MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución Nº C. 13/2013
Mendoza, 20/5/2013
VISTO el Expediente Nº S93:0004705/2013 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos Nº 14.878, las
Resoluciones Nros. C.24 de fecha 13 de setiembre de 2005 y C.9 de fecha
1 de marzo de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se solicita la incorporación
de Códigos para Vinos Livianos Varietales y Vinos Livianos Endulzados
Varietales a la Tabla Numérica de Códigos de Productos Vitivinícolas,
de Alcoholes y Productos de Uso Enológico, Otros Productos y Elementos
de Uso en Establecimientos Vitivinícolas.
Que por Resolución Nº C.24 de fecha 13 de setiembre de 2005, se
aprueban los códigos de productos que deben utilizar los inscriptos en
el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) para efectuar las
registraciones en toda documentación oficial que presentan a este
Organismo.
Que por Resolución Nº C.9 de fecha 1 de marzo de 2011, se definen a los VINOS LIVIANOS o VINOS COSECHA TEMPRANA.
Que estos productos poseen sus respectivos códigos, no así los Vinos
Livianos Varietales y los Vinos Livianos Endulzados Varietales.
Que en función de lo señalado resulta necesario la generación de los
códigos específicos de estos productos, con la finalidad que los
inscriptos puedan transmitir las Declaraciones Juradas y efectuar las
registraciones en Libros Oficiales, utilizando los mismos.
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto Nº 1.306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1º — Incorpóranse a la TABLA
NUMERICA DE CODIGO DE PRODUCTOS VITIVINICOLAS, DE ALCOHOLES Y PRODUCTOS
DE USO ENOLOGICO, OTROS PRODUCTOS Y ELEMENTOS DE USO EN
ESTABLECIMIENTOS VITIVINICOLAS, implementada por Resolución Nº C.24 de
fecha 13 de setiembre de 2005 los Códigos y Productos que a
continuación se detallan:
CODIGO | DENOMINACION |
184 | VINO LIVIANO VARIETAL BLANCO |
185 | VINO LIVIANO VARIETAL TINTO |
186 | VINO LIVIANO VARIETAL ROSADO |
187 | VINO LIVIANO ENDULZADO VARIETAL BLANCO |
188 | VINO LIVIANO ENDULZADO VARIETAL TINTO |
189 | VINO LIVIANO ENDULZADO VARIETAL ROSADO |
2º — Incorpóranse a la TABLA DE
RELACION ENTRE CODIGOS DE PRODUCTOS VITIVINICOLAS, DE ALCOHOLES Y
PRODUCTOS DE USO ENOLOGICO, OTROS PRODUCTOS Y ELEMENTOS DE USO EN
ESTABLECIMIENTOS VINICOLAS Y CODIGOS DE GRUPOS DE PRODUCTOS
VITIVINICOLAS, DE ALCOHOLES Y PRODUCTOS DE USO ENOLOGICO, OTROS
PRODUCTOS Y ELEMENTOS DE USO EN ESTABLECIMIETOS VINICOLAS implementada
por Resolución Nº C.24/05, los Códigos de Grupo conforme al siguiente
detalle:
GRUPO | PRODUCTOS RELACIONADOS CON EL GRUPO |
CODIGO | DENOMINACION | CODIGO | DENOMINACION |
992 | VINO LIVIANO VARIETAL | 184 | VINO LIVIANO VARIETAL BLANCO |
185 | VINO LIVIANO VARIETAL TINTO |
186 | VINO LIVIANO VARIETAL ROSADO |
937 | VINO LIVIANO ENDULZADO VARIETAL | 187 | VINO LIVIANO ENDULZADO VARIETAL BLANCO |
188 | VINO LIVIANO ENDULZADO VARIETAL TINTO |
189 | VINO LIVIANO ENDULZADO VARIETAL ROSADO |
3º — Los establecimientos
inscriptos que obtengan estos tipos de productos, deberán consignarlos
en sus Declaraciones Juradas mensuales.
4º — El incumplimiento a lo
establecido en la presente normativa, será considerado en infracción a
lo establecido en el Artículo 24, inciso i) de la Ley General de Vinos
Nº 14.878.
5º — Regístrese, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y cumplido, archívese. — C.P.N. GUILLERMO D. GARCIA,
Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.
e. 27/05/2013 N° 37856/13 v. 27/05/2013