni en quiebra.

A.7. Fotocopia autenticada del Documento Nacional de Identidad (primera, segunda hoja y cambio de domicilio) del PRESENTANTE.

A.8. Constancia de inscripción ante la AFIP.

A.9. En caso de corresponder la presentación del Estatuto Social de donde surja la distribución de cargos para el caso de personas jurídicas, fotocopia del mismo con certificación de escribano público. Para este último caso deberá presentarse el último balance registrado ante el órgano de control respectivo. En caso de firmar un apoderado, el mismo deberá presentar poder suficiente de donde surja claramente la capacidad de disponer sumas de dinero en nombre de la sociedad representada.

A.10. Datos bancarios del PRESENTANTE: entidad bancaria, sucursal, tipo y número de cuenta y CBU (Clave Bancaria Unificada) expedido por autoridad bancaria.

A.11. En caso de que el PRESENTANTE, lo haga asociado a una productora, deberá acompañarse el contrato de coproducción correspondiente con las firmas de las partes autenticadas por escribano público.

A.12. Documentación de residencia: por lo menos 2 participantes de cada proyecto, deberán demostrar residencia fehaciente en el país no menor a 4 años, no siendo suficiente el domicilio que figure en el DNI o pasaporte ni certificados de domicilio extendidos por autoridad de aplicación. Dicha acreditación puede realizarse mediante facturas de servicios a nombre de los participantes (una correspondiente al último mes y otra de 36 meses de antigüedad), contrato de alquiler y/o certificado de domicilio emitido por la policía correspondiente de donde surja la residencia por el período requerido.

A.13. Antecedentes del PRODUCTOR DE ANIMACION, DIRECTOR Y GUIONISTA DE ANIMACION.

A.14. Antecedentes y carta intención del Productor General, exigido por la presente Resolución.

A.15. Nómina de cabezas de rama del Equipo Técnico.

B. REQUISITOS PARA LA CATEGORIA “PILOTO DE SERIE INEDITA”:

B.1. La categoría PILOTO DE SERIE INEDITA contempla la creación de un PROYECTO DE SERIE DE ANIMACION de no menos de 13 episodios y una duración mínima por episodio según la técnica de animación y lo establecido en el Artículo 9 a). La máxima es libre, aunque los estándares más utilizados son los citados en el Artículo 9 b) de las Bases del presente Concurso.

B.2. Carta del PRESENTANTE que tendrá carácter de Declaración manifestando que el proyecto inscripto al presente concurso es INEDITO y que no se ha dado INICIO de la PRODUCCION del mismo.

B.3. Sinopsis de la serie (máximo 700 palabras)

B.4. Sinopsis del PILOTO DE SERIE INEDITA (máximo 300 palabras)

B.5. Propuesta estética y narrativa

B.6. Tratamiento de la serie indicando claramente el planteamiento de objetivos y su motivación.

B.7. Ficha técnica indicando formato y género, con detalle del soporte y la técnica a utilizar, el público al que está dirigido y una descripción del estilo de la narrativa y los componentes de la serie, fundamentando su calidad.

B.8. Guión literario del PILOTO DE SERIE INEDITA

B.9. Diseño de por lo menos 2 personajes principales

B.10. Diseño de por lo menos 2 fondos

B.11. Storyboard del PILOTO DE SERIE INEDITA

B.12. Diseño y Plan de producción (diagrama de tiempos de preproducción, producción y posproducción)

B.13. Presupuesto de la serie según ANEXO VII.

C. REQUISITOS PARA LA CATEGORIA “BIBLIA DE SERIE ANIMADA”:

C.1. La categoría BIBLIA DE SERIE ANIMADA contempla la creación de una biblia sobre un PROYECTO DE SERIE DE ANIMACION, de no menos de 13 episodios y una duración mínima por episodio de 7 minutos. La máxima es libre, aunque los estándares más utilizados son los citados en el Artículo 9 de las bases del presente concurso.

C.2. Sinopsis de la serie (máximo 700 palabras)

C.3. Sinopsis de un Capitulo de la serie (máximo 300 palabras)

C.4. Propuesta estética y narrativa

C.5. Tratamiento de la serie indicando claramente el planteamiento de objetivos, y su motivación.

