Resolución 1679 (2006)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 5439a sesión, celebrada el 16 de mayo de 2006
El Consejo de Seguridad,
Recordando sus resoluciones
anteriores relativas a la situación en el Sudán, en particular las
resoluciones 1665 (2006), 1663 (2006), 1593 (2005), 1591 (2005), 1590
(2005), 1574 (2004), 1564 (2004) y 1556 (2004), así como las
declaraciones de su Presidencia relativas al Sudán, en particular la
declaración S/PRST/2006/5, de 3 de febrero de 2006, y la declaración
S/PRST/2006/21, de 9 de mayo de 2006,
Recordando también sus
resoluciones 1612 (2005), sobre los niños en los conflictos armados,
1325 (2000), sobre las mujeres, la paz y la seguridad, 1674 (2006),
sobre la protección de los civiles en los conflictos armados, y 1502
(2003), sobre la protección del personal de asistencia humanitaria y de
las Naciones Unidas,
Reafirmando su firme
determinación de preservar la soberanía, unidad, independencia e
integridad territorial del Sudán, que no se verían afectadas por la
transición a una operación de las Naciones Unidas, así como las de
todos los Estados de la región, y su compromiso con la causa de la paz,
la seguridad y la reconciliación en todo el Sudán,
Expresando su máxima
preocupación por las terribles consecuencias del prolongado conflicto
en Darfur para la población civil y reiterando en los términos más
enérgicos la necesidad de que todas las partes en el conflicto de
Darfur pongan inmediatamente fin a la violencia y las atrocidades,
Acogiendo con beneplácito el
feliz resultado de las conversaciones de paz intersudanesas sobre el
conflicto de Darfur, dirigidas por la Unión Africana, y celebradas en
Abuja (Nigeria), en particular el marco acordado entre las partes para
la solución del conflicto de Darfur (el Acuerdo de Paz de Darfur),
Encomiando los esfuerzos del
Presidente de Nigeria, Olusegun Obasanjo, anfitrión de las
conversaciones intersudanesas de paz en Abuja; el Presidente de la
República del Congo, Denis Sassou-Nguesso, Presidente de la Unión
Africana; el Dr. Salim Ahmed Salim, Enviado Especial de la Unión
Africana para las conversaciones de Darfur y Mediador Jefe, las
respectivas delegaciones a las conversaciones de Darfur, y los
signatarios del Acuerdo de Paz de Darfur,
Destacando la importancia de
la aplicación cabal y rápida del Acuerdo de Paz de Darfur para
restablecer una paz sostenible en Darfur, y acogiendo con beneplácito
la declaración formulada el 9 de mayo de 2006 por el representante del
Sudán en la sesión extraordinaria del Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas sobre Darfur acerca del pleno compromiso del Gobierno
de Unidad Nacional con la aplicación del Acuerdo de Paz de Darfur,
Reafirmando su preocupación de
que la violencia persistente en Darfur pueda afectar negativamente aún
más al resto del Sudán, así como a la región, incluida la seguridad del
Chad,
Observando con profunda
preocupación el reciente deterioro de las relaciones entre el Sudán y
el Chad, y exhortando a los Gobiernos de ambos países a que cumplan las
obligaciones que contrajeron en virtud del Acuerdo de Trípoli de 8 de
febrero de 2006 y a que pongan en práctica las medidas de fomento de la
confianza en que convinieron voluntariamente,
Encomiando los esfuerzos de la
Unión Africana para el despliegue satisfactorio de la Misión de la
Unión Africana en el Sudán, a pesar de las circunstancias
excepcionalmente difíciles, y la función de la Misión en la tarea de
reducir en Darfur la violencia organizada en gran escala, y encomiando
además los esfuerzos de los Estados Miembros y de las organizaciones
regionales e internacionales que han prestado asistencia a la Misión en
su despliegue,
Tomando nota de los
comunicados de 12 de enero, 10 de marzo y 15 de mayo de 2006 del
Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana relativos a la
transición de la Misión de la Unión Africana en el Sudán a una
operación de las Naciones Unidas,
Subrayando que una operación
de las Naciones Unidas tendría, en la medida de lo posible, una
decidida participación africana y carácter africano,
Acogiendo con beneplácito los
esfuerzos de los Estados Miembros y de las organizaciones regionales e
internacionales por mantener y reforzar su apoyo a la Misión y
potencialmente a una operación posterior de las Naciones Unidas en
Darfur, esperando con interés, en particular, la celebración de una
conferencia de promesas de contribuciones en junio, y exhortando a los
asociados de la Unión Africana a proporcionar el apoyo necesario a la
Misión de la Unión Africana en el Sudán para permitirle seguir
desempeñando su mandato durante la transición,
Determinando que la situación en el Sudán continúa constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales,
Actuando con arreglo al Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,
1. Exhorta a las partes en el
Acuerdo de Paz de Darfur a que respeten sus compromisos y apliquen el
acuerdo sin tardanza, insta a las partes que no hayan firmado el
Acuerdo a que lo hagan sin demora y a que no actúen de manera de
obstaculizar la aplicación del Acuerdo y expresa su intención de
estudiar la posibilidad de adoptar, entre otras cosas, en respuesta a
una solicitud de la Unión Africana, medidas enérgicas y eficaces, tales
como la prohibición de viajar y la congelación de activos, contra
cualquier persona o grupo que contravenga o trate de obstaculizar la
aplicación del Acuerdo de Paz de Darfur;
2. Exhorta a la Unión Africana
a que convenga con las Naciones Unidas, las organizaciones regionales e
internacionales y los Estados Miembros los elementos que ahora resulten
necesarios, además de los determinados por la Misión Conjunta de
Evaluación de diciembre de 2005, para reforzar la capacidad de la
Misión de hacer cumplir las medidas de seguridad previstas en el
Acuerdo de Paz de Darfur con miras a una operación posterior de las
Naciones Unidas en Darfur;
3. Hace suya la decisión del
Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana publicada en su
comunicado de 15 de mayo de 2006 de que, en vista de la firma del
Acuerdo de Paz de Darfur, deberían adoptarse medidas concretas para
efectuar la transición de la Misión de la Unión Africana en el Sudán a
una operación de las Naciones Unidas, exhorta a las partes en el
Acuerdo de Paz de Darfur a que faciliten la labor de la Unión Africana,
las Naciones Unidas, las organizaciones regionales e internacionales y
los Estados Miembros y a que colaboren con ellos para acelerar la
transición a una operación de las Naciones Unidas y, con tal objeto,
reiterando las solicitudes del Secretario General y el Consejo de
Seguridad, pide que se envíe una misión conjunta de evaluación técnica
de la Unión Africana y las Naciones Unidas dentro de una semana de la
aprobación de la presente resolución;
4. Subraya que el Secretario
General debe consultar conjuntamente con la Unión Africana, en consulta
estrecha y permanente con el Consejo de Seguridad, y en cooperación y
estrecha consulta con las partes en el Acuerdo de Paz de Darfur,
incluido el Gobierno de Unidad Nacional, respecto de las decisiones
relativas a la transición a una operación de las Naciones Unidas;
5. Pide al Secretario General
que le presente recomendaciones dentro de una semana del regreso de la
misión conjunta de evaluación de la Unión Africana y las Naciones
Unidas acerca de todos los aspectos pertinentes del mandato de la
operación de las Naciones Unidas en Darfur, incluidas la estructura de
la fuerza, las necesidades adicionales de la fuerza, los países que
posiblemente aportarán contingentes y una evaluación financiera
detallada de los gastos futuros;
6. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.