DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 2792/1977
Bs. As., 16/9/1977
VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 1977 aprobado por la Ley Nº 21.550 y lo dispuesto por los
artículos 5° y 6° de la misma, y atento a lo determinado en la Ley Nº
21627 “S” por la cual se incorpora el Ministerio de Planeamiento al
Artículo 1° de la Ley Nº 18302 “S”, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada ley el Ministerio de Planeamiento queda incorporado
al grupo de Organismos facultados para manejar créditos destinados a
atender gastos de carácter Reservado y/o Secreto.
Que dicha medida resulta de imprescindible necesidad para solventar los
requerimientos peculiares, que debe afrontar el Ministerio de
Planeamiento, en lo que hace a su esfera de competencia, conforme al
régimen de funcionamiento establecido en el Decreto Ley Nº 5315/56 “S”.
Que por dicha circunstancia, se hace necesario la creación de una
Cuenta Especial, cuya financiación se realizará con los créditos que se
transfieran del Carácter 0 - Administración Central.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase el
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
1977, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 25 - Ministerio de
Planeamiento, Carácter 0 Administración Central, de acuerdo con el
detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forma
parte integrante del mismo.
Art. 2° — Créase en la
Jurisdicción 25 - Ministerio de Planeamiento, Carácter 1 - Cuenta
Especial Nº 051 - Ministerio de Planeamiento - Cumplimiento Ley Nº
18.302 “S”, de acuerdo con el detalle obrante en planilla anexa al
artículo 1°.
Art. 3° — Fíjase el Cálculo de
Recursos afectado a la financiación de las erogaciones del presupuesto
de la Cuenta Especial Nº 051 - Ministerio de Planeamiento -
Cumplimiento Ley Nº 18.302 “S”, correspondiente a la Jurisdicción 25 -
Ministerio de Planeamiento, de acuerdo con el detalle obrante en
planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del
mismo.
Art. 4º — Comuníquese y archívese. — VIDELA.
Planilla anexa al artículo 1º
Planilla anexa al artículo 1º
Planilla anexa al artículo 3º