Secretaría de Hacienda

y

Secretaría de Finanzas

DEUDA PUBLICA

Resolución Conjunta 144/2013 y 25/2013

Dispónese la ampliación de la emisión de los “Bonos del Tesoro Nacional en Pesos 2016”. Resolución Conjunta 255 y 66/2012.

Bs. As., 3/6/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0086912/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, la Resolución Conjunta Nº 205 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 34 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 5 de junio de 2007, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y la Resolución Conjunta Nº 255 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 66 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 4 de septiembre de 2012, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones reguló en su Título III el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el Artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley específica.

Que la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013 en su Artículo 32 autoriza, de conformidad con lo dispuesto por el artículo citado en el considerando anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla Anexa al mismo, a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida planilla, y autoriza al Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional a realizar las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central.

Que por el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 se establece que las funciones de Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la SECRETARIA DE HACIENDA y la SECRETARIA DE FINANZAS, ambas pertenecientes al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que por el Artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 255 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 66 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 4 de septiembre de 2012, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se dispuso la emisión de los “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS 2016” con las condiciones financieras allí detalladas, a ser suscriptos por empresas de los sectores avícolas y molinos harineros en el marco de los acuerdos de pago de compensaciones celebrados con la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno.

Que en función de lo solicitado por la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno, y en el marco de la programación financiera del presente ejercicio se considera procedente llevar a cabo la ampliación de la emisión de los “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS 2016” antes mencionados.

Que por el Artículo 3º de la Resolución Conjunta Nº 205 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 34 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 5 de junio de 2007, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobaron las normas de procedimiento para la colocación y liquidación de los títulos de la deuda pública a realizarse en el mercado local, que obran como Anexo a la misma.

Que la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa al Artículo 32 de la Ley Nº 26.784.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 32 de la Ley Nº 26.784 y el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1.344/07.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

Y

EL SECRETARIO DE FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1° — Dispónese la ampliación de la emisión de los “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS 2016”, cuya ley aplicable es la de la REPUBLICA ARGENTINA, originalmente emitidos por el Artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 255 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 66 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 4 de septiembre de 2012, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por un monto de hasta VALOR NOMINAL ORIGINAL PESOS SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N.O. $ 750.000.000), el que será colocado por suscripción directa a precio técnico, en uno o varios tramos, conforme las normas de procedimiento aprobadas por el Artículo 3º de la Resolución Conjunta Nº 205 de la SECRETARIA DE HACIENDA y Nº 34 de la SECRETARIA DE FINANZAS de fecha 5 de junio de 2007, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Art. 2° — Autorízase al Secretario de Finanzas, o al Subsecretario de Financiamiento, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público o al Director de Administración de la Deuda Pública o al Director de Financiación Externa o al Coordinador de la Unidad de Registro de la Deuda Pública, a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para la implementación de la operación dispuesta por el Artículo 1º de la presente medida.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan C. Pezoa. — Adrián Cosentino.