DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 325/1978
Bs. As., 14/2/1978
VISTO lo propuesto por el señor Ministro del Interior, y
CONSIDERANDO:
Que por decreto número 8.467/72 se aprobaron, entre otras, las
Estructuras Orgánicas de las Direcciones Generales de Provincias y de
Asuntos Policiales e Informaciones dependientes de la Subsecretaría del
Interior.
Que por decreto número 363/74, reglamentario de la Ley N° 20.524, se
explicitaron las competencias de las Subsecretarías del MINISTERIO DEL
INTERIOR.
Que es preciso adecuar la misión y funciones que cumplen las
Direcciones Generales constituyentes de la Subsecretaría del Interior
compatibilizando las mismas con las competencias específicas que para
cada área fijó el decreto reglamentario.
Que, por otra parte, las especiales circunstancias que vive la Nación
han determinado que la Subsecretaría del Interior asuma funciones
originalmente no previstas con el consiguiente incremento de tareas.
Que, a fin de regularizar tal situación, procede modificar las
Estructuras Orgánicas de las actuales Dirección General de Provincias y
Dirección General de Asuntos Policiales e Informaciones, fijándoles
nuevas misiones y funciones, ajustadas a la realidad; dotándolas
consecuentemente del personal necesario, tanto en cantidad como en
calidad.
Que es asimismo imprescindible dotar al Ministerio de un Organismo
idóneo que asesore técnicamente al titular de la Cartera, en los
complejos asuntos que se relacionan con la necesidad de garantizar
adecuadamente la libertad de expresión, cumpliendo así la
responsabilidad primaria que en tal sentido le compete al MINISTERIO
DEL INTERIOR.
Que dicha misión la asumirá la Dirección General de Publicaciones,
Organismo que se constituye con una dotación mínima de personal,
calificado profesionalmente.
Que la planta de personal proyectada para la Subsecretaría del Interior
resulta coherente con la Estructura Funcional propuesta; por lo que es
imperativo cubrir sus cargos para lograr un óptimo cumplimiento de las
funciones del Organismo.
Que, conforme lo dispone el decreto número 234/69, el presente decreto
debe tener el carácter de rectificatorio de aquél que lo aprobó.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Rectifícase el
decreto número 8.467 del 30 de noviembre de 1972 por el que se
aprobaron con carácter provisional las Estructuras Orgánicas
correspondientes a las unidades que integran las áreas de competencia
de las Subsecretarías del MINISTERIO DEL INTERIOR y sustitúyese el
organigrama, misión y funciones, agrupamiento funcional, dotaciones y
memorando descriptivo de tareas correspondiente a las Direcciones
Generales de Provincias y de Asuntos Policiales e Informaciones y
agréguese la Dirección General de Publicaciones, de conformidad con los
organigramas y de acuerdo con la misión y funciones, agrupamiento
funcional y memorando descriptivo de tareas que como Anexo I, la, lb,
lc, II, lIla, IIIb, IIIc y IV forman parte integrante del presente.
Art. 2° — Exceptúase a la
Subsecretaría del Interior del MINISTERIO DEL INTERIOR, por esta única
vez, para el cumplimiento de esta Estructura, de lo dispuesto por el
decreto número 386 del 26 de noviembre de 1973.
Art. 3° — A fin de la puesta en
marcha de la estructura provisoria que se aprueba, la dotación del
personal deberá integrarse en forma progresiva conforme a las
disponibilidades crediticias.
Art. 4° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).