MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 274/2013
Bs. As., 18/6/2013
VISTO el Expediente Nº S05:0513107/2013 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 949 del 28 de
diciembre de 2012 del MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de
SANTA FE y 128 del 16 de marzo de 2012 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 128 del 16 de marzo de 2012 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA establece que las
Provincias deben elaborar un Programa Regional que, de acuerdo con las
características de las áreas y explotaciones a sanear basados en un
diagnóstico de situación inicial que determine el estado sanitario
poblacional de la Tuberculosis Bovina, podrán desarrollar un Programa
de control, erradicación y/o zona libre.
Que la mencionada Resolución Nº 128/12, en su Artículo 81, referido a
los compromisos y responsabilidades de otros organismos ejecutores
operativos, contempla la existencia de los Entes Sanitarios Locales
como estructura sanitaria privada sin fines de lucro, otorgándole en su
“inciso c” la coordinación técnica ejecutiva del programa local.
Que a través de la Resolución Nº 949 del 28 de diciembre de 2012 del
MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de SANTA FE, se crea el
Plan Regional de Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina,
bubalina, ovina, caprina y porcina de la Provincia de SANTA FE.
Que la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de la mencionada
provincia, solicita la aprobación de dicho Plan Regional, mediante la
homologación, por parte del SENASA, de la citada Resolución Nº 949/12.
Que el Plan Regional contempla la administración y financiación a cargo
de los productores y Entes Sanitarios locales creados en cada
departamento, es decir que no representan erogación extra para el
Estado Nacional.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 8°, inciso f) del Decreto Nº 1585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de
2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Plan Regional Santa Fe. Aprobación: se aprueba el Plan
Regional de Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, bubalina,
ovina, caprina y porcina de la Provincia de SANTA FE, el cual ha sido
aprobado por la Resolución Nº 949 del 28 de diciembre de 2012 del
MINISTERIO DE LA PRODUCCION de la Provincia de SANTA FE.
ARTICULO 2° — Vigencia: la presente resolución entrará en vigencia a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3° — De forma: comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Méd. Vet. MARCELO S.
MIGUEZ, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria.
e. 26/06/2013 N° 47382/13 v. 26/06/2013