C.6. Ficha técnica indicando formato y género, con detalle del soporte y la técnica a utilizar, el público al que está dirigido y una descripción del estilo de la narrativa y los componentes de la serie, fundamentando su calidad.

C.7. Diseño de personajes principales: mínimo una ilustración color y un turnaround (360°) línea pura de por lo menos DOS (2) de los personajes principales.*

C.8. Diseño de arte/escenarios: mínimo TRES (3) ilustraciones color de ambientes diferentes y TRES (3) bocetos a elección de otros de la serie.*

C.9. Notas aclaratorias: Las imágenes color solicitadas son ILUSTRACIONES, que deben representar lo más fielmente posible el aspecto final que tendrán los personajes y ambientes. Si se proyecta utilizar una técnica de animación 2D tradicional o digital, las ilustraciones deberán realizarse en base a la misma, pero no es necesario modelarlos y presentar un render si la técnica elegida será 3D, ni construirlos y fotografiarlos si será stop-motion.

C.10. Plan y diseño estimativo de Producción de la Serie propuesta. Cronograma de preproducción, producción y postproducción de la serie en general y desglosado por capítulos.

C.11. Presupuesto de la serie según ANEXO VII.

D. COPIA DIGITAL DE LA CARPETA PARA AMBAS CATEGORIAS:

Esta Copia digital será idéntica a las Carpetas Impresas, grabada en soporte DVD-ROM y siguiendo las siguientes especificaciones:

D.1.1. Un DVD-ROM que deberá contener UNA (1) Carpeta identificada con el nombre del Proyecto, la que contendrá TRES (3) Sub-carpetas con los siguientes títulos: DOCUMENTACION, PROYECTO Y MATERIAL ADICIONAL (esta última es optativa).

D.1.2. Las Sub-carpetas DOCUMENTACION Y PROYECTO deberán contener, cada una, un solo archivo en formato PDF. Dichos Archivos deberán ser una copia digital exacta (siguiendo el mismo orden) de los apartados DOCUMENTACION Y REQUISITOS PARA LA CATEGORIA “BIBLIA DE SERIE ANIMADA” Y “PILOTO DE SERIE INEDITA”, según corresponda, de la Carpeta impresa.

D.1.3. MATERIAL ADICIONAL. Es optativa y podrán incluir, si los PRESENTANTES así lo desean, fotografías, videos, tipografías, audio, un demo reel, referencias externas, cartas de apoyo y cualquier otro material adicional que consideren de utilidad como complementario del proyecto.

D.1.4. La carpeta denominada MATERIAL ADICIONAL, es optativa y podrá constar de hasta DOS (2) Sub-carpetas según el siguiente detalle:

D.1.4.a. A la primera Sub-carpeta deberá denominársela IMAGENES, ésta podrá contener:

1. Hasta DIEZ (10) archivos en formato JPEG como máximo, diferentes a los presentados en las otras carpetas.

2. Se pueden anexar REFERENCIAS EXTERNAS, como complemento al diseño de personajes o la animación, pero de ninguna manera sustituyen al material original solicitado.

D.1.4.b. La SEGUNDA Sub-carpeta deberá denominársela DOCUMENTOS, y podrá contener: cartas de apoyo, recomendaciones, declaraciones de interés, cartas de intención, referencias de la productora, etc. Estas deberán adjuntarse en Formato PDF o JPEG.

Cualquier material que no cumpla con los presentes requisitos no será entregado al Jurado para su evaluación. No se tendrá en cuenta cualquier otro material remitido que no se encuadre en lo aquí especificado.

ANEXO III

GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION, INTERNET Y VIDEOJUEGOS

DECLARACION JURADA

AL Ing. Germán CALVI - Gerente

Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Videojuegos

Yo,…………………………………………………………………………………….

PRESENTANTE del Proyecto,……………………………………………………..

DNI N°…………………………………….

Con domicilio en…………………………………………………………………….

Declaro bajo juramento conocer y aceptar las bases del Concurso Nacional de Proyectos de Series de Animación para TV.

Que entiendo y acepto los Artículos del llamado a Concurso referidos a la prohibición de participar en otro Concurso Nacional o Internacional hasta la publicación en el Boletín Oficial de la lista de ganadores.

