MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS
ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
Disposición Nº 3714/2013
Bs. As., 12/6/2013
VISTO la Ley Nº 18.284, el Decreto Nº 2126/71 y sus modificatorios, la
Resolución Nº 241/11 de la Secretaría de Políticas, Regulación e
Institutos del Ministerio de Salud de la Nación, y el Expediente Nº
1-47-1026-13-5 del Registro de esta Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con las previsiones constitucionales y la normativa
vigente en la materia, el control de los alimentos en la República
Argentina se funda en la articulación entre los organismos sanitarios
del nivel nacional, provincial y, por su intermedio, municipal.
Que el eje clave de esta articulación reside en la construcción de
líneas de acción consensuadas a nivel federal entre los integrantes del
sistema de control de alimentos, a fin de fortalecer la gestión y
optimizar el uso de los medios abocados a la tarea.
Que en el I Encuentro de Trabajo Conjunto en Estrategias de Control de
la Inocuidad Alimentaria con las autoridades sanitarias
jurisdiccionales, realizado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 4
de agosto de 2010, los participantes acordaron y se comprometieron a
facilitar la consulta de los consumidores sobre las bases de datos de
registros de establecimientos y productos autorizados por las distintas
autoridades sanitarias del país.
Que durante el II Encuentro de Trabajo Conjunto en Estrategias de
Control de la Inocuidad Alimentaria entre las Autoridades Sanitarias
Jurisdiccionales, celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 8
de noviembre de 2010, se manifestó el “total acuerdo con el proceso de
mejora continua del Sistema Federal de Control de Alimentos a través de
la implementación de un sistema informático para la gestión y calidad
de la información. Este proceso contribuirá a la optimización de los
procedimientos de gestión individuales y sinergizará el funcionamiento
global redundando así en la mejora de la calidad de vida de los
ciudadanos”.
Que en el mismo sentido se expresaron las Autoridades Sanitarias en las
conclusiones del Taller Nacional de Presentación de los Hallazgos de la
Evaluación y cómo Priorizar el Plan de Acción, en el marco del proyecto
FAO TCP/RLA/3213 realizado el 25 de noviembre de 2010 en Buenos Aires.
Que en el IV Encuentro de Trabajo Conjunto en Estrategias de Control de
la Inocuidad Alimentaria con las Autoridades Sanitarias
Jurisdiccionales realizado en Buenos Aires el 28 de agosto de 2011 se
aprobó la propuesta de trabajo del Programa Federal de Control de los
Alimentos.
Que en el Programa Federal de Control de los Alimentos se consensuó con
los referentes jurisdiccionales la necesidad de contar con un sistema
de gestión e información sanitaria on line que facilite la integración
operativa del sistema de control a nivel federal, la articulación
municipio-provincia-nación con el sector privado y el acceso a la
información pública por parte de todos los actores involucrados.
Que en el marco del Programa Federal de Control de los Alimentos, se
establecieron objetivos generales, objetivos específicos y resultados
esperados y actividades específicas para contar con información
sanitaria disponible y actualizada que permita un seguimiento eficiente
de las actividades del sistema de control de alimentos, y una rápida y
efectiva toma de decisiones en caso de detectarse riesgos para la salud.
Que en este sentido, como actividades a ejecutar dentro del Programa
Federal de Control de los Alimentos, se estableció el desarrollo,
implementación, seguimiento y revisión de un Sistema de Información
Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).
Que en la reunión del Consejo Federal de Salud (COFESA) que sesionó en
la provincia de La Rioja los días 5 y 6 de agosto de 2011, los
ministros de salud del país convalidaron a nivel nacional los
lineamientos de la propuesta del Programa Federal de Control de los
Alimentos, dentro de los cuales se encuentra el objetivo de contar con
un sistema de gestión e información sanitaria on line.
