DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 325/1978

Bs. As., 14/2/1978

VISTO lo propuesto por el señor Ministro del Interior, y

CONSIDERANDO:

Que por decreto número 8.467/72 se aprobaron, entre otras, las Estructuras Orgánicas de las Direcciones Generales de Provincias y de Asuntos Policiales e Informaciones dependientes de la Subsecretaría del Interior.

Que por decreto número 363/74, reglamentario de la Ley N° 20.524, se explicitaron las competencias de las Subsecretarías del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que es preciso adecuar la misión y funciones que cumplen las Direcciones Generales constituyentes de la Subsecretaría del Interior compatibilizando las mismas con las competencias específicas que para cada área fijó el decreto reglamentario.

Que, por otra parte, las especiales circunstancias que vive la Nación han determinado que la Subsecretaría del Interior asuma funciones originalmente no previstas con el consiguiente incremento de tareas.

Que, a fin de regularizar tal situación, procede modificar las Estructuras Orgánicas de las actuales Dirección General de Provincias y Dirección General de Asuntos Policiales e Informaciones, fijándoles nuevas misiones y funciones, ajustadas a la realidad; dotándolas consecuentemente del personal necesario, tanto en cantidad como en calidad.

Que es asimismo imprescindible dotar al Ministerio de un Organismo idóneo que asesore técnicamente al titular de la Cartera, en los complejos asuntos que se relacionan con la necesidad de garantizar adecuadamente la libertad de expresión, cumpliendo así la responsabilidad primaria que en tal sentido le compete al MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que dicha misión la asumirá la Dirección General de Publicaciones, Organismo que se constituye con una dotación mínima de personal, calificado profesionalmente.

Que la planta de personal proyectada para la Subsecretaría del Interior resulta coherente con la Estructura Funcional propuesta; por lo que es imperativo cubrir sus cargos para lograr un óptimo cumplimiento de las funciones del Organismo.

Que, conforme lo dispone el decreto número 234/69, el presente decreto debe tener el carácter de rectificatorio de aquél que lo aprobó.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Rectifícase el decreto número 8.467 del 30 de noviembre de 1972 por el que se aprobaron con carácter provisional las Estructuras Orgánicas correspondientes a las unidades que integran las áreas de competencia de las Subsecretarías del MINISTERIO DEL INTERIOR y sustitúyese el organigrama, misión y funciones, agrupamiento funcional, dotaciones y memorando descriptivo de tareas correspondiente a las Direcciones Generales de Provincias y de Asuntos Policiales e Informaciones y agréguese la Dirección General de Publicaciones, de conformidad con los organigramas y de acuerdo con la misión y funciones, agrupamiento funcional y memorando descriptivo de tareas que como Anexo I, la, lb, lc, II, lIla, IIIb, IIIc y IV forman parte integrante del presente.

Art. 2° — Exceptúase a la Subsecretaría del Interior del MINISTERIO DEL INTERIOR, por esta única vez, para el cumplimiento de esta Estructura, de lo dispuesto por el decreto número 386 del 26 de noviembre de 1973.

Art. 3° — A fin de la puesta en marcha de la estructura provisoria que se aprueba, la dotación del personal deberá integrarse en forma progresiva conforme a las disponibilidades crediticias.

Art. 4° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).