Entiendo, a su vez, que de haber resultado ganador de algún Concurso del INCAA ó del Plan Operativo de Promoción y Fomento de Contenidos Audiovisuales Digitales, no podré acceder a ningún beneficio de la presente convocatoria hasta tanto no haya cancelado todas las obligaciones derivadas del respectivo Contrato; Todo ello con anterioridad al Dictamen Final del Jurado interviniente.

Asimismo declaro que el presente Proyecto no ha resultado seleccionado para su realización en otro Concurso Nacional o Internacional.

Que reúno los requisitos necesarios para participar del Concurso mencionado. En caso de falsedad en la información o en la documentación presentada o trasgresión a las prohibiciones establecidas me someto a las disposiciones administrativas que correspondan.

FIRMA Y ACLARACION

ANEXO IV

GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION, INTERNET Y VIDEOJUEGOS

FORMULARIO DE INSCRIPCION

NOMBRE Y APELLIDO
NACIONALIDAD
DNI N°
CUIT/CUIL N°
DOMICILIO
LOCALIDAD
PROVINCIA
TELEFONO FIJO
TELEFONO CELULAR
E-MAIL
ROL EN EL PROYECTO

ANEXO V

GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION, INTERNET Y VIDEOJUEGOS

RAZON SOCIAL
I.V.A.
CUIT/CUIL N°
DOMICILIO
CODIGO POSTAL
LOCALIDAD
PROVINCIA
NACIONALIDAD
TELEFONO

CONTACTO PARA EL PROYECTO

DNI N°
TELEFONO FIJO
TELEFONO CELULAR
E-MAIL
ROL EN EL PROYECTO

ANEXO VI

GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION, INTERNET Y VIDEOJUEGOS

ENTREGA FINAL Y ESPECIFICACIONES TECNICAS

A. ENTREGA FINAL PARA LA CATEGORIA “PILOTO DE SERIE INEDITA”

A.1. Se deberá diseñar y producir una BIBLIA completa del proyecto.

A.2. La BIBLIA deberá entregarse impresa en un tamaño máximo que no podrá superar el de un formato A4.

A.3. El diseño podrá ser libre y deberá ser acorde al estilo gráfico propuesto en el proyecto.

A.4. La BIBLIA contendrá todos los requerimientos para la PRESENTACION DE LOS PROYECTOS según ANEXO II, más los siguientes ítems:

A.4.1. Sinopsis de cada episodio de la serie (máximo 80 palabras x episodio)

A.4.2. Concept art de 3 episodios

A.4.3. Diseño de todos los personajes (Model Sheet)

A.4.4. Ficha técnica de los personajes

A.4.5. Diseño de tres fondos y/o locaciones de otro episodio distinto del PILOTO

A.4.6. Puesta en escena de 3 episodios (Art Layout)

A.4.7. Diseño de material de merchandising

A.4.8. Soporte digital con PILOTO DE SERIE INEDITA incluido (CD, DVD o pen drive)

A.5. Todo el diseño y contenido de la BIBLIA deberá presentarse en versión ESPAÑOL e INGLES

A.6. La BIBLIA deberá entregarse también en formato PDF (Portable Data File) una versión por cada idioma en alta resolución, no menor a 300 dpi y a tamaño real

A.7. Postales tamaño A4.

A.8. Afiche de la serie con diseño vertical tamaño A4 y en formato PDF (Portable Data File) una versión por cada idioma en alta resolución, no menor a 300 dpi y a tamaño real.

A.9. Un Trailer de 1:00 minuto mínimo y hasta 1:30 máximo (con subtítulos en inglés, de ser necesario).

A.10. Un PILOTO DE SERIE INEDITA de 5 minutos como mínimo para técnicas 3D.

A.11. Un PILOTO DE SERIE INEDITA de 7 minutos como mínimo para técnicas de animación 2D digital.

A.12. Un PILOTO DE SERIE INEDITA de 11 minutos como mínimo para técnicas de cut out 0animation y/o Motion Graphics.