Que el Programa Federal de Control de los Alimentos tiene por objetivos
priorizar la prevención, reforzar las actividades de vigilancia,
auditoría y las acciones regulatorias, y mejorar la respuesta ante
incidentes alimentarios habiendo sido institucionalizado mediante la
Resolución Nº 241/2011 de la Secretaría de Políticas, Regulación e
Institutos del Ministerio de Salud de la Nación en el marco del Plan
Estratégico de Fortalecimiento de las Capacidades de Regulación,
Fiscalización y Vigilancia a Nivel Nacional y Provincial.
Que 23 jurisdicciones han firmado Actas Acuerdo con el Ministerio de
Salud de la Nación, en el marco del Plan Estratégico de Fortalecimiento
de las Capacidades de Regulación, Fiscalización y Vigilancia a Nivel
Nacional y Provincial.
Que hasta la fecha han adherido al Programa Federal de Control de los
Alimentos las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut,
Formosa, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta,
San Luis, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra
del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán creado en el
marco del Plan Estratégico de Fortalecimiento de las Capacidades de
Regulación, Fiscalización y Vigilancia a Nivel Nacional y Provincial.
Que el Estado Nacional viene impulsando en todas las esferas de la
actividad pública el uso de tecnologías que brinden seguridad,
eficiencia y eficacia en las diferentes gestiones que en cada área se
realizan.
Que el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de
los Alimentos funcionará teniendo como marco el Código Alimentario
Argentino, Ley Nº 18284 y sus normas reglamentarias.
Que el sistema permitirá a las autoridades sanitarias agilizar la
integración, coordinación y articulación de sus actividades a nivel
federal, fortalecer la gestión sanitaria y brindar un mejor servicio a
la población que permita una administración pública eficiente y
transparente.
Que por otra parte el aludido sistema brindará a los usuarios una
vinculación rápida y permanente entre las autoridades sanitarias,
simplificando la gestión de las actuaciones, optimizando tiempos y
costos, facilitando el acceso a la información pública y disminuyendo
los obstáculos derivados de las barreras geográficas.
Que el Instituto Nacional de Alimentos y la Dirección de Coordinación y Administración han tomado la intervención pertinente.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el Decreto Nº 425/10.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 1º — Adóptase, en el ámbito de la Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), el “Sistema de
Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos
(SIFeGA)” como componente del Programa Federal de Control de los
Alimentos, en el marco del “Plan Estratégico de Fortalecimiento de las
Capacidades de Regulación, Fiscalización y Vigilancia a Nivel Nacional
y Provincial”.
ARTICULO 2º — Establécese que los objetivos generales del SIFeGA serán:
• Brindar un mejor servicio a la población simplificando y facilitando
la vinculación con las autoridades sanitarias y el acceso a la
información a través de Internet.
• Fortalecer la gestión sanitaria a través de procedimientos y sistemas
de información que permitan una administración pública eficiente y
transparente.
• Utilizar las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC’s) para
simplificar los procedimientos internos de las autoridades sanitarias y
la interacción con el ciudadano, con el objetivo de optimizar los
tiempos y/o costos involucrados.
• Contar con información sanitaria disponible y actualizada que permita
una rápida y efectiva toma de decisión en caso de riesgos para la salud.
• Fortalecer el sistema de control de alimentos a través de la
integración, coordinación y articulación de sus actividades a nivel
federal.
ARTICULO 3º — El acceso al SIFeGA adoptado por el artículo 10 de la
presente disposición se efectuará a través de la Página Web de la
ANMAT: www.anmat.gov.ar o http://portal.anmat.gov.ar “Sistema de
Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos
(SIFeGA)”.
ARTICULO 4º — Invítase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente Disposición.
ARTICULO 5º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación. Comuníquese al Instituto Nacional de
Alimentos, a las autoridades sanitarias jurisdiccionales, a las Cámaras
y Entidades Profesionales del sector y a la Dirección de Planificación
y Relaciones Institucionales. Cumplido, archívese. — Dr. CARLOS CHIALE,
Interventor, A.N.M.A.T.
e. 19/06/2013 N° 45696/13 v. 19/06/2013