CONVENIOS

Decisión Administrativa 344/2013


Apruébase Convenio de Prestación de Servicio de Logística.


Bs. As., 25/6/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0069741/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y el Decreto Nº 893 del 7 de junio de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que entre el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A., se suscribió con fecha 6 de junio de 2013 un Convenio para la prestación de un Servicio de Correo Oficial, en el marco de la realización de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y las Elecciones Nacionales a la categoría de Legisladores Nacionales a llevarse a cabo durante el año 2013.

Que el citado Convenio fue suscripto en el marco del artículo 144 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por Decreto Nº 893/12.

Que se han afectado las partidas presupuestarias correspondientes al SAF 325 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE que solventarán las erogaciones que demande la prestación del servicio.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 35, inciso c) del Anexo del Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase el CONVENIO DE PRESTACION DE SERVICIO DE LOGISTICA suscripto el 6 de junio de 2013 entre el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. en el marco de la realización de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias y las Elecciones Nacionales a la categoría de Legisladores Nacionales a llevarse a cabo durante el año 2013, cuya copia certificada como ANEXO forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2° — El gasto resultante de la aplicación del Convenio referido en el artículo anterior se atenderá con los recursos correspondientes a la Actividad 3, del Programa 16 - Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Inciso 3, Partida Principal 5, Partida Parcial 9, Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL del Presupuesto del Año 2013.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
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NOTA: El Anexo que integra esta Decisión Administrativa se publica en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).