MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 229/2013
Bs. As., 21/5/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0247163/2010 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 819 del 4 de octubre
de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución citada en el Visto se crearon en el ámbito
del Territorio Nacional, TRESCIENTAS DIECISEIS (316) Oficinas Locales
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que la Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa propicia la creación
de la Oficina Local de Fuerte Esperanza en el Departamento
General Güemes de la Provincia del CHACO, a los fines de una mejor y
más armónica atención de la zona involucrada.
Que en razón de los resultados obtenidos en el desarrollo de los
distintos planes sanitarios, corresponde brindar la apoyatura de
servicios acorde a los requerimientos de los productores.
Que en tal sentido resulta indispensable cumplir con dicho objetivo con
el fin de brindar atención sanitaria a la realidad epidemiológica de
cada zona, acorde con las acciones a implementar en cada caso.
Que resulta necesario dotar de personal técnico y administrativo a la
zona de influencia, según las acciones sanitarias a desarrollar, en
concordancia con la producción pecuaria de la provincia y las
concentraciones de productores, como así también en lo referente a
trámites administrativos y recaudaciones.
Que las áreas técnicas con competencia en la materia prestan su conformidad al dictado de la presente medida.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en
virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º, inciso h) del
Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar
Nº 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Créase la Oficina Local de Fuerte Esperanza, ubicada en
el Departamento General Güemes de la Provincia del CHACO,
quedando incorporada al Anexo I de la Resolución Nº 819 del 4 de
octubre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, según se detalla en el Anexo I de la presente
resolución.
ARTICULO 2° — Modifícase el Anexo II de la citada Resolución Nº
819/2002, en lo referente al ámbito geográfico de la jurisdicción
correspondiente a la Oficina Local mencionada en el Artículo 1°,
configurado en el Anexo II de la presente resolución.
ARTICULO 3° — Modifícase el Anexo IV de la mentada Resolución Nº
819/2002, conforme al mapa Provincial con ubicación de la Oficina Local
creada por el Artículo 1°, que como Anexo III forma parte integrante de
la presente resolución.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Méd. Vet. MARCELO S. MIGUEZ,
Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
ANEXO I
PROVINCIA DEL CHACO
Oficina Local | Localidad | Nombre del Departamento |
08.430 | Fuerte Esperanza | General Güemes |
ANEXO II
Jurisdicción de Oficinas Locales:
Provincia: Chaco
Total de Departamentos: 25
Total de Oficinas Locales: 18
Jurisdicción de la Oficina Local de Fuerte Esperanza: Departamento General Güemes
Código: 08.430
ANEXO III
e. 27/05/2013 N° 37842/13 v. 27/05/2013