PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 587/2013
Organigrama de la Secretaría de Cultura. Decreto N° 1058/2002. Modificación.
Bs. As., 24/5/2013
VISTO los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios y 1058 del 19 de junio de 2002 y sus
modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios
se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional
Centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.
Que por el Decreto Nº 1058/02 y sus modificatorios se aprobó la
estructura organizativa de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA
DE LA NACION.
Que resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades y
unidades organizativas en el ámbito de la citada Secretaría, con el
objeto de optimizar la administración de los recursos del Estado
aplicados a la política cultural, potenciando asimismo criterios de
efectividad.
Que, en este sentido, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION viene desarrollando políticas públicas tendientes a garantizar
la inclusión y accesibilidad de la cultura a los derechos de todas las
personas, lo cual plantea la necesidad de formalizar las acciones
culturales concertadas en torno a los diversos grupos sociales que, por
sus características particulares deben ser atendidas por políticas
específicas.
Que para garantizar su continuidad y permitir su desarrollo resulta
necesario formalizarlas a través de su inclusión en su estructura
organizativa.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese el
ANEXO la, aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 1058 de fecha 19
de junio de 2002 y sus modificatorios, correspondiente al Organigrama
de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que
quedará conformado de acuerdo con el detalle que, con idéntica
denominación, forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2° — Suprímese del ANEXO
II aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 1058 de fecha 19 de junio
de 2002 y sus modificatorios, la Responsabilidad Primaria y Acciones de
la ex DIRECCION NACIONAL DE ACCION FEDERAL E INDUSTRIAS CULTURALES de
la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Incorpóranse al ANEXO
II aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 1058 de fecha 19 de junio
de 2002 y sus modificatorios, la Responsabilidad Primaria y Acciones de
la DIRECCION NACIONAL DE ACCION FEDERAL, de la DIRECCION NACIONAL DE
INDUSTRIAS CULTURALES, de la DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION DE LOS
DERECHOS CULTURALES Y DIVERSIDAD CULTURAL y de la DIRECCION NACIONAL DE
PARTICIPACION Y ORGANIZACION POPULAR, de conformidad con el detalle que
en Planilla Anexa al presente artículo, forma parte integrante del
presente decreto.
Art. 4° — Facúltase al
Secretario de Cultura de la PRESIDENCIA DE LA NACION, previa
intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el
Anexo de Dotación de acuerdo a los cargos aprobados para la Secretaría
por la norma presupuestaria que resulte vigente al momento de dicha
aprobación.
Art. 5° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida, será atendido con las partidas
específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20 - 14 - SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.
Randazzo.
ANEXO la
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3°
SECRETARIA DE CULTURA
DIRECCION NACIONAL DE ACCION FEDERAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Diseñar, elaborar e instrumentar acciones tendientes a promover la
participación cultural en todos sus aspectos a través de programas
socio-culturales, eventos, seminarios, proyectos, convenios culturales,
concursos y ferias artesanales, respetando las especificidades
provinciales y regionales.
ACCIONES:
1. Interactuar con las administraciones regionales y provinciales,
promoviendo la realización de actividades conjuntas y el intercambio
permanente, estableciendo políticas de articulación, complementación y
compensación entre las distintas jurisdicciones integrantes del sistema
cultural nacional.
2. Elaborar, normalizar, compilar, procesar, interpretar y analizar la
información brindada por todos los organismos responsables en el ámbito
nacional e internacional, público y privado, a los efectos de ser
utilizada como insumo en la elaboración de las políticas, programas y
proyectos del área.
3. Instrumentar y mantener actualizada la Red Federal de Cultura.
4. Implementar los traslados de artistas, técnicos, especialistas,
personalidades de la cultura y funcionarios designados por la
Secretaría para el cumplimiento de acciones culturales.
5. Elaborar y coordinar la ejecución con las provincias, regiones, e
instituciones públicas y privadas que corresponda, programas culturales
destinados a aquéllos grupos, sociales y/o etarios cuya particular
problemática requiera una atención focalizada.
SECRETARIA DE CULTURA
DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Diseñar, implementar y difundir las políticas y acciones tendientes a
fomentar y promover el desarrollo de las industrias culturales, en
especial aquellas generadoras de plena utilización de los recursos
humanos del sector.
ACCIONES:
1. Promover la creatividad literaria, el desarrollo editorial y el
fomento de la lectura, difundiendo las acciones implementadas a tal fin.