A.13. El PRESENTANTE deberá lograr tanto en el Trailer como en el PILOTO DE SERIE INEDITA que se transmita la esencia de la historia, su ritmo narrativo, el espíritu de los personajes, su técnica, teniendo en cuenta el público al cual está dirigido. Es esencial que el PILOTO DE SERIE INEDITA incluya un enfoque transmedia. Las tomas no serán necesariamente parte de los futuros capítulos; se deberán incluir aquellas que permitan el máximo lucimiento de la animación y los personajes, incluyendo la mayor cantidad y variedad de escenarios posibles.

A.14. En todos los casos los subtítulos deberán ser en inglés.

A.15. El PILOTO DE SERIE INEDITA deberá entregarse en:

A.15.1. QuickTime HD

A.15.2. Formato: 1080p (1920 x 1080 pixels)

A.15.3. Audio: AAC, 44100 Hz, Stereo (L R)

A.15.4. FPS: 30

B. ENTREGA FINAL PARA LA CATEGORIA “BIBLIA DE SERIE ANIMADA”

B.1. Se deberá diseñar y producir una BIBLIA completa del proyecto.

B.2. La BIBLIA deberá entregarse impresa en un tamaño máximo que no podrá superar el de un formato A4.

B.3. El diseño podrá ser libre y deberá ser acorde al estilo gráfico propuesto en el proyecto.

B.4. La BIBLIA contendrá todos los requerimientos para la PRESENTACION DE LOS PROYECTOS según ANEXO I, más los siguientes ítems:

B.4.1. Sinopsis de cada episodio de la serie (máximo 80 palabras por episodio)

B.4.2. Concept art de 3 episodios

B.4.3. Diseño de todos personajes (Model Sheet)

B.4.4. Ficha técnica de los personajes

B.4.5. Diseño de tres fondos y/o locaciones.

B.4.6. Puesta en escena de 3 episodios (Art Layout)

B.4.7. Diseño de material de merchandising

B.4.8. Soporte digital incluido (CD, DVD o pen drive)

B.4.9. Storyboard de un episodio. Se deberán seleccionar aquellas secuencias que mejor representen la esencia de la serie tanto en su técnica, en su ritmo narrativo, los personajes, etc.

B.5. Todo el diseño y contenido de la BIBLIA deberá presentarse en versión ESPAÑOL e INGLES.

B.6. La BIBLIA deberá entregarse también en formato PDF (Portable Data File) una versión por cada idioma en alta resolución, no menor a 300 dpi y en tamaño real.

B.7. Postales tamaño A4

B.8. Afiche de la serie con diseño vertical tamaño A4 y en formato PDF (Portable Data File) una versión por cada idioma en alta resolución, no menor a 300 dpi y a tamaño real.

B.9. El PRESENTANTE deberá lograr tanto en el Trailer como en los Episodios que se transmita la esencia de la historia, su ritmo narrativo, el espíritu de los personajes, su técnica, teniendo en cuenta el público al cual está dirigido. Es esencial que el PILOTO DE SERIE INEDITA incluya un enfoque transmedia. Las tomas no serán necesariamente parte de los futuros capítulos; se deberán incluir aquellas que permitan el máximo lucimiento de la animación y los personajes, incluyendo la mayor cantidad y variedad de escenarios posibles.

B.10. En todos los casos los subtítulos deberán ser en inglés.

B.11. Los episodios deberán entregarse en:

B.11.1. QuickTime HD

B.11.2. Formato: 1080p (1920 x 1080 pixels)

B.11.3. Audio: AAC, 44100 Hz, Stereo (L R)

B.11.4. FPS: 30

C. CARACTERISTICAS DE ENTREGA PARA AMBAS CATEGORIAS

C.1. Todas las autorizaciones y cesiones de uso que permitan la utilización y la promoción del material entregado (ej: guión, música, locución, sonido, voces etc.).

C.2. Todo el material se deberá entregar en un disco externo con fuente directa a USB y deberá estar formateado en NTFS.

ANEXO VII

GERENCIA DE FOMENTO A LA PRODUCCION DE CONTENIDOS PARA TELEVISION, INTERNET Y VIDEOJUEGOS

Bases y Condiciones para el Concurso Nacional

Proyectos de Series de Animación para TV






e. 22/05/2013 N° 36529/13 v. 22/05/2013