Secretaría de Hacienda
y
Secretaría de Finanzas
DEUDA PUBLICA
Resolución Conjunta 144/2013 y 25/2013
Dispónese la ampliación de la emisión de los “Bonos del Tesoro Nacional en Pesos 2016”. Resolución Conjunta 255 y 66/2012.
Bs. As., 3/6/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0086912/2013 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones, la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2013, el Decreto Nº 1.344 de
fecha 4 de octubre de 2007, la Resolución Conjunta Nº 205 de la
SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 34 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 5
de junio de 2007, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
la Resolución Conjunta Nº 255 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 66 de
la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 4 de septiembre de 2012, ambas del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones reguló en su
Título III el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el
Artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán
formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada
en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley
específica.
Que la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2013 en su Artículo 32 autoriza, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo citado en el considerando
anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla Anexa al mismo, a
realizar operaciones de crédito público por los montos,
especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida
planilla, y autoriza al Organo Responsable de la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional a
realizar las operaciones de crédito público correspondientes a la
Administración Central.
Que por el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de
octubre de 2007 se establece que las funciones de Organo Responsable de
la Coordinación de los Sistemas que integran la Administración
Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente
por la SECRETARIA DE HACIENDA y la SECRETARIA DE FINANZAS, ambas
pertenecientes al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que por el Artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 255 de la
SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 66 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 4
de septiembre de 2012, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS se dispuso la emisión de los “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN
PESOS 2016” con las condiciones financieras allí detalladas, a ser
suscriptos por empresas de los sectores avícolas y molinos harineros en
el marco de los acuerdos de pago de compensaciones celebrados con la
Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno.
Que en función de lo solicitado por la Unidad de Coordinación y
Evaluación de Subsidios al Consumo Interno, y en el marco de la
programación financiera del presente ejercicio se considera procedente
llevar a cabo la ampliación de la emisión de los “BONOS DEL TESORO
NACIONAL EN PESOS 2016” antes mencionados.
Que por el Artículo 3º de la Resolución Conjunta Nº 205 de la
SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 34 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 5
de junio de 2007, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se
aprobaron las normas de procedimiento para la colocación y liquidación
de los títulos de la deuda pública a realizarse en el mercado local,
que obran como Anexo a la misma.
Que la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARIA DE FINANZAS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha informado que esta
operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la
Planilla Anexa al Artículo 32 de la Ley Nº 26.784.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 32 de la Ley Nº 26.784 y el Artículo 6º del Anexo del
Decreto Nº 1.344/07.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
Y
EL SECRETARIO DE FINANZAS
RESUELVEN:
Artículo 1° — Dispónese la
ampliación de la emisión de los “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS
2016”, cuya ley aplicable es la de la REPUBLICA ARGENTINA,
originalmente emitidos por el Artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº
255 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 66 de la SECRETARIA DE FINANZAS
de fecha 4 de septiembre de 2012, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, por un monto de hasta VALOR NOMINAL ORIGINAL PESOS
SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N.O. $ 750.000.000), el que será
colocado por suscripción directa a precio técnico, en uno o varios
tramos, conforme las normas de procedimiento aprobadas por el Artículo
3º de la Resolución Conjunta Nº 205 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº
34 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 5 de junio de 2007, ambas del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 2° — Autorízase al
Secretario de Finanzas, o al Subsecretario de Financiamiento, o al
Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público o al
Director de Administración de la Deuda Pública o al Director de
Financiación Externa o al Coordinador de la Unidad de Registro de la
Deuda Pública, a suscribir en forma indistinta la documentación
necesaria para la implementación de la operación dispuesta por el
Artículo 1º de la presente medida.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Pezoa. — Adrián Cosentino.