MINISTERIO DE AGRICULTURA

Ley N°  11.409

Concediendo venias para demandar a la Nación.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Concédense las venias solicitadas, respectivamente, por la Compañía Industrial y Comercial de Petróleo S.A., don Alfredo Fermín Montero, y don José Repetto para demandar a la Nación.

Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a primero de agosto de mil novecientos veintiocho.

Elpidio González   -    Andrés Ferreyra

Gustavo Figueroa    -   Carlos G. Bonorino

Registrada bajo el N° 11409.