2. Proponer, planificar y ejecutar estrategias y políticas de
producción y promoción en el campo audiovisual, difundiendo su accionar
y propendiendo a su integración en el ámbito federal y regional.
3. Diseñar e implementar políticas que tiendan al estímulo de formas
experimentales de expresión que incorporen nuevas tecnologías.
4. Promover el fortalecimiento de las industrias culturales nacionales,
favoreciendo aquellos sectores que propicien el pleno empleo de sus
recursos humanos, con especial énfasis en la difusión de las artesanías
y la conservación de sus técnicas tradicionales.
5. Promover el desarrollo de mercados de productos y artesanías como hechos culturales.
6. Proyectar y promover una cultura participativa aplicada a las
industrias culturales, organizando y difundiendo las distintas
manifestaciones y actividades culturales llevadas a cabo por la
SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a través de la
programación y realización de eventos, seminarios, concursos, programas
socio-culturales, convenios y/o cualquier otro medio eficaz, que
permita el cumplimiento de los objetivos vinculados con el área.
SECRETARIA DE CULTURA
SUBSECRETARIA DE POLITICAS SOCIOCULTURALES
DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS CULTURALES Y DIVERSIDAD CULTURAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Impulsar y promover acciones conducentes a generar un marco de plena
vigencia de los derechos culturales en el territorio nacional
garantizando la pluralidad de expresiones culturales y respetando la
diversidad cultural de las comunidades y pueblos.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario de Políticas Socioculturales en la
generación de políticas públicas tendientes a generar marcos de equidad
en el ejercicio de los Derechos Culturales.
2. Fomentar la participación real y efectiva de las diversas minorías
culturales en la reflexión sobre la identidad nacional a través de la
cultura y el arte como herramientas de expresión.
3. Desarrollar políticas integrales centradas en el reconocimiento del
territorio y la complejidad de las entidades de los pueblos que lo
habitan.
4. Promover los valores solidarios que posibilitan la inclusión social, suscitando el pleno ejercicio de la identidad.
5. Formalizar acciones culturales concertadas en torno a los diversos
grupos sociales que por sus características presentan particularidades
identitarias que deben ser atendidas con políticas específicas que
garanticen un pleno ejercicio de la cultura e identidad permitiéndoles
relacionarse virtuosamente en un plano de igualdad con el resto de la
sociedad, dándose a conocer y de este modo generar el marco para que se
los valore y respete.
6. Garantizar la participación popular en el pleno ejercicio de los
derechos culturales en las diversas comunidades que conforman nuestro
país.
SECRETARIA DE CULTURA
SUBSECRETARIA DE POLITICAS SOCIOCULTURALES
DIRECCION NACIONAL DE PARTICIPACION Y ORGANIZACION POPULAR
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Promover el desarrollo y la valoración de la Cultura Popular desplegada
por Organizaciones Sociales y comunitarias, y fomentar los ámbitos de
participación y debate ciudadano, generando canales de articulación y
formación política, que alimenten los procesos de organización popular,
y refuercen la identidad propia de nuestra cultura.
ACCIONES:
1. Asistir al Subsecretario de Políticas Socioculturales en la
generación de políticas públicas tendientes a fomentar, y difundir las
expresiones de nuestra cultura popular, y las experiencias de proyectos
socioculturales de organizaciones y espacios comunitarios tendientes a
reformar la identidad nacional y latinoamericana.
2. Fomentar la participación social y política por medio de la
generación de canales institucionales que promuevan el debate y
formación cultural y ciudadana, con miras de fortalecer los niveles de
organización popular.
3. Fomentar el acceso igualitario y democrático a la producción y
distribución de bienes culturales, garantizando el refuerzo de la
identidad colectiva y el desarrollo regional local ligado a la
reafirmación de prácticas culturales y de sentido de las propias
comunidades y organizaciones sociales.
4. Promover el empoderamiento de las organizaciones sociales y
comunitarias por medio del acercamiento de herramientas que dejen
capacidades instaladas, para fomentar la producción propia de
comunicación y contenidos y la elaboración de proyectos culturales
populares.
5. Fomentar la participación y organización social como canal legítimo
y democrático para la mejora de las condiciones de vida de la
comunidad, incentivando la formación, capacitación y debate necesario
para abordar el tratamiento de distintas problemáticas culturales y
sociales.